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Ley 105 unidades

Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Ley 38/2003es-law-2003-11-17-3818 nov 2003

Unión Europea

  1. Preámbulo Preámbulo Modificado
  2. Artículo 1 Objeto Modificado
  3. Artículo 2 Concepto de subvención Modificado
  4. Artículo 3 Ámbito de aplicación subjetivo Modificado
  5. Artículo 4 Exclusiones del ámbito de aplicación de la ley Modificado
  6. Artículo 5 Régimen jurídico de las subvenciones Modificado
  7. Artículo 6 Régimen jurídico de las subvenciones financiadas con cargo a fondos de la Unión Europea Modificado
  8. Artículo 7 Responsabilidad financiera derivada de la gestión de fondos procedentes de la Unión Europea Modificado
  9. Artículo 8 Principios generales Modificado
  10. Artículo 9 Requisitos para el otorgamiento de las subvenciones Modificado
  11. Artículo 10 Órganos competentes para la concesión de subvenciones Modificado
  12. Artículo 11 Beneficiarios Modificado
  13. Artículo 12 Entidades colaboradoras Modificado
  14. Artículo 13 Requisitos para obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora Modificado
  15. Artículo 14 Obligaciones de los beneficiarios Modificado
  16. Artículo 15 Obligaciones de las entidades colaboradoras Modificado
  17. Artículo 16 Convenios y contratos con Entidades Colaboradoras Modificado
  18. Artículo 17 Bases reguladoras de la concesión de las subvenciones Modificado
  19. Artículo 18 Publicidad de las subvenciones Modificado
  20. Artículo 19 Financiación de las actividades subvencionadas Modificado
  21. Artículo 20 Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) Modificado
  22. Artículo 21 Régimen de garantías Modificado
  23. Artículo 22 Procedimientos de concesión Modificado
  24. Artículo 23 Iniciación Modificado
  25. Artículo 24 Instrucción Modificado
  26. Artículo 25 Resolución Modificado
  27. Artículo 26 Notificación de la resolución Modificado
  28. Artículo 27 Reformulación de las solicitudes Modificado
  29. Artículo 28 Concesión directa Modificado
  30. Artículo 29 Subcontratación de las actividades subvencionadas por los beneficiarios Modificado
  31. Artículo 30 Justificación de las subvenciones públicas Modificado
  32. Artículo 31 Gastos subvencionables Modificado
  33. Artículo 32 Comprobación de subvenciones Modificado
  34. Artículo 33 Comprobación de valores Modificado
  35. Artículo 34 Procedimiento de aprobación del gasto y pago Modificado
  36. Artículo 35 Retención de pagos Modificado
  37. Artículo 36 Invalidez de la resolución de concesión Modificado
  38. Artículo 37 Causas de reintegro Modificado
  39. Artículo 38 Naturaleza de los créditos a reintegrar y de los procedimientos para su exigencia Modificado
  40. Artículo 39 Prescripción Modificado
  41. Artículo 40 Obligados al reintegro Modificado
  42. Artículo 41 Competencia para la resolución del procedimiento de reintegro Modificado
  43. Artículo 42 Procedimiento de reintegro Modificado
  44. Artículo 43 Coordinación de actuaciones Modificado
  45. Artículo 44 Objeto y competencia para el ejercicio del control financiero de subvenciones Modificado
  46. Artículo 45 Control financiero de ayudas y subvenciones financiadas total o parcialmente con cargo a fondos comunitarios Modificado
  47. Artículo 46 Obligación de colaboración Modificado
  48. Artículo 47 Facultades del personal controlador Modificado
  49. Artículo 48 Deberes del personal controlador Modificado
  50. Artículo 49 Del procedimiento de control financiero Modificado
  51. Artículo 50 Documentación de las actuaciones de control financiero Modificado
  52. Artículo 51 Efectos de los informes de control financiero Modificado
  53. Artículo 52 Concepto de infracción Modificado
  54. Artículo 53 Responsables Modificado
  55. Artículo 54 Supuestos de exención de responsabilidad Modificado
  56. Artículo 55 Concurrencia de actuaciones con el orden jurisdiccional penal Modificado
  57. Artículo 56 Infracciones leves Modificado
  58. Artículo 57 Infracciones graves Modificado
  59. Artículo 58 Infracciones muy graves Modificado
  60. Artículo 59 Clases de sanciones Modificado
  61. Artículo 60 Graduación de las sanciones Modificado
  62. Artículo 61 Sanciones por infracciones leves Modificado
  63. Artículo 62 Sanciones por infracciones graves Modificado
  64. Artículo 63 Sanciones por infracciones muy graves Modificado
  65. Artículo 64 Desarrollo reglamentario del régimen de infracciones y sanciones Modificado
  66. Artículo 65 Prescripción de infracciones y sanciones Modificado
  67. Artículo 66 Competencia para la imposición de sanciones Modificado
  68. Artículo 67 Procedimiento sancionador Modificado
  69. Artículo 68 Extinción de la responsabilidad derivada de la comisión de infracciones Modificado
  70. Artículo 69 Responsabilidades Modificado
  71. Disposición adicional primera Información y coordinación con el Tribunal de Cuentas Modificado
  72. Disposición adicional segunda Colaboración de la Intervención General de la Administración del Estado con otras Administraciones públicas, en las actuaciones de control financiero de subvenciones Modificado
  73. Disposición adicional tercera Control financiero de subvenciones de la Intervención General de la Seguridad Social Modificado
  74. Disposición adicional cuarta Contratación de la colaboración para la realización de controles financieros de subvenciones con auditores privados Modificado
  75. Disposición adicional quinta Ayudas en especie Modificado
  76. Disposición adicional sexta Créditos concedidos por la Administración a particulares sin interés, o con interés inferior al de mercado Modificado
  77. Disposición adicional séptima Entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social Modificado
  78. Disposición adicional octava Subvenciones que integran el programa de cooperación económica del Estado a las inversiones de las entidades locales Modificado
  79. Disposición adicional novena Incentivos regionales, ayudas a la minería y ayudas del Plan PYME Modificado
  80. Disposición adicional décima Premios educativos, culturales, científicos o de cualquier otra naturaleza Modificado
  81. Disposición adicional undécima Procedimiento de reintegro de subvenciones concedidas por el Instituto Nacional de Empleo Modificado
  82. Disposición adicional duodécima Planes de aislamiento acústico Modificado
  83. Disposición adicional decimotercera Planes y programas sectoriales Modificado
  84. Disposición adicional decimocuarta Entidades locales Modificado
  85. Disposición adicional decimoquinta Justificación de subvenciones por entidades públicas estatales Modificado
  86. Disposición adicional decimosexta Fundaciones del sector público Modificado
  87. Disposición adicional decimoséptima Control y evaluación de objetivos Modificado
  88. Disposición adicional decimoctava Subvenciones de cooperación internacional Modificado
  89. Disposición adicional decimonovena Régimen aplicable al Banco de España Modificado
  90. Disposición adicional vigésima Actualización de las cuantías previstas en esta ley Modificado
  91. Disposición adicional vigésima primera Modificado
  92. Disposición adicional vigésima segunda Modificado
  93. Disposición adicional vigésima tercera Modificado
  94. Disposición adicional vigésima cuarta Modificado
  95. Disposición adicional vigésima quinta Modificado
  96. Disposición adicional vigésima sexta Modificado
  97. Disposición adicional vigésima séptima Modificado
  98. Disposición transitoria primera Adaptación de la normativa reguladora Modificado
  99. Disposición transitoria segunda Régimen transitorio de los procedimientos Modificado
  100. Disposición transitoria tercera Modificado
  101. Disposición transitoria cuarta Establecimiento de los requisitos que deberán cumplir los Centros Tecnológicos mencionados en la disposición adicional vigésima séptima Modificado
  102. Disposición derogatoria única Derogación normativa Modificado
  103. Disposición final primera Habilitación competencial y carácter de legislación básica Modificado
  104. Disposición final segunda Carácter básico de las normas de desarrollo Modificado
  105. Disposición final tercera Desarrollo y entrada en vigor de esta ley Modificado
Citenza

Inteligencia jurídica con fuentes verificables, por Datons.

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