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Ley 70 unidades

Ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita.

Ley 1/1996es-law-1996-01-10-112 ene 1996

Subvenciones

  1. Preámbulo Preámbulo
  2. Artículo 1 Objeto de la Ley
  3. Artículo 2 Ambito personal de aplicación
  4. Artículo 3 Requisitos básicos
  5. Artículo 4 Exclusión por motivos económicos
  6. Artículo 5 Reconocimiento excepcional del derecho
  7. Artículo 6 Contenido material del derecho
  8. Artículo 7 Extensión temporal
  9. Artículo 8 Insuficiencia económica sobrevenida
  10. Artículo 9 Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita
  11. Artículo 10 Composición de las Comisiones de Asistencia Jurídica Gratuita
  12. Artículo 11 Funcionamiento de las Comisiones de Asistencia Jurídica Gratuita
  13. Artículo 12 Solicitud del derecho
  14. Artículo 13 Requisitos de la solicitud
  15. Artículo 14 Subsanación de deficiencias
  16. Artículo 15 Designaciones provisionales y traslados
  17. Artículo 16 Suspensión del curso del proceso
  18. Artículo 17 Comprobación de datos, resolución y notificación
  19. Artículo 18 Efectos de la resolución
  20. Artículo 19 Revocación del derecho
  21. Artículo 20 Impugnación de la resolución
  22. Artículo 21 Requerimiento de designación de abogado y procurador
  23. Artículo 21 bis Sustitución del profesional designado
  24. Artículo 22 Gestión colegial de los servicios de asistencia letrada, de defensa y de representación gratuitas
  25. Artículo 23 Autonomía profesional y disciplina colegial
  26. Artículo 24 Distribución por turnos
  27. Artículo 25 Formación y especialización
  28. Artículo 26 Responsabilidad patrimonial
  29. Artículo 27 Efectos del reconocimiento del derecho
  30. Artículo 28 Renuncia a la designación
  31. Artículo 29 Especialidades del orden jurisdiccional penal
  32. Artículo 30 Indemnización por el servicio
  33. Artículo 31 Obligaciones profesionales
  34. Artículo 32 Insostenibilidad de la pretensión
  35. Artículo 33 Tramitación
  36. Artículo 34 Nombramiento de segundo abogado
  37. Artículo 35 Insostenibilidad en vía de recurso
  38. Artículo 36 Condena en costas
  39. Artículo 37 Subvención
  40. Artículo 38 Gastos de funcionamiento
  41. Artículo 39 Gestión colegial de la subvención
  42. Artículo 40 Indemnización por baremo
  43. Artículo 41 Quejas y denuncias
  44. Artículo 42 Correcciones disciplinarias
  45. Artículo 43 Separación cautelar
  46. Artículo 44 Autoridad Central
  47. Artículo 45 Tramitación
  48. Artículo 46 Ámbito de aplicación
  49. Artículo 47 Litigios transfronterizos
  50. Artículo 48 Autoridades expedidoras y receptoras
  51. Artículo 49 Requisitos para el reconocimiento del derecho
  52. Artículo 50 Contenido material del derecho
  53. Artículo 51 Solicitud del derecho
  54. Artículo 52 Derechos en España
  55. Artículo 53 Tramitación
  56. Artículo 54 Denegación del derecho
  57. Disposición adicional primera
  58. Disposición adicional segunda
  59. Disposición adicional segunda bis
  60. Disposición adicional tercera
  61. Disposición adicional cuarta
  62. Disposición adicional quinta
  63. Disposición adicional sexta Información al Ministerio de Justicia sobre los litigios transfronterizos
  64. Disposición adicional séptima Empleo de medios electrónicos, informáticos y telemáticos
  65. Disposición adicional octava Sustitución de las referencias al salario mínimo interprofesional
  66. Disposición transitoria única
  67. Disposición derogatoria única
  68. Disposición final primera
  69. Disposición final primera bis
  70. Disposición final segunda
Citenza

Inteligencia jurídica con fuentes verificables, por Datons.

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