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Ley 122 unidades

Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano.

Ley 4/1998es-law-1998-06-11-422 jul 1998

Patrimonio cultural

  1. Preámbulo Preámbulo Modificado
  2. Artículo 1 Objeto Modificado
  3. Artículo 2 Clases de bienes Modificado
  4. Artículo 3 Divulgación Modificado
  5. Artículo 4 Colaboración entre las administraciones públicas Modificado
  6. Artículo 5 Colaboración de los particulares Modificado
  7. Artículo 6 Colaboración de la Iglesia Católica Modificado
  8. Artículo 7 Instituciones consultivas y órganos asesores Modificado
  9. Artículo 8 Junta de Valoración de Bienes Modificado
  10. Artículo 9 Protección y promoción pública Modificado
  11. Artículo 10 Suspensión de intervenciones Modificado
  12. Artículo 11 Impacto ambiental y transformación del territorio Modificado
  13. Artículo 12 Comercio de bienes muebles Modificado
  14. Artículo 13 Exportación Modificado
  15. Artículo 14 Inspección y vigilancia Modificado
  16. Artículo 15 Objeto y contenido del Inventario Modificado
  17. Artículo 16 Elaboración del Inventario Modificado
  18. Artículo 17 Publicidad Modificado
  19. Artículo 18 Obligaciones de las personas titulares Modificado
  20. Artículo 19 Ejecución subsidiaria Modificado
  21. Artículo 20 Prohibición de derribo Modificado
  22. Artículo 21 Expropiación Modificado
  23. Artículo 22 Derechos de tanteo y retracto Modificado
  24. Artículo 23 Escrituras públicas Modificado
  25. Artículo 24 Limitaciones a su transmisión Modificado
  26. Artículo 25 Bienes inmateriales Modificado
  27. Artículo 26 Clases Modificado
  28. Artículo 27 Procedimiento Modificado
  29. Artículo 28 Contenido de la declaración Modificado
  30. Artículo 29 Inscripción y publicidad Modificado
  31. Artículo 30 Extinción de la declaración de Bien de Interés Cultural Modificado
  32. Artículo 31 Programas de actuaciones de conservación Modificado
  33. Artículo 32 Régimen de visitas Modificado
  34. Artículo 33 Suspensión y revisión de licencias Modificado
  35. Artículo 34 Planeamiento urbanístico Modificado
  36. Artículo 35 Autorización de intervenciones Modificado
  37. Artículo 36 Licencias municipales Modificado
  38. Artículo 37 Obras ilegales Modificado
  39. Artículo 38 Criterios de intervención en Monumentos y Jardines Históricos Modificado
  40. Artículo 39 Planes Especiales de protección Modificado
  41. Artículo 40 Ruina Modificado
  42. Artículo 41 Uso y conservación Modificado
  43. Artículo 42 Depósito y exposición Modificado
  44. Artículo 43 Traslados Modificado
  45. Artículo 44 Integridad de las colecciones Modificado
  46. Artículo 45 Declaración y régimen de protección Modificado
  47. Artículo 46 Concepto Modificado
  48. Artículo 47 Formación de los Catálogos de Bienes y Espacios Protegidos Modificado
  49. Artículo 48 Inclusión en el Inventario General Modificado
  50. Artículo 49 Inscripción en el Registro de la Propiedad Modificado
  51. Artículo 50 Régimen de protección Modificado
  52. Artículo 51 Concepto Modificado
  53. Artículo 52 Procedimiento Modificado
  54. Artículo 53 Régimen de protección Modificado
  55. Artículo 54 Exclusión de bienes muebles del Inventario Modificado
  56. Artículo 55 Concepto Modificado
  57. Artículo 56 Procedimiento Modificado
  58. Artículo 57 Régimen de protección Modificado
  59. Artículo 58 Concepto Modificado
  60. Artículo 59 Actuaciones arqueológicas y paleontológicas Modificado
  61. Artículo 60 Autorizaciones de actuaciones Modificado
  62. Artículo 60 bis Uso de detectores de metales y otros instrumentos de análoga naturaleza Modificado
  63. Artículo 61 Ejecución de actuaciones arqueológicas y paleontológicas por la Administración Modificado
  64. Artículo 62 Actuaciones arqueológicas o paleontológicas previas a la ejecución de obras Modificado
  65. Artículo 63 Actuaciones arqueológicas o paleontológicas en obras ya iniciadas Modificado
  66. Artículo 64 Titularidad y destino del producto de las actuaciones arqueológicas y paleontológicas Modificado
  67. Artículo 65 Hallazgos casuales Modificado
  68. Artículo 66 Áreas de reserva arqueológica Modificado
  69. Artículo 67 Restricciones a la publicidad de los datos del Inventario referidos a yacimientos arqueológicos y paleontológicos Modificado
  70. Artículo 68 Museos: Concepto y funciones Modificado
  71. Artículo 69 Colecciones museográficas permanentes Modificado
  72. Artículo 70 Sistema Valenciano de Museos Modificado
  73. Artículo 71 Creación y reconocimiento de museos y colecciones museográficas Modificado
  74. Artículo 72 Inclusión en el Inventario General del Patrimonio Cultural Valenciano Modificado
  75. Artículo 73 Depósito y salida de fondos Modificado
  76. Artículo 74 Acceso a los museos Modificado
  77. Artículo 75 Concepto y régimen jurídico Modificado
  78. Artículo 76 Bienes integrantes del patrimonio documental Modificado
  79. Artículo 77 Bienes integrantes del patrimonio bibliográfico y audiovisual Modificado
  80. Artículo 78 Censo y Catálogo Modificado
  81. Artículo 79 Inclusión en el Inventario General del Patrimonio Cultural Valenciano Modificado
  82. Artículo 80 Archivos y bibliotecas Modificado
  83. Artículo 81 Sistema Archivístico Valenciano y Sistema Bibliotecario Valenciano Modificado
  84. Artículo 82 Depósito y salida de fondos Modificado
  85. Artículo 83 Acceso público Modificado
  86. Artículo 84 Régimen de los documentos de las administraciones públicas Modificado
  87. Artículo 85 Junta Calificadora de Documentos Administrativos Modificado
  88. Artículo 86 Sobre el patrimonio informático y los bienes inmateriales de naturaleza tecnológica Modificado
  89. Artículo 87 Interés público Modificado
  90. Artículo 88 Educación Modificado
  91. Artículo 89 Reconocimiento oficial Modificado
  92. Artículo 90 Uso de los inmuebles de titularidad pública Modificado
  93. Artículo 91 Ayuda directa a la conservación Modificado
  94. Artículo 92 Contribución pública al régimen de visitas Modificado
  95. Artículo 93 Inversiones culturales Modificado
  96. Artículo 94 Crédito oficial Modificado
  97. Artículo 95 Beneficios fiscales Modificado
  98. Artículo 96 Pago con bienes culturales Modificado
  99. Artículo 97 Infracciones Modificado
  100. Artículo 98 Personas responsables Modificado
  101. Artículo 99 Sanciones Modificado
  102. Artículo 100 Multas coercitivas Modificado
  103. Artículo 101 Reparación de daños Modificado
  104. Artículo 102 Órganos competentes Modificado
  105. Artículo 103 Procedimiento sancionador Modificado
  106. Artículo 104 Prescripción Modificado
  107. Disposición adicional primera Bienes de Interés Cultural declarados con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Ley Modificado
  108. Disposición adicional segunda Otros bienes inventariados con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Ley Modificado
  109. Disposición adicional tercera Fundaciones culturales Modificado
  110. Disposición adicional cuarta Actualización y adaptación de las secciones 1ª y 2ª del Inventario General del Patrimonio Cultural Valenciano Modificado
  111. Disposición adicional cuarta [sic] Modificado
  112. Disposición adicional quinta Reconocimiento legal de Bienes Inmuebles de Relevancia Local, en atención a su naturaleza patrimonial Modificado
  113. Disposición adicional séptima Consejo Asesor de Patrimonio Histórico Inmobiliario. [Sic] Modificado
  114. Disposición adicional octava Arrendamiento de colecciones culturales Modificado
  115. Disposición transitoria primera Modificado
  116. Disposición transitoria segunda Modificado
  117. Disposición transitoria tercera Modificado
  118. Disposición transitoria cuarta Modificado
  119. Disposición transitoria quinta Modificado
  120. Disposición derogatoria unica Modificado
  121. Disposición final primera Modificado
  122. Disposición final segunda Modificado
Citenza

Inteligencia jurídica con fuentes verificables, por Datons.

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