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Real Decreto-ley 98 unidades
Real Decreto-ley 1/2025, de 28 de enero, por el que se aprueban medidas urgentes en materia económica, de transporte, de Seguridad Social, y para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad.
Real Decreto-ley 1/2025es-decree-law-2025-01-28-128 ene 2025
- Preámbulo Preámbulo
- TÍTULO I
- CAPÍTULO I
- Artículo 1 Modificación del Real Decreto-ley 34/2020, de 17 de noviembre, de medidas urgentes de apoyo a la solvencia empresarial y al sector energético, y en materia tributaria
- Artículo 2 Suspensión de la causa de disolución por pérdidas provocada por diversos acontecimientos naturales
- Artículo 3 Régimen excepcional en materia de endeudamiento autonómico en 2025
- Artículo 4 Ayudas directas al transporte terrestre de viajeros
- Artículo 5 Beneficiarios
- Artículo 6 Objeto de las ayudas
- Artículo 7 Cuantía de las ayudas y descuentos aplicables en los títulos multiviaje y abonos de transporte
- Artículo 8 Gestión de las ayudas
- Artículo 9 Procedimiento de concesión
- Artículo 10 Cofinanciación por las entidades locales y las comunidades autónomas
- Artículo 11 Liquidación y pago de las ayudas
- Artículo 12 Afectación de los recursos
- Artículo 13 Compatibilidad de las medidas de apoyo
- Artículo 14 Información, comunicación y visibilidad. Publicidad
- Artículo 15 Obligaciones de información sobre la utilización de los títulos subvencionados y de usuarios del transporte público
- Artículo 16 Control
- Artículo 17 Aspectos financieros
- Artículo 18
- Artículo 19 Liquidación a los concesionarios de servicios públicos de transporte regular de viajeros por carretera competencia de la Administración General del Estado
- Artículo 20 Reducción del precio de abonos y títulos multiviaje por parte de Renfe Viajeros SME, SA
- Artículo 21 Aspectos financieros
- Artículo 22 Objeto y finalidad de las ayudas
- Artículo 23 Beneficiarios
- Artículo 24 Procedimiento de concesión
- Artículo 25 Criterios objetivos para la concesión de la ayuda
- Artículo 26 Control
- Artículo 27 Importe de las ayudas
- Artículo 28 Aspectos financieros
- CAPÍTULO V
- Artículo 29 Beneficiarios, objeto y finalidad de las ayudas
- Artículo 30 Actuaciones subvencionables
- Artículo 31 Efecto incentivador y límites de las ayudas a las personas jurídicas
- Artículo 32 Procedimiento de concesión
- Artículo 33 Aspectos financieros
- Sección 1
- Artículo 34 Ayudas directas para el fomento del uso de los servicios públicos de préstamo de bicicletas
- Artículo 35 Beneficiarios
- Artículo 36 Objeto de las ayudas
- Artículo 37 Cuantía de las ayudas y descuentos aplicables en abonos recurrentes
- Artículo 38 Procedimiento de concesión
- Artículo 39 Cofinanciación por las entidades locales
- Artículo 40 Liquidación y pago de las ayudas
- Artículo 41 Afectación de los recursos
- Artículo 42 Compatibilidad de las medidas de apoyo
- Artículo 43 Información, comunicación y visibilidad. Publicidad
- Artículo 44 Obligaciones de información sobre la utilización de los títulos subvencionados y de usuarios del transporte público
- Artículo 45 Control
- Artículo 46 Aspectos financieros
- Sección 2
- Artículo 47 Objeto y finalidad de las ayudas
- Artículo 48 Beneficiarios
- Artículo 49 Procedimiento de concesión
- Artículo 50 Criterios objetivos para la concesión de la ayuda
- Artículo 51 Actuaciones subvencionables
- Artículo 52 Control
- Artículo 53 Importe de las ayudas
- Artículo 54 Aspectos financieros
- Artículo 55 Modificaciones de crédito
- Artículo 56 Régimen jurídico de las ayudas
- Artículo 57 Reducción del precio de abonos y títulos multiviaje por parte de Renfe Viajeros SME, SA, en los núcleos de Cercanías de Asturias y Cantabria
- Artículo 58 Afección a los viajeros derivada de planes alternativos de transporte (PAT)
- Artículo 59 Establecimiento de un descuento del 100 % en el precio de los abonos de transporte y títulos multiviaje del transporte público colectivo terrestre de las islas Canarias e Illes Balears
- Artículo 60 Criterios objetivos para la determinación del anticipo de la cuantía de las ayudas previstas en el capítulo I del título II de este real decreto-ley
- Artículo 61 Determinación de los ingresos procedentes del uso de abonos o títulos de transporte multiviaje respecto del total de ingresos de los servicios de transporte
- Artículo 62 Cuantía del anticipo de las ayudas a percibir por cada beneficiario
- Artículo 63 Régimen transitorio
- Artículo 64 Límite de la cuantía de las pensiones públicas
- Artículo 65 Revalorización de pensiones y otras prestaciones públicas
- Artículo 66 Actualización del tope máximo y mínimo de las bases de cotización en el sistema de la Seguridad Social
- Artículo 67 Modificación del texto refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado, aprobado por Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril
- Artículo 68 Modificación de la Ley 47/2015, de 21 de octubre, reguladora de la protección social de las personas trabajadoras del sector marítimo-pesquero
- Artículo 69 Modificación del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre
- Artículo 70 Modificación del Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, por el que se establece un nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia o autónomos
- Artículo 71 Medidas laborales vinculadas con el disfrute de ayudas públicas
- Artículo 72 Modificación del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19
- Artículo 73 Aplicación de la disposición transitoria tercera de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda
- Artículo 74
- Artículo 75
- Artículo 76 Aprobación de una Línea de avales por cuenta del Estado para la cobertura en caso de impago en el alquiler de vivienda
- Artículo 77
- Artículo 78 Aplazamiento del pago de cuotas de la Seguridad Social
- Artículo 79 Medidas extraordinarias de Seguridad Social para los trabajadores autónomos afectados por la erupción volcánica registrada en la zona de Cumbre Vieja en La Palma
- Artículo 80 Exenciones en la cotización aplicables en las unidades poblacionales de Puerto Naos y la Bombilla, reguladas en el artículo 37 del Real Decreto-ley 4/2024, de 26 de junio
- Artículo 81
- Artículo 82 Descuentos en el año 2025 a consumidores domésticos de energía eléctrica vulnerables y vulnerables severos
- Artículo 83 Garantía de suministro de agua y energía a consumidores vulnerables
- Disposición adicional primera Vigencia de los títulos IV y VIII de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023
- Disposición adicional segunda Traspaso y compensación de inmuebles en cumplimiento de la Disposición adicional novena de la Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática
- Disposición adicional tercera Extensión de medidas de apoyo agrario por la DANA en Valencia
- Disposición transitoria única Aplicación de determinadas medidas del real decreto-ley
- Disposición derogatoria única Normas derogadas
- Disposición final primera
- Disposición final segunda
- Disposición final tercera
- Disposición final cuarta
- Disposición final quinta
- Disposición final sexta Salvaguardia de rango reglamentario
- Disposición final séptima Títulos competenciales
- Disposición final octava Facultades de desarrollo
- Disposición final novena Entrada en vigor