Decreto 315/1964, de 7 de febrero, por el que se aprueba la Ley articulada de Funcionarios Civiles del Estado.
Artículo 21
Derogado por Ley 30/1984 desde el 23 ago 1984. Esta disposición ya no está en vigor.
Artículo 21.
(Derogado)
Se deroga por la disposición derogatoria 1.A) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto. Ref. BOE-A-1984-17387.