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Ley 105 unidades
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Ley 38/2003es-law-2003-11-17-3818 nov 2003
- Preámbulo Preámbulo Modificado
- Artículo 1 Objeto Modificado
- Artículo 2 Concepto de subvención Modificado
- Artículo 3 Ámbito de aplicación subjetivo Modificado
- Artículo 4 Exclusiones del ámbito de aplicación de la ley Modificado
- Artículo 5 Régimen jurídico de las subvenciones Modificado
- Artículo 6 Régimen jurídico de las subvenciones financiadas con cargo a fondos de la Unión Europea Modificado
- Artículo 7 Responsabilidad financiera derivada de la gestión de fondos procedentes de la Unión Europea Modificado
- Artículo 8 Principios generales Modificado
- Artículo 9 Requisitos para el otorgamiento de las subvenciones Modificado
- Artículo 10 Órganos competentes para la concesión de subvenciones Modificado
- Artículo 11 Beneficiarios Modificado
- Artículo 12 Entidades colaboradoras Modificado
- Artículo 13 Requisitos para obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora Modificado
- Artículo 14 Obligaciones de los beneficiarios Modificado
- Artículo 15 Obligaciones de las entidades colaboradoras Modificado
- Artículo 16 Convenios y contratos con Entidades Colaboradoras Modificado
- Artículo 17 Bases reguladoras de la concesión de las subvenciones Modificado
- Artículo 18 Publicidad de las subvenciones Modificado
- Artículo 19 Financiación de las actividades subvencionadas Modificado
- Artículo 20 Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) Modificado
- Artículo 21 Régimen de garantías Modificado
- Artículo 22 Procedimientos de concesión Modificado
- Artículo 23 Iniciación Modificado
- Artículo 24 Instrucción Modificado
- Artículo 25 Resolución Modificado
- Artículo 26 Notificación de la resolución Modificado
- Artículo 27 Reformulación de las solicitudes Modificado
- Artículo 28 Concesión directa Modificado
- Artículo 29 Subcontratación de las actividades subvencionadas por los beneficiarios Modificado
- Artículo 30 Justificación de las subvenciones públicas Modificado
- Artículo 31 Gastos subvencionables Modificado
- Artículo 32 Comprobación de subvenciones Modificado
- Artículo 33 Comprobación de valores Modificado
- Artículo 34 Procedimiento de aprobación del gasto y pago Modificado
- Artículo 35 Retención de pagos Modificado
- Artículo 36 Invalidez de la resolución de concesión Modificado
- Artículo 37 Causas de reintegro Modificado
- Artículo 38 Naturaleza de los créditos a reintegrar y de los procedimientos para su exigencia Modificado
- Artículo 39 Prescripción Modificado
- Artículo 40 Obligados al reintegro Modificado
- Artículo 41 Competencia para la resolución del procedimiento de reintegro Modificado
- Artículo 42 Procedimiento de reintegro Modificado
- Artículo 43 Coordinación de actuaciones Modificado
- Artículo 44 Objeto y competencia para el ejercicio del control financiero de subvenciones Modificado
- Artículo 45 Control financiero de ayudas y subvenciones financiadas total o parcialmente con cargo a fondos comunitarios Modificado
- Artículo 46 Obligación de colaboración Modificado
- Artículo 47 Facultades del personal controlador Modificado
- Artículo 48 Deberes del personal controlador Modificado
- Artículo 49 Del procedimiento de control financiero Modificado
- Artículo 50 Documentación de las actuaciones de control financiero Modificado
- Artículo 51 Efectos de los informes de control financiero Modificado
- Artículo 52 Concepto de infracción Modificado
- Artículo 53 Responsables Modificado
- Artículo 54 Supuestos de exención de responsabilidad Modificado
- Artículo 55 Concurrencia de actuaciones con el orden jurisdiccional penal Modificado
- Artículo 56 Infracciones leves Modificado
- Artículo 57 Infracciones graves Modificado
- Artículo 58 Infracciones muy graves Modificado
- Artículo 59 Clases de sanciones Modificado
- Artículo 60 Graduación de las sanciones Modificado
- Artículo 61 Sanciones por infracciones leves Modificado
- Artículo 62 Sanciones por infracciones graves Modificado
- Artículo 63 Sanciones por infracciones muy graves Modificado
- Artículo 64 Desarrollo reglamentario del régimen de infracciones y sanciones Modificado
- Artículo 65 Prescripción de infracciones y sanciones Modificado
- Artículo 66 Competencia para la imposición de sanciones Modificado
- Artículo 67 Procedimiento sancionador Modificado
- Artículo 68 Extinción de la responsabilidad derivada de la comisión de infracciones Modificado
- Artículo 69 Responsabilidades Modificado
- Disposición adicional primera Información y coordinación con el Tribunal de Cuentas Modificado
- Disposición adicional segunda Colaboración de la Intervención General de la Administración del Estado con otras Administraciones públicas, en las actuaciones de control financiero de subvenciones Modificado
- Disposición adicional tercera Control financiero de subvenciones de la Intervención General de la Seguridad Social Modificado
- Disposición adicional cuarta Contratación de la colaboración para la realización de controles financieros de subvenciones con auditores privados Modificado
- Disposición adicional quinta Ayudas en especie Modificado
- Disposición adicional sexta Créditos concedidos por la Administración a particulares sin interés, o con interés inferior al de mercado Modificado
- Disposición adicional séptima Entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social Modificado
- Disposición adicional octava Subvenciones que integran el programa de cooperación económica del Estado a las inversiones de las entidades locales Modificado
- Disposición adicional novena Incentivos regionales, ayudas a la minería y ayudas del Plan PYME Modificado
- Disposición adicional décima Premios educativos, culturales, científicos o de cualquier otra naturaleza Modificado
- Disposición adicional undécima Procedimiento de reintegro de subvenciones concedidas por el Instituto Nacional de Empleo Modificado
- Disposición adicional duodécima Planes de aislamiento acústico Modificado
- Disposición adicional decimotercera Planes y programas sectoriales Modificado
- Disposición adicional decimocuarta Entidades locales Modificado
- Disposición adicional decimoquinta Justificación de subvenciones por entidades públicas estatales Modificado
- Disposición adicional decimosexta Fundaciones del sector público Modificado
- Disposición adicional decimoséptima Control y evaluación de objetivos Modificado
- Disposición adicional decimoctava Subvenciones de cooperación internacional Modificado
- Disposición adicional decimonovena Régimen aplicable al Banco de España Modificado
- Disposición adicional vigésima Actualización de las cuantías previstas en esta ley Modificado
- Disposición adicional vigésima primera Modificado
- Disposición adicional vigésima segunda Modificado
- Disposición adicional vigésima tercera Modificado
- Disposición adicional vigésima cuarta Modificado
- Disposición adicional vigésima quinta Modificado
- Disposición adicional vigésima sexta Modificado
- Disposición adicional vigésima séptima Modificado
- Disposición transitoria primera Adaptación de la normativa reguladora Modificado
- Disposición transitoria segunda Régimen transitorio de los procedimientos Modificado
- Disposición transitoria tercera Modificado
- Disposición transitoria cuarta Establecimiento de los requisitos que deberán cumplir los Centros Tecnológicos mencionados en la disposición adicional vigésima séptima Modificado
- Disposición derogatoria única Derogación normativa Modificado
- Disposición final primera Habilitación competencial y carácter de legislación básica Modificado
- Disposición final segunda Carácter básico de las normas de desarrollo Modificado
- Disposición final tercera Desarrollo y entrada en vigor de esta ley Modificado