🇪🇸 España
Ley 145 unidades
Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea.
Ley 21/2003es-law-2003-07-07-217 jul 2003
- Preámbulo Preámbulo
- TÍTULO I
- Artículo 1 Objeto y finalidad
- Artículo 2 Ámbito de aplicación
- Artículo 3 Programa Nacional de Seguridad para la Aviación Civil
- Artículo 4 Competencias en materia de estructura y gestión del espacio aéreo y de la circulación aérea
- Artículo 4 bis Competencias en materia de infraestructuras militares abiertas al tráfico civil y salvaguarda de los intereses de la defensa en otros ámbitos
- Artículo 5 Competencias del Ministerio de Fomento
- Artículo 6 Coordinación entre los Ministerios de Defensa y de Fomento
- Artículo 7 Competencias en materia de servicio meteorológico
- Artículo 8 Circulares aeronáuticas
- Artículo 9 Construcción y planificación de sistemas aeroportuarios
- Artículo 10 Consejo Asesor de Aviación Civil
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 11 Programa Estatal de Seguridad Operacional para la Aviación Civil
- Artículo 12 Protección de la información del Programa Estatal de Seguridad Operacional para la Aviación Civil
- CAPÍTULO II
- Artículo 13 La Comisión de Investigación de Accidentes e Incidentes de Aviación Civil
- Artículo 14 Composición y funciones
- Artículo 15 Régimen jurídico de la investigación técnica de accidentes e incidentes de aviación civil y del funcionamiento de la Comisión de Investigación de Accidentes e Incidentes de Aviación Civil
- Artículo 16 Publicidad de los informes y recomendaciones y su seguimiento
- Artículo 17 Coste de la búsqueda, recuperación, conservación y destino de los restos
- CAPÍTULO III
- Artículo 18 Carácter reservado de la información
- Artículo 19 Cesión o comunicación de la información
- TÍTULO III
- Artículo 20 Concepto y alcance
- Artículo 21 Adscripción y ejercicio
- Artículo 22 Contenido de la función de inspección
- Artículo 23 Transferencia de responsabilidades de inspección
- Artículo 24 Actuaciones inspectoras
- Artículo 25 Atribuciones de los inspectores
- Artículo 26 Entidades y personal colaborador
- Artículo 27 Procedimientos internos de verificación
- Artículo 28 Documentación de las actuaciones de inspección
- Artículo 29 Subsanación
- Artículo 29 bis Prohibición de presentar nuevas declaraciones o comunicaciones habilitantes para la realización de actividades aeronáuticas civiles
- Artículo 30 Medidas extraordinarias
- Artículo 31 Colaboración con la Unión Europea
- TÍTULO IV
- Artículo 32 Sujetos de las obligaciones por razones de seguridad
- Artículo 33 Obligaciones generales
- Artículo 34 Obligaciones específicas del personal aeronáutico
- Artículo 35 Obligacionese específicas de las entidades de diseño, producción y mantenimiento de las aeronaves y productos aeronáuticos
- Artículo 36 Obligaciones específicas de los operadores aéreos
- Artículo 37 Obligaciones específicas de las compañías aéreas y empresas de trabajos aéreos
- Artículo 38 Obligaciones específicas de los proveedores civiles de servicios de gestión del tránsito aéreo/navegación aérea
- Artículo 39 Obligaciones específicas de los agentes y proveedores de servicios aeroportuarios
- Artículo 40 Obligaciones de los gestores de aeropuertos, aeródromos y demás instalaciones aeroportuarias
- Artículo 41 Obligaciones específicas de los pasajeros y otros usuarios de los servicios aeronáuticos
- Artículo 42 Obligaciones específicas de las entidades colaboradoras en materia de inspección aeronáutica
- Artículo 42 bis Obligaciones específicas en relación con los riesgos a la seguridad, regularidad o continuidad de las operaciones
- TÍTULO V
- CAPÍTULO I
- Artículo 43 Concepto y clases de infracciones
- Artículo 44 Infracciones contra la seguridad de la aviación civil
- Artículo 45 Infracciones en relación con el transporte y los trabajos aéreos
- Artículo 45 bis Infracciones en relación con la asistencia y compensación a los pasajeros
- Artículo 45 ter Infracciones en relación con la utilización de sistemas de aeronaves no tripuladas (‘‘UAS’’)
- Artículo 46 Infracciones relativas al transporte de mercancías peligrosas o sujetas a normas especiales por vía aérea
- Artículo 47 Infracciones relativas a la disciplina del tráfico aéreo en materia de ruido
- Artículo 47 bis Infracciones en materia de servidumbres aeronáuticas no acústicas y otras medidas de protección de la navegación aérea
- Artículo 47 ter Infracciones en relación con la sostenibilidad del transporte aéreo
- Artículo 48 Infracciones en relación con el funcionamiento y uso de los aeropuertos
- Artículo 48 bis Infracciones en relación con control del tránsito aéreo
- Artículo 48 ter Infracciones en relación con la gestión de afluencia de tránsito aéreo (ATFM)
- Artículo 49 Infracciones en relación con la coordinación de los aeropuertos y la utilización de las franjas horarias
- Artículo 50 Infracciones del deber de colaboración con la administración aeronáutica y de los deberes relativos a la protección y uso de la información
- Artículo 51 Reincidencia
- Artículo 52 Responsables de las infracciones
- Artículo 53 Concurrencia de responsabilidades
- Artículo 54 Extinción de la responsabilidad
- CAPÍTULO II
- Artículo 55 Sanciones
- Artículo 56 Sanciones accesorias
- Artículo 57 Otras medidas
- Artículo 58 Órgano competente para la imposición de las sanciones
- Artículo 59 Criterios para la graduación de las sanciones
- CAPÍTULO III
- Artículo 60 Prescripción de infracciones y sanciones
- CAPÍTULO IV
- Artículo 61 Aplicación de la legislación general
- Artículo 62 Iniciación
- Artículo 62 bis Especialidades de la iniciación de determinados procedimientos sancionadores
- Artículo 63 Medidas cautelares
- Artículo 64 Instrucción
- Artículo 65 Plazo para resolver y notificar
- Artículo 66 Efectos de la resolución
- Artículo 67 Multas coercitivas
- TÍTULO VI
- CAPÍTULO I
- Artículo 68 Ingresos de «Aena Aeropuertos, S.A.»
- Artículo 69 Gestión y cobro de los ingresos de «Aena Aeropuertos, S.A.» y sus sociedades filiales
- Artículo 70 Ingresos de las sociedades filiales gestoras de aeropuertos
- Artículo 71 Ingresos de las concesionarias de servicios aeroportuarios
- CAPÍTULO II
- Sección 1 a
- Artículo 72 Definiciones
- Artículo 73 Clasificación de los aeropuertos
- Sección 2 a
- Artículo 74 Obligados al pago
- Artículo 75 Importes
- Artículo 76 Recargo por ruido
- Sección 3 a
- Artículo 77 Obligados al pago
- Artículo 78 Importes
- Sección 4 a
- Artículo 79 Obligados al pago
- Artículo 80 Importe
- Artículo 81 Descuentos y exenciones
- Sección 5 a
- Artículo 82 Obligados al pago
- Artículo 83 Importe
- Sección 6 a
- Artículo 84 Obligados al pago
- Artículo 85 Importe
- Sección 7 a
- Artículo 86 Obligados al pago
- Artículo 87 Importe
- Sección 8 a
- Artículo 88 Obligados al pago
- Artículo 89 Importe
- Sección 9 a
- Artículo 90 Prestación patrimonial pública por servicios meteorológicos
- CAPÍTULO III
- Artículo 91 Actualización y modificación
- Artículo 92 Propuesta de actualización de las cuantías
- CAPÍTULO IV
- Sección 1 a
- Artículo 93 Información a las autoridades administrativas
- Artículo 94 Tarifas aeroportuarias
- Artículo 95 Principio general de no discriminación
- Artículo 96 Autoridad de supervisión independiente
- Sección 2 a
- Artículo 97 Ámbito del procedimiento de consulta y supervisión
- Artículo 98 Procedimiento de consulta
- Artículo 99 Información suministrada
- Artículo 100 Acuerdos sobre nivel de servicio y servicios personalizados
- Artículo 101 Supervisión de la propuesta de modificación o actualización
- Sección 3 a
- Artículo 102 Procedimiento de transparencia y consulta
- Artículo 103 Supervisión de la modificación
- Artículo 104 Acuerdos sobre el nivel de servicio y servicios personalizados
- Sección 4 a
- Artículo 105 Régimen de transparencia y supervisión
- Disposición adicional primera Medios para la aplicación de la ley
- Disposición adicional segunda Modificación de la Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación Aérea
- Disposición adicional tercera Modificación de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social
- Disposición adicional cuarta Colaboración técnica
- Disposición adicional quinta Comisión Interministerial entre Defensa y Transportes (CIDETRA)
- Disposición adicional sexta
- Disposición adicional séptima
- Disposición adicional octava
- Disposición adicional novena Protocolo de colaboración en relación con la investigación técnica de accidentes e incidentes de la aviación civil
- Disposición adicional décima Régimen y clasificación de instalaciones aeroportuarias
- Disposición adicional undécima Bases aéreas militares abiertas al tráfico civil y aeródromos de utilización conjunta civil y militar
- Disposición adicional duodécima Tasa de aproximación
- Disposición adicional decimotercera Régimen jurídico del personal laboral de Aena
- Disposición adicional decimocuarta Procedimientos en materia de tarifas aeroportuarias
- Disposición adicional decimoquinta Consulta sobre tarifas aeroportuarias
- Disposición adicional decimosexta Tasa de seguridad aérea
- Disposición adicional decimoséptima Prestación patrimonial pública de asignación de franjas horarias
- Disposición adicional decimoctava Propuesta de actualización y modificación de la prestación patrimonial pública de asignación de franjas horarias
- Disposición adicional decimonovena Silencio administrativo negativo
- Disposición adicional vigésima Tarifas para ayudas a la navegación aérea
- Disposición adicional vigésimoprimera
- Disposición transitoria primera Tasas aeroportuarias
- Disposición transitoria segunda Autoridad Estatal de Supervisión
- Disposición derogatoria única Derogación normativa
- Disposición final primera Títulos competenciales
- Disposición final segunda Actualización de la cuantía de las sanciones
- Disposición final segunda bis
- Disposición final tercera Habilitación normativa
- Disposición final cuarta Entrada en vigor