Artículo primero
Se incorporan como adición al vigente Plan General de Obras Públicas, las obras de regulación conducción acequias desagües y caminos necesarios para desarrollar y completar los sistemas de riego siguientes incluso sus obras accesorias y complementarias: Cuencas del Arnoya y Limia: Sistema de riego de los ríos Arnoya y Limia incluso desecación de la Laguna de Antelá. Cuenca del Duero: Sistema de riegos de los ríos Carrión, Pisuerga y de la Nava de Campos, sistemas de riegos del Pantano de la Cuerda del Pozo y del Canal de Zuzones. Cuenca del Tajo: Pantano de Valdeobispo Sistema de riego de los Canales de Estremera de Aranjuez, de la Real Acequia del Tajo y del Canal de las Aves. Cuenca del Guadiana: Sistemas de riego de los Pantanos de Torre de Abraham y Peñarroya. Cuenca del Guadalquivir: Sistemas del Genil constituidos por los riegos del Cacín cabecera del Genil Vega de Granada, Huétor-Tajar y Villanueva de Messía, Sistema de Guadalentín, constituido por los riegos de Pozo Alcón-Zujar. Desecación y riegos de las Marismas de Guadalquivir. Cuenca del Guadalhorce: Sistemas de riegos del Guadalhorce Guadalteba y Turón. Cuenca del Segura: Mejora y ampliación del Regadío de Lorca, incluso Pantanos de Puentes y Valdeinfierno. Obras complementarias de los Pantanos de Fuensanta, Talve Alfonso XIII y la Cierva. Cuenca del Mijares: Sistema de riegos de los Pantanos de Sichar y María Cristina. Cuencas del Guadalest y Amadorio: Sistemas de riego de los Pantanos de este nombre. Cuenca del Ebro: Sistema de riego de los ríos Iregua, Najerilla y Guadalope. Sistema de riego del Pantano de Santa Ana Elevación en Coll de Nargó, en el río Segre. Recrecimiento del Pantano de Barasona y consolidación y variantes del Canal de Aragón y Cataluña. Sistema de riegos del río Gállego, mejora de riegos del Bajo Ebro. Cuencas del Pirineo Oriental: Sistemas de riegos del Ter, Muga, Fluviá, Llobregat y Riudecañas.
Artículo segundo
Por el Ministerio de Obras Públicas se dictarán las disposiciones oportunas para el cumplimiento de esta Ley. Dada en el Palacio de El Pardo a veintidós de diciembre de mil novecientos sesenta.
FRANCISCO FRANCO
Análisis
ANÁLISIS
Rango: Ley Fecha de disposición: 22/12/1960 Fecha de publicación: 23/12/1960 Fecha de entrada en vigor: 12/01/1961 Esta disposición ha dejado de estar vigente. Referencias anteriores MODIFICA la Ley de 11 de abril de 1939 (Gazeta) (Ref.
BOE-A-1939-6618
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