🇪🇸 España
Ley 91 unidades

Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

Ley 6/1997es-law-1997-04-14-615 abr 1997

Subdelegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas

  1. Preámbulo Preámbulo
  2. Artículo 1 Ámbito de aplicación
  3. Artículo 2 Personalidad jurídica y competencia
  4. Artículo 3 Principios de organización y funcionamiento
  5. Artículo 4 Principio de servicio a los ciudadanos
  6. Artículo 5 Órganos administrativos
  7. Artículo 6 Órganos superiores y órganos directivos
  8. Artículo 7 Elementos organizativos básicos
  9. Artículo 8 Los Ministerios
  10. Artículo 9 Organización interna de los Ministerios
  11. Artículo 10 Creación, modificación y supresión de órganos y unidades administrativas
  12. Artículo 11 Ordenación jerárquica de los órganos ministeriales
  13. Artículo 12 Los Ministros
  14. Artículo 13 Otras competencias de los Ministros
  15. Artículo 14 Los Secretarios de Estado
  16. Artículo 15 Los Subsecretarios
  17. Artículo 16 Los Secretarios generales
  18. Artículo 17 Los Secretarios generales técnicos
  19. Artículo 18 Los Directores generales
  20. Artículo 19 Los Subdirectores generales
  21. Artículo 20 Reglas generales sobre los servicios comunes
  22. Artículo 21 Organización básica de los servicios comunes ministeriales
  23. Artículo 22 Los Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas
  24. Artículo 23 Competencias de los Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas
  25. Artículo 24 Competencias en materia de información a los ciudadanos
  26. Artículo 25 Competencias sobre simplificación de estructuras
  27. Artículo 26 Dirección de los servicios territoriales integrados
  28. Artículo 27 Relación con otras Administraciones territoriales
  29. Artículo 28 Comisión territorial de asistencia al Delegado del Gobierno
  30. Artículo 29 Los Subdelegados del Gobierno en las provincias
  31. Artículo 30 Los Directores Insulares de la Administración General del Estado
  32. Artículo 31 Simplificación de los servicios periféricos
  33. Artículo 32 Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno
  34. Artículo 33 Criterios sobre integración de servicios
  35. Artículo 34 Criterios sobre organización de servicios no integrados
  36. Artículo 35 Dependencia de los servicios no integrados
  37. Artículo 36 Organización de la Administración General del Estado en el exterior
  38. Artículo 37 Los Embajadores y representantes permanentes ante Organizaciones internacionales
  39. Artículo 38 Requisitos para constituir órganos colegiados
  40. Artículo 39 Clasificación y composición de los órganos colegiados
  41. Artículo 40 Creación, modificación y supresión de órganos colegiados
  42. Artículo 41 Actividades propias de los Organismos públicos
  43. Artículo 42 Personalidad jurídica y potestades
  44. Artículo 43 Clasificación y adscripción de los Organismos públicos
  45. Artículo 44 Aplicación de las disposiciones generales de esta Ley a los Organismos públicos
  46. Artículo 45 Funciones de los Organismos autónomos
  47. Artículo 46 Reglas para el nombramiento de los titulares de los órganos de los Organismos autónomos
  48. Artículo 47 Personal al servicio de los Organismos autónomos
  49. Artículo 48 Patrimonio de los Organismos autónomos
  50. Artículo 49 Régimen de contratación de los Organismos autónomos
  51. Artículo 50 Régimen presupuestario de los Organismos autónomos
  52. Artículo 51 Control de eficacia de los Organismos autónomos
  53. Artículo 52 Impugnación y reclamaciones contra los actos de los Organismos autónomos
  54. Artículo 53 Funciones y régimen general aplicable a las entidades públicas empresariales
  55. Artículo 54 Ejercicio de potestades administrativas
  56. Artículo 55 Personal al servicio de las entidades públicas empresariales
  57. Artículo 56 Patrimonio de las entidades públicas empresariales
  58. Artículo 57 Régimen de contratación de las entidades públicas empresariales
  59. Artículo 58 Régimen presupuestario de las entidades públicas empresariales
  60. Artículo 59 Control de eficacia de las entidades públicas empresariales
  61. Artículo 60 Impugnación y reclamación contra los actos de las entidades públicas empresariales
  62. Artículo 61 Creación de Organismos públicos
  63. Artículo 62 Estatutos y Plan de actuación
  64. Artículo 63 Modificación y refundición de Organismos públicos
  65. Artículo 64 Extinción y liquidación de Organismos públicos
  66. Artículo 65 Recursos económicos
  67. Artículo 66 Competencias generales sobre organización, función pública, procedimientos e inspección de servicios
  68. Artículo 67 Procedimientos de determinación de las estructuras de la Administración General del Estado y sus Organismos públicos
  69. Disposición adicional primera La organización militar y las Delegaciones de Defensa
  70. Disposición adicional segunda Delegados del Gobierno en Ceuta y Melilla
  71. Disposición adicional tercera Situaciones administrativas
  72. Disposición adicional cuarta Asunción de competencias de Gobernadores Civiles
  73. Disposición adicional quinta Competencias estatales en materia de seguridad pública en las Comunidades Autónomas con Cuerpos de Policía propios
  74. Disposición adicional sexta Entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social
  75. Disposición adicional séptima Régimen jurídico del Consejo de Estado
  76. Disposición adicional octava Régimen jurídico del Banco de España y de los Fondos de Garantía de Depósitos en Entidades de Crédito
  77. Disposición adicional novena Régimen jurídico de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, del Consejo Económico y Social y del Instituto Cervantes
  78. Disposición adicional décima Régimen jurídico de determinados Organismos públicos
  79. Disposición adicional undécima Régimen jurídico del Organismo autónomo Correos y Telégrafos
  80. Disposición adicional duodécima Sociedades mercantiles estatales
  81. Disposición adicional decimotercera Delegación y avocación de competencias y delegación de firma
  82. Disposición adicional decimocuarta Conflictos de atribuciones intraministeriales
  83. Disposición adicional decimoquinta Fin de la vía administrativa
  84. Disposición adicional decimosexta Revisión de oficio
  85. Disposición adicional decimoséptima Recurso extraordinario de revisión
  86. Disposición transitoria primera Régimen transitorio de nombramientos de titulares de órganos directivos
  87. Disposición transitoria segunda Adaptación de la organización territorial
  88. Disposición transitoria tercera Adaptación de los Organismos autónomos y las demás entidades de Derecho público a las previsiones de esta Ley
  89. Disposición derogatoria única Normas objeto de derogación y de reducción a rango reglamentario
  90. Disposición final primera Facultades de desarrollo
  91. Disposición final segunda Integración de servicios periféricos en las Delegaciones del Gobierno
Citenza

Inteligencia jurídica con fuentes verificables, por Datons.

citenza.io