Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea.
Artículo 39Obligaciones específicas de los agentes y proveedores de servicios aeroportuarios
Vigente · versión de 26 oct 2025
Artículo 39. Obligaciones específicas de los agentes y proveedores de servicios aeroportuarios.
Los agentes y proveedores de servicios aeroportuarios tienen las siguientes obligaciones:
1.ª Disponer de un título jurídico válido y eficaz para prestar los servicios aeroportuarios en los aeropuertos de interés general.
2.ª Cumplir y mantener las condiciones establecidas en el título al que se refiere el apartado anterior.
3.ª Respetar las normas de seguridad, uso y funcionamiento del aeropuerto en el que presten servicios.
4.ª Garantizar la prestación de los servicios con el nivel exigido de seguridad.
5.ª Cumplir los deberes legalmente establecidos de formación de su personal en materia de seguridad operacional y de la aviación civil.