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Ley 14/1996, de 30 de diciembre, de cesión de tributos del Estado a las Comunidades Autónomas y de medidas fiscales complementarias.

Ley 14/1996es-law-1996-12-30-14

  1. Preámbulo Preámbulo
  2. Artículo 1 Objeto de la Ley
  3. Artículo 2 Tributos cedidos
  4. Artículo 3 Rendimiento que se cede
  5. Artículo 4 Normativa aplicable a los tributos cedidos
  6. Artículo 5 Alcance de la cesión y puntos de conexión en el Impuesto sobre el Patrimonio
  7. Artículo 6 Alcance de la cesión y puntos de conexión en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
  8. Artículo 7 Alcance de la cesión y puntos de conexión en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
  9. Artículo 8 Alcance de la cesión y puntos de conexión en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
  10. Artículo 9 Alcance de la cesión y puntos de conexión en los tributos sobre el juego
  11. Artículo 10 Residencia habitual de las personas físicas
  12. Artículo 11 Domicilio fiscal de las personas jurídicas
  13. Artículo 12 Titularidad de las competencias
  14. Artículo 13 Alcance de las competencias normativas
  15. Artículo 14 Delegación de competencias
  16. Artículo 15 Alcance de la delegación de competencias en relación con la gestión y liquidación
  17. Artículo 16 Alcance de la delegación de competencias en relación con la recaudación de los tributos cedidos
  18. Artículo 17 De la gestión recaudatoria de las Comunidades Autónomas
  19. Artículo 18 Alcance de la delegación de competencias en relación con la inspección
  20. Artículo 19 Alcance de la delegación de competencias en relación con la revisión en vía administrativa
  21. Artículo 20 Intervención, contabilidad y fiscalización
  22. Artículo 21 Colaboración entre Administraciones
  23. Artículo 22 Delitos contra la Hacienda Pública
  24. Artículo 23 Información sobre cuentas y operaciones activas y pasivas
  25. Artículo 24 Participación de las Comunidades Autónomas en los órganos de gestión de la Administración Tributaria del Estado
  26. Artículo 25 Servicios y anticipos de tesorería
  27. Artículo 26 Régimen derogatorio
  28. Artículo 27 Modificación de la Ley 18/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
  29. Artículo 28 Modificación de la Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio
  30. Artículo 29 Modificación de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
  31. Artículo 30 Modificación del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado por Real Decreto legislativo 1/1993, de 24 de septiembre
  32. Artículo 31 Modificación del Decreto 3059/1966, de 1 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de las Tasas Fiscales
  33. Artículo 32 Modificación del Real Decreto-ley 16/1977, de 25 de febrero, por el que se regulan los aspectos penales, administrativos y fiscales de los juegos de suerte, envite o azar
  34. Artículo 33 Comisión Mixta de Coordinación de la Gestión Tributaria
  35. Artículo 34 Consejos Territoriales de Dirección para la Gestión Tributaria
  36. Artículo 35 Régimen derogatorio
  37. Disposición adicional primera
  38. Disposición adicional segunda
  39. Disposición adicional tercera
  40. Disposición final primera Entrada en vigor
  41. Disposición final segunda
Citenza

Inteligencia jurídica con fuentes verificables, por Datons.

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