🇪🇸 España
Ley 105 unidades
Ley 9/1998, de 2 de julio, de Caza de La Rioja.
Ley 9/1998es-law-1998-07-02-910 jul 1998
- Preámbulo Preámbulo
- Artículo 1 Objeto
- Artículo 2 Acción de cazar
- Artículo 3 Del derecho a cazar
- Artículo 4 De la titularidad cinegética
- Artículo 5 Aprovechamiento ordenado
- Artículo 6 Conservación del patrimonio cinegético
- Artículo 7 Especies cinegéticas
- Artículo 8 Exclusión de especies amenazadas
- Artículo 9 Especies cazables
- Artículo 10 Definición
- Artículo 11 Propiedad de las piezas de caza
- Artículo 12 Tenencia de piezas de caza
- Artículo 13 Daños producidos por las piezas de caza
- Artículo 14 Definición
- Artículo 15 Requisitos para el ejercicio de la caza
- Artículo 16 Licencia de caza
- Artículo 17 Examen del cazador
- Artículo 18 Responsabilidad por daños producidos por los cazadores
- Artículo 19 Clasificación de los terrenos
- Artículo 20 Terrenos cinegéticos
- Artículo 21 Zonas de seguridad
- Artículo 22 Reservas regionales de caza
- Artículo 23 Cotos de caza
- Artículo 24 Clasificación de los cotos de caza
- Artículo 25 Titulares
- Artículo 26 Cotos privados de caza
- Artículo 27 Cotos comerciales de caza
- Artículo 28 Cotos deportivos de caza
- Artículo 29 Cotos municipales de caza
- Artículo 30 Cotos sociales de caza
- Artículo 31 Terrenos no cinegéticos
- Artículo 32 Vedados de caza
- Artículo 33 Terrenos cercados
- Artículo 34 Zonas no cinegéticas
- Artículo 35 Tenencia y utilización
- Artículo 36 Armas, dispositivos auxiliares, municiones y calibres
- Artículo 37 Otros medios y procedimientos de caza prohibidos
- Artículo 38 Perros
- Artículo 39 Aves de cetrería
- Artículo 40 Hurones
- Artículo 41 Modalidades de caza
- Artículo 42 Caza con fines científicos
- Artículo 43 Anillamiento o marcado
- Artículo 44 Seguro obligatorio
- Artículo 45 Medidas de seguridad en las cacerías
- Artículo 46 Planes técnicos de caza
- Artículo 47 Contenido de los planes técnicos de caza
- Artículo 48 Plazo de vigencia
- Artículo 49 Responsabilidad y control
- Artículo 50 Inexistencia de plan técnico de caza
- Artículo 51 Orden anual de caza
- Artículo 52 Limitaciones de los períodos hábiles de caza
- Artículo 53 Otras limitaciones y prohibiciones
- Artículo 54 Autorizaciones excepcionales
- Artículo 55 Actuaciones que afectan a la fauna cinegética
- Artículo 56 Conservación del hábitat cinegético
- Artículo 57 Ayudas y subvenciones
- Artículo 58 Cerramientos con fines cinegéticos
- Artículo 59 Zonas de reserva
- Artículo 60 Enfermedades y epizootias
- Artículo 61 Censos y estadísticas
- Artículo 62 Investigación, experimentación y divulgación
- Artículo 63 Requisitos para su establecimiento
- Artículo 64 De las repoblaciones
- Artículo 65 Especies de caza comercializables
- Artículo 66 Transporte y comercialización de piezas de caza muertas
- Artículo 67 Comercialización, transporte y suelta de piezas de caza vivas
- Artículo 68 Remisión a la legislación sectorial vigente
- Artículo 69 Taxidermia
- Artículo 70 Competencia en materia cinegética
- Artículo 71 Financiación
- Artículo 72 Procedimientos administrativos
- Artículo 73 Consejo de Caza de La Rioja
- Artículo 74 Junta de Homologación de Trofeos de Caza de La Rioja
- Artículo 75 Autoridades competentes
- Artículo 76 Vigilantes de caza
- Artículo 77 Vigilancia de los cotos de caza
- Artículo 78 Del ejercicio de la caza por el personal de vigilancia
- Artículo 79 Definición
- Artículo 80 Clasificación
- Artículo 81 Infracciones muy graves
- Artículo 82 Infracciones graves
- Artículo 83 Infracciones leves
- Artículo 84 De la prescripción de las infracciones
- Artículo 85 Sanciones aplicables
- Artículo 86 Criterios para la graduación de las sanciones
- Artículo 87 Indemnizaciones
- Artículo 88 Multas coercitivas
- Artículo 89 Actualización de la cuantía de las sanciones
- Artículo 90 Comisos
- Artículo 91 De la retirada de armas
- Artículo 92 Del expediente sancionador
- Artículo 93 De la presunción de existencia de delito o falta
- Artículo 94 De la competencia para la imposición de las sanciones
- Artículo 95 De las denuncias de los agentes de la autoridad
- Artículo 96 De la prescripción de las sanciones
- Artículo 97 Registro Regional de Infractores
- Disposición adicional primera
- Disposición adicional segunda
- Disposición transitoria primera
- Disposición transitoria segunda
- Disposición derogatoria única
- Disposición final primera
- Disposición final segunda