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Vigente Real Decreto-ley 46 unidades

Real Decreto-ley 22/2026, de 1 de septiembre, por el que se aprueban medidas urgentes de carácter social y económico de apoyo a la ciudad de Ceuta.

Real Decreto-ley 22/2026es-decree-law-2026-09-01-222 sept 2026

Trabajadores autónomos

  1. Preámbulo Preámbulo Modificado
  2. Artículo 1 Línea de ayudas directas a empresas y profesionales Modificado
  3. Artículo 2 Medidas a favor de trabajadores autónomos en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que desarrollen su actividad en Ceuta Modificado
  4. Artículo 3 Medidas en el Impuesto sobre Sociedades Modificado
  5. Artículo 4 Objeto y finalidad Modificado
  6. Artículo 5 Entidad beneficiaria y colaboración institucional Modificado
  7. Artículo 6 Cuantía máxima y financiación Modificado
  8. Artículo 7 Líneas de actuación financiables Modificado
  9. Artículo 8 Destinatarios finales y condiciones de elegibilidad Modificado
  10. Artículo 9 Convenios de ejecución Modificado
  11. Artículo 10 Pago de la ayuda y exoneración de garantías Modificado
  12. Artículo 11 Compatibilidad, seguros y prohibición de doble financiación Modificado
  13. Artículo 12 Obligaciones de la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Ceuta Modificado
  14. Artículo 13 Justificación Modificado
  15. Artículo 14 Reintegro y régimen sancionador Modificado
  16. Artículo 15 Plan ICEX de fomento de la internacionalización de las empresas de Ceuta Modificado
  17. Artículo 16 Plan extraordinario de promoción internacional del turismo en la ciudad de Ceuta a través del Instituto de Turismo de España (TURESPAÑA) Modificado
  18. Artículo 17 Aprobación de una línea de avales para la cobertura por cuenta del Estado de la financiación otorgada a empresas y personas trabajadoras autónomas Modificado
  19. Artículo 18 Régimen de cobranza y recuperación de las operaciones avaladas Modificado
  20. Artículo 19 Subvención destinada a la realización de una aportación al Fondo de Provisiones Técnicas de una sociedad de garantía recíproca para el apoyo a la actividad económica en Ceuta Modificado
  21. Artículo 20 Suplemento de crédito en el presupuesto del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones Modificado
  22. Artículo 21 Crédito extraordinario en el Ministerio de Juventud e Infancia Modificado
  23. Artículo 22 Gastos extraordinarios en el INGESA relacionados con la crisis humanitaria de Ceuta Modificado
  24. Artículo 23 Crédito extraordinario en el Ministerio de Sanidad para la financiación de los gastos extraordinarios relacionados con la crisis humanitaria de Ceuta Modificado
  25. Artículo 24 Gastos extraordinarios del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática relacionados con la crisis humanitaria de Ceuta Modificado
  26. Artículo 25 Suplementos de crédito en el presupuesto del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática para atender actuaciones urgentes en la Delegación del Gobierno en Ceuta Modificado
  27. Artículo 26 Suplementos de crédito en el presupuesto del Ministerio del Interior Modificado
  28. Artículo 27 Suplementos de crédito en el presupuesto del Ministerio de Defensa Modificado
  29. Artículo 28 Concesión de suplementos de crédito en el presupuesto de la sección 13 «Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes», dentro del ámbito de la Secretaría de Estado de Justicia Modificado
  30. Artículo 29 Subvenciones a entidades y organizaciones para la protección de los derechos de la infancia y la juventud vulnerable frente a la violencia, la pobreza y la exclusión social Modificado
  31. Artículo 30 Medidas organizativas en los centros docentes Modificado
  32. Artículo 31 Medidas excepcionales en materia de asistencia jurídica gratuita Modificado
  33. Artículo 32 Modificado
  34. Artículo 33 Dotación extraordinaria para la continuación de la medida E2.M08 del Plan Integral de Desarrollo Socioeconómico de la ciudad de Ceuta Modificado
  35. Artículo 34 Suspensiones totales o parciales de la actividad laboral y reducciones de jornada por causas de fuerza mayor Modificado
  36. Artículo 35 Exenciones en la cotización a la Seguridad Social y por conceptos de recaudación conjunta Modificado
  37. Artículo 36 Modificación Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo Modificado
  38. Artículo 37 Modificación del Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección social de las personas artistas Modificado
  39. Artículo 38 Subvenciones públicas para la ejecución de programas de formación dirigidos prioritariamente a las personas trabajadoras ocupadas en Ceuta Modificado
  40. Artículo 39 Medidas para las personas trabajadoras por cuenta propia Modificado
  41. Artículo 40 Aplazamiento en el pago de la cotización a la Seguridad Social y por conceptos de recaudación conjunta Modificado
  42. Disposición adicional única Inembargabilidad de las ayudas Modificado
  43. Disposición transitoria única Bonificaciones en la cotización respecto de personas contratadas por empresas con actividad en determinados sectores de las ciudades de Ceuta y Melilla Modificado
  44. Disposición final primera Títulos competenciales Modificado
  45. Disposición final segunda Facultades de desarrollo Modificado
  46. Disposición final tercera Entrada en vigor Modificado
Citenza

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