Real Decreto-ley 22/2026

Real Decreto-ley 22/2026, de 1 de septiembre, por el que se aprueban medidas urgentes de carácter social y económico de apoyo a la ciudad de Ceuta.

Preámbulo Preámbulo

Artículo 1Línea de ayudas directas a empresas y profesionales

Artículo 2Medidas a favor de trabajadores autónomos en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que desarrollen su actividad en Ceuta

Artículo 3Medidas en el Impuesto sobre Sociedades

Artículo 4Objeto y finalidad

Artículo 5Entidad beneficiaria y colaboración institucional

Artículo 6Cuantía máxima y financiación

Artículo 7Líneas de actuación financiables

Artículo 8Destinatarios finales y condiciones de elegibilidad

Artículo 9Convenios de ejecución

Artículo 10Pago de la ayuda y exoneración de garantías

Artículo 11Compatibilidad, seguros y prohibición de doble financiación

Artículo 12Obligaciones de la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Ceuta

Artículo 13Justificación

Artículo 14Reintegro y régimen sancionador

Artículo 15Plan ICEX de fomento de la internacionalización de las empresas de Ceuta

Artículo 16Plan extraordinario de promoción internacional del turismo en la ciudad de Ceuta a través del Instituto de Turismo de España (TURESPAÑA)

Artículo 17Aprobación de una línea de avales para la cobertura por cuenta del Estado de la financiación otorgada a empresas y personas trabajadoras autónomas

Artículo 18Régimen de cobranza y recuperación de las operaciones avaladas

Artículo 19Subvención destinada a la realización de una aportación al Fondo de Provisiones Técnicas de una sociedad de garantía recíproca para el apoyo a la actividad económica en Ceuta

Artículo 20Suplemento de crédito en el presupuesto del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones

Artículo 21Crédito extraordinario en el Ministerio de Juventud e Infancia

Artículo 22Gastos extraordinarios en el INGESA relacionados con la crisis humanitaria de Ceuta

Artículo 23Crédito extraordinario en el Ministerio de Sanidad para la financiación de los gastos extraordinarios relacionados con la crisis humanitaria de Ceuta

Artículo 24Gastos extraordinarios del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática relacionados con la crisis humanitaria de Ceuta

Artículo 25Suplementos de crédito en el presupuesto del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática para atender actuaciones urgentes en la Delegación del Gobierno en Ceuta

Artículo 26Suplementos de crédito en el presupuesto del Ministerio del Interior

Artículo 27Suplementos de crédito en el presupuesto del Ministerio de Defensa

Artículo 28Concesión de suplementos de crédito en el presupuesto de la sección 13 «Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes», dentro del ámbito de la Secretaría de Estado de Justicia

Artículo 29Subvenciones a entidades y organizaciones para la protección de los derechos de la infancia y la juventud vulnerable frente a la violencia, la pobreza y la exclusión social

Artículo 30Medidas organizativas en los centros docentes

Artículo 31Medidas excepcionales en materia de asistencia jurídica gratuita

Artículo 32

Artículo 33Dotación extraordinaria para la continuación de la medida E2.M08 del Plan Integral de Desarrollo Socioeconómico de la ciudad de Ceuta

Artículo 34Suspensiones totales o parciales de la actividad laboral y reducciones de jornada por causas de fuerza mayor

Artículo 35Exenciones en la cotización a la Seguridad Social y por conceptos de recaudación conjunta

Artículo 36Modificación Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo

Artículo 37Modificación del Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección social de las personas artistas

Artículo 38Subvenciones públicas para la ejecución de programas de formación dirigidos prioritariamente a las personas trabajadoras ocupadas en Ceuta

Artículo 39Medidas para las personas trabajadoras por cuenta propia

Artículo 40Aplazamiento en el pago de la cotización a la Seguridad Social y por conceptos de recaudación conjunta

Disposición adicional únicaInembargabilidad de las ayudas

Disposición transitoria únicaBonificaciones en la cotización respecto de personas contratadas por empresas con actividad en determinados sectores de las ciudades de Ceuta y Melilla

Disposición final primeraTítulos competenciales

Disposición final segundaFacultades de desarrollo

Disposición final terceraEntrada en vigor

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