Ley 4/2000, de 25 de octubre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Artículo 21Registro de empresas y establecimientos
Vigente · versión de 1 ene 2026
Artículo 21. Registro de empresas y establecimientos.
Dependiente de la Consejería competente en la materia existirá un Registro de empresas y establecimientos destinados a la realización de espectáculos públicos y actividades recreativas.
Reglamentariamente, se determinará la información que deberán facilitar las Entidades Locales y empresas para su inscripción en dicho Registro.