Ley 39/2003

Ley 39/2003, de 17 de noviembre, del Sector Ferroviario.

Preámbulo Preámbulo

Artículo 1Objeto de la ley

Artículo 2Fines de la ley

Artículo 3La infraestructura ferroviaria

Artículo 4La Red Ferroviaria de Interés General

Artículo 5Planificación de infraestructuras ferroviarias integrantes de la Red Ferroviaria de Interés General

Artículo 6Proyección y construcción de infraestructuras ferroviarias integrantes de la Red Ferroviaria de Interés General

Artículo 7Incidencia de las infraestructuras ferroviarias sobre el planeamiento urbanístico. El control municipal

Artículo 8Pasos a nivel

Artículo 9Zonas de servicio ferroviario

Artículo 10Consideración urbanística de las zonas de servicio

Artículo 11Clausura de líneas o tramos de la infraestructura ferroviaria

Artículo 12Zona de dominio público, zona de protección y límite de edificación

Artículo 13Zona de dominio público

Artículo 14Zona de protección

Artículo 15Normas especiales

Artículo 16Límite de edificación

Artículo 17Expropiación de bienes existentes en la zona de protección hasta la línea límite de edificación

Artículo 18Obras y actividades ilegales en zonas de dominio público o de protección de la infraestructura ferroviaria

Artículo 19Contenido y alcance de la administración de las infraestructuras ferroviarias

Artículo 20Naturaleza jurídica del administrador de infraestructuras ferroviarias

Artículo 21Competencias y funciones del administrador de infraestructuras ferroviarias

Artículo 22Administración y construcción de la infraestructura ferroviaria por el administrador de infraestructuras ferroviarias

Artículo 23Recursos del administrador de infraestructuras ferroviarias

Artículo 24Patrimonio del administrador de infraestructuras ferroviarias

Artículo 25Contratación del personal laboral y régimen presupuestario

Artículo 26Régimen tributario

Artículo 27Control de la actuación del administrador de infraestructuras ferroviarias

Artículo 28Estatuto del administrador de infraestructuras ferroviarias

Artículo 29Contenido, elaboración, características y publicación de la declaración sobre la red

Artículo 30Concepto de adjudicación de capacidad

Artículo 31Candidatos

Artículo 32Posibilidad de imponer requisitos a los candidatos

Artículo 33Procedimiento de adjudicación

Artículo 34Medidas especiales en caso de perturbaciones del tráfico ferroviario

Artículo 35Derechos de uso de capacidad

Artículo 36Régimen aplicable

Artículo 37Régimen aplicable a las líneas ferroviarias de titularidad privada

Artículo 38Elementos de titularidad privada que complementen la Red Ferroviaria de Interés General

Artículo 39Concepto

Artículo 40Prestación de los servicios adicionales, complementarios y auxiliares

Artículo 41Régimen aplicable

Artículo 42El transporte ferroviario

Artículo 43Empresas ferroviarias

Artículo 44Licencia de empresa ferroviaria

Artículo 45Requisitos para la obtención de la licencia

Artículo 46Capacidad financiera de las solicitantes

Artículo 47Competencia profesional del solicitante de la licencia

Artículo 48Cobertura de responsabilidad civil

Artículo 49Conservación de eficacia de la licencia

Artículo 50Suspensión de la licencia

Artículo 51Revocación de la licencia

Artículo 52Comunicaciones a otros Estados miembros de la Unión Europea

Artículo 53Servicios de transporte ferroviario de interés público

Artículo 54Intervención de la Administración

Artículo 55Régimen aplicable

Artículo 56Seguridad ferroviaria

Artículo 56 bisAutoridad responsable de la seguridad ferroviaria

Artículo 57Certificados de seguridad

Artículo 57 bisAutorizaciones de seguridad

Artículo 58Condiciones y requisitos de los subsistemas del sistema ferroviario. Autorización, circulación y mantenimiento de los vehículos ferroviarios

Artículo 59Derechos de los usuarios

Artículo 60Régimen aplicable

Artículo 61Régimen jurídico

Artículo 62Devengo

Artículo 63Gestión y afectación

Artículo 64Actualización

Artículo 65Régimen jurídico

Artículo 66Devengo

Artículo 67Afectación

Artículo 68Actualización

Artículo 69Régimen jurídico

Artículo 70Devengo

Artículo 71Gestión y afectación

Artículo 72Actualización

Artículo 73Principios generales

Artículo 74Canon por utilización de las líneas ferroviarias integrantes de la Red Ferroviaria de Interés General

Artículo 75Canon por utilización de las estaciones y otras instalaciones ferroviarias

Artículo 76Gestión, recaudación y afectación

Artículo 77Actualización

Artículo 78Régimen general

Artículo 79Fijación, cuantía y exigibilidad

Artículo 80Competencias de la Administración General del Estado

Artículo 81Competencias del Ministerio de Fomento

Artículo 82El Comité de Regulación Ferroviaria

Artículo 83Fines y competencias del Comité de Regulación Ferroviaria y eficacia de sus actos

Artículo 84Deber de colaboración con el Comité de Regulación Ferroviaria

Artículo 85Alcance del régimen sancionador en materia ferroviaria

Artículo 86Inspección de las actividades ferroviarias y defensa de las infraestructuras

Artículo 87Clasificación de las infracciones

Artículo 88Infracciones muy graves

Artículo 89Infracciones graves

Artículo 90Infracciones leves

Artículo 91Sanciones

Artículo 92Infracciones y sanciones específicas en materia de circulación y conducción

Artículo 93Graduación de las sanciones

Artículo 94Multas coercitivas

Artículo 95Competencia para la imposición de sanciones

Artículo 96Procedimiento sancionador y medidas provisionales

Artículo 97Prescripción

Disposición adicional primeraAsunción de la función de administración de las infraestructuras ferroviarias

Disposición adicional segundaExtinción de la entidad pública empresarial Gestor de Infraestructuras Ferroviarias

Disposición adicional terceraCreación de la entidad pública empresarial RENFE-Operadora

Disposición adicional cuartaExenciones fiscales

Disposición adicional quintaExclusiones

Disposición adicional sextaHabilitación del personal y homologación del material rodante de RENFE Operadora

Disposición adicional séptimaDestino de los bienes inmuebles de titularidad estatal correspondientes a las líneas de ferrocarril cerradas y de construcción abandonada

Disposición adicional octavaInterconexión e interoperabilidad de las redes e intermodalidad de los servicios

Disposición adicional novenaLíneas que forman parte de la Red Ferroviaria de Interés General

Disposición adicional décimaServicios internacionales de transporte ferroviario de viajeros. Acuerdos marco

Disposición adicional undécimaLa Comisión de investigación de accidentes ferroviarios: composición, funcionamiento y régimen jurídico

Disposición adicional duodécimaAsistencia integral a afectados por accidentes ferroviarios

Disposición adicional decimoterceraNormas sobre la contabilidad de las empresas ferroviarias

Disposición adicional decimocuartaReglamento de Circulación Ferroviaria

Disposición transitoria primeraCalendario de apertura del mercado para los servicios ferroviarios de transporte internacional de mercancías

Disposición transitoria segundaAplicación de los preceptos establecidos en esta ley a las entidades de otros Estados de la Unión Europea

Disposición transitoria terceraGestión del transporte ferroviario de viajeros

Disposición transitoria cuartaContratos-programa entre el Estado y RENFE-Operadora

Disposición transitoria quintaRégimen aplicable a Ferrocarriles Españoles de Vía Estrecha (FEVE)

Disposición transitoria sextaNormativa aplicable en materia de seguridad

Disposición transitoria séptimaContratos actualmente en vigor

Disposición transitoria octavaAutoridad responsable de la seguridad ferroviaria

Disposición transitoria octava [sic]

Disposición derogatoria únicaDerogación normativa

Disposición final primeraHabilitación reglamentaria

Disposición final segundaTítulos competenciales que amparan la ley

Disposición final terceraEntrada en vigor de la ley

Anexo UNICO

Citenza

Inteligencia jurídica con fuentes verificables, por Datons.

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