🇪🇸 España
Vigente Ley 180 unidades
Ley 33/1987, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1988.
Ley 33/1987es-law-1987-12-23-3324 dic 1987
- Preámbulo Preámbulo
- Artículo 1 De la aprobación y ámbito de los Presupuestos Generales del Estado
- Artículo 2 De los Estados de Gastos e Ingresos de los Presupuestos Generales del Estado para 1988
- Artículo 3 De la financiación de los créditos de los Presupuestos de Gastos del Estado y de sus Organismos Autónomos para 1988
- Artículo 4 Distribución funcional de los créditos de los Presupuestos Generales del Estado para 1988
- Artículo 5 Principios generales
- Artículo 6 Competencias específicas en materia de modificaciones presupuestarias
- Artículo 7 Competencias genéricas en materia de modificaciones presupuestarias
- Artículo 8 Compromisos de gastos en materia de vivienda
- Artículo 9 Contratación directa de inversiones
- Artículo 10 Contratación en el ámbito de la Seguridad Social
- Artículo 11 Contratación en el ámbito de la Administración del Estado
- Artículo 12 Normas de enajenación de bienes del Patrimonio del Estado
- Artículo 13 Regulación del Patrimonio de la Seguridad Social
- Artículo 14 Módulo económico de distribución de fondos públicos para sostenimiento de Centros concertados
- Artículo 15 Autorización de los costes de personal de las Universidades de competencia de la Administración del Estado
- Artículo 16 Disposiciones generales
- Artículo 17 Operaciones de Tesorería en relación con la Comunidad Económica Europea
- Artículo 18 Normas de gestión de créditos de inversiones
- Artículo 19 Intervención comunitaria de mercado
- Artículo 20 Normas sobre financiación del Patrimonio Histórico Español
- Artículo 21 Proyectos de inversión
- Artículo 22 Gestión del Patrimonio de la Vivienda
- Artículo 23 Derechos de matrícula de los Centros Culturales en el exterior
- Artículo 24 Remanentes de Tesorería del Centro de Gestión Catastral y Cooperación Tributaria
- Artículo 25 Regularización de fondos a justificar librados con el carácter de anticipo de Caja fija
- Artículo 26 Débitos a la Seguridad Social
- Artículo 27 Cesión de bienes del Patrimonio Sindical Acumulado
- Artículo 28 Incremento de retribuciones del personal al servicio del sector público
- Artículo 29 Retribuciones de los altos cargos
- Artículo 30 Trienios y recompensas de los altos cargos
- Artículo 31 Retribuciones de los funcionarios del Estado incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto
- Artículo 32 Régimen general de trienios
- Artículo 33 Pagas extraordinarias
- Artículo 34 Devengo de retribuciones
- Artículo 35 Retribuciones de los funcionarios interinos, eventuales y en prácticas
- Artículo 36 Otras disposiciones sobre el régimen retributivo del personal funcionario
- Artículo 37 Retribuciones del personal de las Fuerzas Armadas y del Cuerpo de la Guardia Civil
- Artículo 38 Retribuciones del Voluntariado Especial de las Fuerzas Armadas
- Artículo 39 Retribuciones de las Clases de Tropa y Marinería de las Fuerzas Armadas
- Artículo 40 Retribuciones del personal del Cuerpo Nacional de Policía
- Artículo 41 Retribuciones del personal al servicio de la Administración de Justicia
- Artículo 42 Retribuciones de funcionarios del Cuerpo a extinguir de Secretarios de Juzgados de Paz
- Artículo 43 Retribuciones del personal de la Seguridad Social
- Artículo 44 Retribuciones de los funcionarios de Cuerpos de Sanitarios Locales
- Artículo 45 Relaciones de puestos de trabajo
- Artículo 46 Prohibición de ingresos atípicos
- Artículo 47 Anticipos reintegrables
- Artículo 48 Integración de Cuerpos, Escalas y Plazas de la Ley 30/1984
- Artículo 49 Reclasificaciones e integraciones
- Artículo 50 Requisitos para la modificación de retribuciones del personal laboral y no funcionario de la Administración
- Artículo 51 Contratación de personal laboral con cargo a los créditos de inversiones
- Artículo 52 Concepto de pensiones públicas
- Artículo 53 Determinación inicial de pensiones de Clases Pasivas del Estado
- Artículo 54 Determinación inicial de pensiones especiales de guerra
- Artículo 55 Determinación inicial de pensiones asistenciales
- Artículo 56 Limitación del señalamiento inicial de pensiones públicas
- Artículo 57 Revalorización y modificación de los valores de pensiones públicas para 1988
- Artículo 58 Pensiones no revalorizables para 1988
- Artículo 59 Limitaciones del importe de la revalorización para 1988 de las pensiones públicas
- Artículo 60 Limitaciones para el reconocimiento de complementos para mínimos en pensiones de Clases Pasivas y de la Mutualidad Nacional de Previsión de la Administración Local
- Artículo 61 Limitaciones para el reconocimiento de complementos para pensiones inferiores a la mínima, en el sistema de la Seguridad Social
- Artículo 62 Percepciones anejas a las pensiones de Clases Pasivas y cálculo de pensiones
- Artículo 63 Entidades o sistemas de previsión social distintos o complementarios de los regímenes públicos básicos de previsión
- Artículo 64 Prestaciones extraordinarias por actos de terrorismo
- Artículo 65 Importe de los avales del Estado
- Artículo 66 Avales del Instituto Nacional de Industria
- Artículo 67 Avales del Instituto Nacional de Hidrocarburos
- Artículo 68 Información de avales del Instituto Nacional de Industria e Instituto Nacional de Hidrocarburos al Ministerio de Economía y Hacienda
- Artículo 69 información de avales a las Cortes Generales
- Artículo 70 Avales del Crédito Oficial por reconversión
- Artículo 71 Sociedad Mixta de Segundo Aval
- Artículo 72 Límite de la Deuda Pública
- Artículo 73 Emisión de Deuda durante el mes de enero del siguiente ejercicio presupuestario
- Artículo 74 Operaciones de crédito autorizadas a Organismos Autónomos y Entes Públicos
- Artículo 75 Asunción por el Estado de la deuda del Instituto Nacional de Industria
- Artículo 76 Otras operaciones de endeudamiento
- Artículo 77 Información de la evolución de la Deuda al Ministerio de Economía y Hacienda
- Artículo 78 Información de la Deuda Pública a las Cortes Generales
- Artículo 79 Préstamos del Estado al Crédito Oficial
- Artículo 80 Compensación del Estado al Crédito Oficial para la financiación de créditos a la exportación
- Artículo 81 Reembolsos del Estado al Crédito Oficial
- Artículo 82 Otras compensaciones del Estado al Crédito Oficial
- Artículo 83 Límite de circulación de moneda metálica
- Artículo 84 Otras disposiciones en materia de Deuda Pública y Tesoro Público
- Artículo 85 Tipos de gravamen para personas físicas no residentes
- Artículo 86 Corrección monetaria de variaciones patrimoniales
- Artículo 87 Obligación de declarar
- Artículo 88 Tarifa del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
- Artículo 89 Reducción de las deducciones de la cuota en caso de período impositivo inferior al año
- Artículo 90 Gravamen de rentas irregulares
- Artículo 91 Deducciones de la cuota
- Artículo 92 Censo de declarantes
- Artículo 93 Enajenación de valores mobiliarios
- Artículo 94 Tipos de Gravamen en el Impuesto sobre Sociedades
- Artículo 95 Pago a cuenta del Impuesto sobre Sociedades
- Artículo 96 Retenciones a cuenta del capital mobiliario
- Artículo 97 Deducciones por inversiones
- Artículo 98 Retenciones y pagos a cuenta en el Impuesto sobre Sociedades
- Artículo 99 Recurso de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación
- Artículo 100 Fondo de Previsión para Inversiones
- Artículo 101 Contribución Territorial Urbana
- Artículo 102 Licencias Fiscales
- Artículo 103 Otros Impuestos Locales
- Artículo 104 Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados: Tipos impositivos y operaciones sujetas
- Artículo 105 Tipos impositivos en el Impuesto sobre el Valor Añadido
- Artículo 106 Tipos impositivos de los Impuestos Especiales
- Artículo 107 Tasas y Tributos Parafiscales
- Artículo 108 Tasa sobre el juego
- Artículo 109 Supresión de tasas y exacciones parafiscales
- Artículo 110 Recaudación en vía de apremio de las deudas tributarias
- Artículo 111 Interés de los débitos a favor de la Hacienda Pública
- Artículo 112 Infracciones tributarias
- Artículo 113 Número de identificación fiscal e identificación de las operaciones de los establecimientos de crédito
- Artículo 114 Participación de los Ayuntamientos en los Impuestos del Estado
- Artículo 1
- Artículo 116 Asunción por los Ayuntamientos de la recaudación de los tributos que se especifican
- Artículo 117 Entregas a cuenta y liquidaciones definitivas de las participaciones
- Artículo 118 Participación de las Comunidades Autónomas en los ingresos del Estado, a efectos de la liquidación del ejercicio 1987
- Artículo 1
- Artículo 120 Transferencias a Comunidades Autónomas correspondientes al coste de nuevos servicios traspasados
- Artículo 121 Fondo de Compensación Interterritorial
- Artículo 122 Proyectos de inversión del Fondo de Compensación Interterritorial cofinanciados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional
- Artículo 123 Normas de gestión de subvenciones, liquidaciones y anticipos
- Artículo 124 Concepto de Sociedades Estatales
- Artículo 125 Reordenación de Organismos Autónomos y Entidades Públicas
- Artículo 126 Reordenación de órganos colegiados
- Artículo 127 Instituto de Crédito Oficial
- Artículo 128 Fábrica Nacional de Moneda y Timbre
- Artículo 129 Minas de Almadén y Arrayanes
- Artículo 130 Intervención previa y fiscalización
- Disposición adicional primera Bonificaciones en el transporte marítimo y aéreo a los residentes no peninsulares
- Disposición adicional segunda Reparto de beneficios del Banco de España
- Disposición adicional tercera Sociedades y Fondos de Capital-Riesgo
- Disposición adicional cuarta Interés legal del dinero
- Disposición adicional quinta Asignación tributaria a fines religiosos y otros
- Disposición adicional sexta Normas especiales en materia de imposición Indirecta
- Disposición adicional séptima Ingreso en metálico de la tasa de inspección de vehículos
- Disposición adicional octava Jurisdicción económico-administrativa
- Disposición adicional novena Régimen de declaración consolidada
- Disposición adicional décima Exclusión del Instituto de Crédito Oficial, de las Entidades Oficiales de Crédito, de la Caja Postal de Ahorros y de las Cajas de Ahorros del turno de reparto de fedatarios públicos
- Disposición adicional undécima Operaciones de seguros
- Disposición adicional duodécima Subvenciones a Empresas mineras
- Disposición adicional decimotercera Inembargabilidad de ayudas a Empresas siderúrgicas
- Disposición adicional decimocuarta Construcción de Centros Penitenciarios
- Disposición adicional decimoquinta Prestaciones por desempleo
- Disposición adicional decimosexta Pago de fórmulas magistrales
- Disposición adicional decimoséptima Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social
- Disposición adicional decimoctava Diputados en el Parlamento Europeo
- Disposición adicional decimonovena Derechos pasivos de funcionarios docentes
- Disposición adicional vigésima Incompatibilidad de pensiones
- Disposición adicional vigésima primera
- Disposición transitoria primera Retribuciones de funcionarios sujetos a régimen retributivo anterior a la Ley 30/1984
- Disposición transitoria segunda Retribuciones del personal contratado administrativo
- Disposición transitoria tercera Relaciones de puestos de trabajo
- Disposición transitoria cuarta Régimen especial de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas
- Disposición transitoria quinta Sistema de protección social de funcionarios públicos de la Administración Local
- Disposición transitoria sexta Revisión de pensiones del Régimen de Clases Pasivas
- Disposición transitoria séptima Número de identificación fiscal
- Disposición transitoria octava Impuestos Especiales
- Disposición transitoria novena Prórroga de disposiciones de la Ley 21/1986, de Presupuestos Generales del Estado para 1987
- Disposición transitoria décima Amortización de Deuda del Estado
- Disposición transitoria undécima Plazo de desarrollo de los nuevos Entes Públicos
- Disposición transitoria duodécima Fondo de Solidaridad
- Disposición transitoria decimotercera Cabildos Insulares
- Disposición transitoria decimocuarta Anticipos de Caja Fija
- Disposición final primera Refundición de la Ley General Presupuestaria
- Disposición final segunda Seguro Obligatorio de Viajeros
- Disposición final tercera Delegación en materia de límites de crecimiento de pensiones públicas
- Disposición final cuarta Retribuciones del personal de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado
- Disposición final quinta Retribuciones complementarias del personal docente universitario
- Disposición final sexta Integración en Régimen de la Seguridad Social
- Disposición final séptima Delegación al Presidente del Gobierno en materia de reestructuraciones administrativas
- Disposición final octava Modificaciones orgánicas en las estructuras de los Ejércitos
- Disposición final novena Plan de Empleo Rural
- Disposición final décima Financiación del Consejo Superior de Deportes
- Disposición final undécima Fusión de Radio Nacional de España y de Radio Cadena Española
- Disposición derogatoria primera Derogación de disposiciones adicionales de la Ley 21/1986
- Disposición derogatoria segunda Derogación de disposiciones reguladoras del Patrimonio de la Seguridad Social
- Disposición derogatoria tercera Derogación de disposición adicional de la Ley 46/1985