🇪🇸 España
Real Decreto-ley 98 unidades

Real Decreto-ley 1/2025, de 28 de enero, por el que se aprueban medidas urgentes en materia económica, de transporte, de Seguridad Social, y para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad.

Real Decreto-ley 1/2025es-decree-law-2025-01-28-128 ene 2025

Viviendas

  1. Preámbulo Preámbulo
  2. TÍTULO I
  3. CAPÍTULO I
  4. Artículo 1 Modificación del Real Decreto-ley 34/2020, de 17 de noviembre, de medidas urgentes de apoyo a la solvencia empresarial y al sector energético, y en materia tributaria
  5. Artículo 2 Suspensión de la causa de disolución por pérdidas provocada por diversos acontecimientos naturales
  6. Artículo 3 Régimen excepcional en materia de endeudamiento autonómico en 2025
  7. Artículo 4 Ayudas directas al transporte terrestre de viajeros
  8. Artículo 5 Beneficiarios
  9. Artículo 6 Objeto de las ayudas
  10. Artículo 7 Cuantía de las ayudas y descuentos aplicables en los títulos multiviaje y abonos de transporte
  11. Artículo 8 Gestión de las ayudas
  12. Artículo 9 Procedimiento de concesión
  13. Artículo 10 Cofinanciación por las entidades locales y las comunidades autónomas
  14. Artículo 11 Liquidación y pago de las ayudas
  15. Artículo 12 Afectación de los recursos
  16. Artículo 13 Compatibilidad de las medidas de apoyo
  17. Artículo 14 Información, comunicación y visibilidad. Publicidad
  18. Artículo 15 Obligaciones de información sobre la utilización de los títulos subvencionados y de usuarios del transporte público
  19. Artículo 16 Control
  20. Artículo 17 Aspectos financieros
  21. Artículo 18
  22. Artículo 19 Liquidación a los concesionarios de servicios públicos de transporte regular de viajeros por carretera competencia de la Administración General del Estado
  23. Artículo 20 Reducción del precio de abonos y títulos multiviaje por parte de Renfe Viajeros SME, SA
  24. Artículo 21 Aspectos financieros
  25. Artículo 22 Objeto y finalidad de las ayudas
  26. Artículo 23 Beneficiarios
  27. Artículo 24 Procedimiento de concesión
  28. Artículo 25 Criterios objetivos para la concesión de la ayuda
  29. Artículo 26 Control
  30. Artículo 27 Importe de las ayudas
  31. Artículo 28 Aspectos financieros
  32. CAPÍTULO V
  33. Artículo 29 Beneficiarios, objeto y finalidad de las ayudas
  34. Artículo 30 Actuaciones subvencionables
  35. Artículo 31 Efecto incentivador y límites de las ayudas a las personas jurídicas
  36. Artículo 32 Procedimiento de concesión
  37. Artículo 33 Aspectos financieros
  38. Sección 1
  39. Artículo 34 Ayudas directas para el fomento del uso de los servicios públicos de préstamo de bicicletas
  40. Artículo 35 Beneficiarios
  41. Artículo 36 Objeto de las ayudas
  42. Artículo 37 Cuantía de las ayudas y descuentos aplicables en abonos recurrentes
  43. Artículo 38 Procedimiento de concesión
  44. Artículo 39 Cofinanciación por las entidades locales
  45. Artículo 40 Liquidación y pago de las ayudas
  46. Artículo 41 Afectación de los recursos
  47. Artículo 42 Compatibilidad de las medidas de apoyo
  48. Artículo 43 Información, comunicación y visibilidad. Publicidad
  49. Artículo 44 Obligaciones de información sobre la utilización de los títulos subvencionados y de usuarios del transporte público
  50. Artículo 45 Control
  51. Artículo 46 Aspectos financieros
  52. Sección 2
  53. Artículo 47 Objeto y finalidad de las ayudas
  54. Artículo 48 Beneficiarios
  55. Artículo 49 Procedimiento de concesión
  56. Artículo 50 Criterios objetivos para la concesión de la ayuda
  57. Artículo 51 Actuaciones subvencionables
  58. Artículo 52 Control
  59. Artículo 53 Importe de las ayudas
  60. Artículo 54 Aspectos financieros
  61. Artículo 55 Modificaciones de crédito
  62. Artículo 56 Régimen jurídico de las ayudas
  63. Artículo 57 Reducción del precio de abonos y títulos multiviaje por parte de Renfe Viajeros SME, SA, en los núcleos de Cercanías de Asturias y Cantabria
  64. Artículo 58 Afección a los viajeros derivada de planes alternativos de transporte (PAT)
  65. Artículo 59 Establecimiento de un descuento del 100 % en el precio de los abonos de transporte y títulos multiviaje del transporte público colectivo terrestre de las islas Canarias e Illes Balears
  66. Artículo 60 Criterios objetivos para la determinación del anticipo de la cuantía de las ayudas previstas en el capítulo I del título II de este real decreto-ley
  67. Artículo 61 Determinación de los ingresos procedentes del uso de abonos o títulos de transporte multiviaje respecto del total de ingresos de los servicios de transporte
  68. Artículo 62 Cuantía del anticipo de las ayudas a percibir por cada beneficiario
  69. Artículo 63 Régimen transitorio
  70. Artículo 64 Límite de la cuantía de las pensiones públicas
  71. Artículo 65 Revalorización de pensiones y otras prestaciones públicas
  72. Artículo 66 Actualización del tope máximo y mínimo de las bases de cotización en el sistema de la Seguridad Social
  73. Artículo 67 Modificación del texto refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado, aprobado por Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril
  74. Artículo 68 Modificación de la Ley 47/2015, de 21 de octubre, reguladora de la protección social de las personas trabajadoras del sector marítimo-pesquero
  75. Artículo 69 Modificación del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre
  76. Artículo 70 Modificación del Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, por el que se establece un nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia o autónomos
  77. Artículo 71 Medidas laborales vinculadas con el disfrute de ayudas públicas
  78. Artículo 72 Modificación del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19
  79. Artículo 73 Aplicación de la disposición transitoria tercera de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda
  80. Artículo 74
  81. Artículo 75
  82. Artículo 76 Aprobación de una Línea de avales por cuenta del Estado para la cobertura en caso de impago en el alquiler de vivienda
  83. Artículo 77
  84. Artículo 78 Aplazamiento del pago de cuotas de la Seguridad Social
  85. Artículo 79 Medidas extraordinarias de Seguridad Social para los trabajadores autónomos afectados por la erupción volcánica registrada en la zona de Cumbre Vieja en La Palma
  86. Artículo 80 Exenciones en la cotización aplicables en las unidades poblacionales de Puerto Naos y la Bombilla, reguladas en el artículo 37 del Real Decreto-ley 4/2024, de 26 de junio
  87. Artículo 81
  88. Artículo 82 Descuentos en el año 2025 a consumidores domésticos de energía eléctrica vulnerables y vulnerables severos
  89. Artículo 83 Garantía de suministro de agua y energía a consumidores vulnerables
  90. Disposición adicional primera Vigencia de los títulos IV y VIII de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023
  91. Disposición adicional segunda Traspaso y compensación de inmuebles en cumplimiento de la Disposición adicional novena de la Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática
  92. Disposición adicional tercera Extensión de medidas de apoyo agrario por la DANA en Valencia
  93. Disposición transitoria única Aplicación de determinadas medidas del real decreto-ley
  94. Disposición derogatoria única Normas derogadas
  95. Disposición final primera
  96. Disposición final segunda
  97. Disposición final tercera
  98. Disposición final cuarta
  99. Disposición final quinta
  100. Disposición final sexta Salvaguardia de rango reglamentario
  101. Disposición final séptima Títulos competenciales
  102. Disposición final octava Facultades de desarrollo
  103. Disposición final novena Entrada en vigor
Citenza

Inteligencia jurídica con fuentes verificables, por Datons.

citenza.io