🇪🇸 España
Vigente Ley 73 unidades
Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias.
Ley 44/2003es-law-2003-11-21-4422 nov 2003
- Preámbulo Preámbulo Modificado
- Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación Modificado
- Artículo 2 Profesiones sanitarias tituladas Modificado
- Artículo 3 Profesionales del área sanitaria de formación profesional Modificado
- Artículo 4 Principios generales Modificado
- Artículo 5 Principios generales de la relación entre los profesionales sanitarios y las personas atendidas por ellos Modificado
- Artículo 6 Licenciados sanitarios Modificado
- Artículo 7 Diplomados sanitarios Modificado
- Artículo 8 Ejercicio profesional en las organizaciones sanitarias Modificado
- Artículo 9 Relaciones interprofesionales y trabajo en equipo Modificado
- Artículo 10 Gestión clínica en las organizaciones sanitarias Modificado
- Artículo 11 Investigación y docencia Modificado
- Artículo 12 Principios rectores Modificado
- Artículo 13 De la formación universitaria Modificado
- Artículo 14 Conciertos entre las universidades y los servicios de salud, instituciones y centros sanitarios Modificado
- Artículo 15 Carácter y objeto de la formación especializada Modificado
- Artículo 16 Títulos de Especialistas en Ciencias de la Salud Modificado
- Artículo 17 Expedición del título de especialista Modificado
- Artículo 18 Reconocimiento profesional de títulos de especialista obtenidos en Estados extranjeros Modificado
- Artículo 19 Estructura general de las especialidades Modificado
- Artículo 20 Sistema de formación de especialistas Modificado
- Artículo 21 Programas de formación Modificado
- Artículo 22 Acceso a la formación especializada Modificado
- Artículo 23 Formación para una nueva especialización Modificado
- Artículo 24 Áreas de Capacitación Específica Modificado
- Artículo 25 Formación en Áreas de Capacitación Específica Modificado
- Artículo 26 Acreditación de centros y unidades docentes Modificado
- Artículo 27 Comisiones de docencia Modificado
- Artículo 28 Comisiones Nacionales de Especialidad Modificado
- Artículo 29 Comités de Áreas de Capacitación Específica Modificado
- Artículo 30 Consejo Nacional de Especialidades en Ciencias de la Salud Modificado
- Artículo 31 Apoyo técnico y secretaría de las comisiones Modificado
- Artículo 32 Registros Modificado
- Artículo 33 Principios generales Modificado
- Artículo 34 Comisión de Formación Continuada Modificado
- Artículo 35 Acreditación de centros, actividades y profesionales Modificado
- Artículo 36 Diplomas de Acreditación y Diplomas de Acreditación Avanzada Modificado
- Artículo 37 Normas generales Modificado
- Artículo 38 Desarrollo profesional Modificado
- Artículo 39 Homologación del reconocimiento del desarrollo profesional Modificado
- Artículo 40 Modalidades y principios generales del ejercicio privado Modificado
- Artículo 41 Prestación de servicios por cuenta ajena Modificado
- Artículo 42 Prestación de servicios por cuenta propia Modificado
- Artículo 43 Registros de profesionales Modificado
- Artículo 44 Publicidad del ejercicio profesional privado Modificado
- Artículo 45 Seguridad y calidad en el ejercicio profesional privado Modificado
- Artículo 46 Cobertura de responsabilidad Modificado
- Artículo 47 Foro Profesional Modificado
- Artículo 48 Composición y adscripción Modificado
- Artículo 49 Régimen de funcionamiento Modificado
- Artículo 50 Funciones Modificado
- Disposición adicional primera Relación laboral especial de residencia Modificado
- Disposición adicional segunda Reserva de denominaciones Modificado
- Disposición adicional tercera Formación de especialistas sanitarios en plazas de la Red Sanitaria Militar Modificado
- Disposición adicional cuarta Efectos retributivos del sistema de desarrollo profesional Modificado
- Disposición adicional quinta Aplicación de esta ley a las profesiones sanitarias Modificado
- Disposición adicional sexta Exclusiones a la aplicación de esta ley por motivos de seguridad pública Modificado
- Disposición adicional séptima Carácter de profesionales sanitarios Modificado
- Disposición adicional octava Régimen de infracciones y sanciones Modificado
- Disposición adicional novena Evaluación del desarrollo profesional en centros sanitarios de investigación Modificado
- Disposición adicional décima Dirección de centros sanitarios Modificado
- Disposición adicional undécima Modificado
- Disposición transitoria primera Aplicación progresiva del artículo 22.2 de esta ley Modificado
- Disposición transitoria segunda Implantación del sistema de desarrollo profesional Modificado
- Disposición transitoria tercera Definición y estructuración de las profesiones sanitarias y de los profesionales del área sanitaria de formación profesional Modificado
- Disposición transitoria cuarta Especialidades sanitarias cuyo sistema de formación no es el de residencia Modificado
- Disposición transitoria quinta Creación de nuevos títulos de Especialista y de Diplomas de Áreas de Capacitación Específica en Ciencias de la Salud Modificado
- Disposición transitoria sexta Constitución de órganos colegiados Modificado
- Disposición transitoria séptima Expedición de títulos de especialista en Ciencias de la Salud Modificado
- Disposición derogatoria única Derogación de normas Modificado
- Disposición final primera Título competencial Modificado
- Disposición final segunda Informes sobre financiación Modificado
- Disposición final tercera Entrada en vigor Modificado