🇪🇸 España
Ley 144 unidades
Ley 10/2005 de 21 de junio, de puertos de las Illes Balears.
Ley 10/2005es-law-2005-x-x-1028 jul 2005
- Preámbulo Preámbulo
- Artículo 1 Objeto
- Artículo 2 Objetivos fundamentales
- Artículo 3 Puertos de competencia autonómica
- Artículo 4 Definiciones
- Artículo 5 Bienes demaniales
- Artículo 6 Zona de servicio del puerto
- Artículo 7 Uso de los bienes demaniales
- Artículo 8 Naturaleza y objetivos
- Artículo 9 Composición
- Artículo 10 Categorías
- Artículo 11 Contenido
- Artículo 12 Procedimiento de aprobación y modificación
- Artículo 13 Naturaleza y contenido
- Artículo 14 Procedimiento de aprobación
- Artículo 15 Obras urgentes o excepcionales
- Artículo 16 Modificación de los planes
- Artículo 17 Principios
- Artículo 18 Informe de la administración portuaria
- Artículo 19 Control urbanístico
- Artículo 20 Obras que afectan a la zona de servicio
- Artículo 21 Iniciativa
- Artículo 22 Tramitación y aprobación de los planes de uso y gestión y de los proyectos básicos
- Artículo 23 Concepto
- Artículo 24 Principios de actuación
- Artículo 25 Funciones de la consejería competente en materia de puertos
- Artículo 26 Naturaleza jurídica
- Artículo 27 Funciones
- Artículo 28 Derecho aplicable
- Artículo 29 Impugnación de actos
- Artículo 30 Responsabilidad patrimonial
- Artículo 31 Estructura básica
- Artículo 32 Presidencia y Vicepresidencia
- Artículo 33 Consejo de administración
- Artículo 34 Director gerente
- Artículo 35 Consejo asesor
- Artículo 36 Régimen patrimonial
- Artículo 37 Financiación
- Artículo 38 Régimen de personal
- Artículo 39 Régimen presupuestario y de control
- Artículo 40 Régimen tributario
- Artículo 41 Servicios prestados en los puertos
- Artículo 42 Concepto, normas generales y tipología
- Artículo 43 Concepto y delimitación de los servicios portuarios generales
- Artículo 44 Prestación de servicios generales
- Artículo 45 Concepto y delimitación de los servicios portuarios básicos
- Artículo 46 Normas generales
- Artículo 47 Obligaciones de servicio público
- Artículo 48 Prestación de los servicios básicos
- Artículo 49 Títulos habilitantes
- Artículo 50 Registro de Prestadores de Servicios Portuarios Básicos
- Artículo 51 Ámbito de aplicación
- Artículo 52 Prestación de servicios comerciales y otras actividades por parte de terceros
- Artículo 53 Servicios comerciales prestados por Puertos de las Illes Balears
- Artículo 54
- Artículo 55 Tarifas
- Artículo 56 Formas de gestión demanial
- Artículo 57 Usos permitidos
- Artículo 58 Usos prohibidos
- Artículo 59 Utilización del dominio público portuario por parte de terceros
- Artículo 60 Procedimiento de otorgamiento
- Artículo 61 Contenido del título
- Artículo 62 Modificación, revisión y extinción de autorizaciones y concesiones
- Artículo 63 Reglas generales
- Artículo 64 Naturaleza
- Artículo 65 Procedimiento
- Artículo 66 Revocación
- Artículo 67 Efectos de la extinción
- Artículo 68 Principios generales
- Artículo 69 Características de las autorizaciones
- Artículo 70 Cesiones de derechos en puertos gestionados en régimen de concesión
- Artículo 71 Registro de usuarios de amarres
- Artículo 72 Ámbito de aplicación
- Artículo 73 Plazo de las concesiones
- Artículo 74 Iniciación
- Artículo 75 Solicitudes
- Artículo 76 Tramitación de los proyectos
- Artículo 77 Aprobación de los proyectos
- Artículo 78 Condiciones de otorgamiento del título
- Artículo 79 Concursos
- Artículo 80 Resolución de los concursos
- Artículo 81 Concesiones de obra pública portuaria
- Artículo 82 Título concesional
- Artículo 83 Explotación y gestión
- Artículo 84 Actos de transmisión y de gravamen
- Artículo 85 Publicidad registral
- Artículo 86 Modificación de las concesiones
- Artículo 87 Extinción de las concesiones
- Artículo 88 Prolongación de la explotación
- Artículo 89 Reversión
- Artículo 90 Fianzas para autorizaciones
- Artículo 91 Fianza provisional
- Artículo 92 Fianza definitiva
- Artículo 93 Garantía de explotación
- Artículo 94 Canon de aprovechamiento
- Artículo 95 Medidas administrativas
- Artículo 96 Concepto y clasificación
- Artículo 97 Infracciones leves
- Artículo 98 Infracciones graves
- Artículo 99 Infracciones muy graves
- Artículo 100 Sujetos responsables
- Artículo 101 Prescripción
- Artículo 102 Principios generales
- Artículo 103 Tipología de sanciones
- Artículo 104 Sanciones accesorias
- Artículo 105 Gradación
- Artículo 106 Reconocimiento voluntario de la responsabilidad
- Artículo 107 Prescripción
- Artículo 108 Responsabilidad por daños
- Artículo 109 Órganos competentes
- Artículo 110 Procedimiento
- Artículo 111 Funciones
- Artículo 112 Inspección y vigilancia
- Artículo 113 Obras y actividades no amparadas por título habilitante
- Artículo 114 Medidas de protección
- Artículo 115 De los expedientes en materia de abandono de embarcaciones de recreo, vehículos y objetos en zonas portuarias de gestión indirecta
- Artículo 115 bis Embarcaciones, vehículos y objetos abandonados en zonas portuarias de gestión directa
- Artículo 116 Protección del medio ambiente y de los valores culturales y patrimoniales
- Artículo 117 Medidas contra deudores
- Artículo 118 Multas coercitivas
- Artículo 119 Ejecución forzosa
- Disposición adicional primera Red de Infraestructuras y de Instalaciones Portuarias
- Disposición adicional segunda Modificaciones de las Directrices de Ordenación Territorial
- Disposición adicional tercera Inscripciones en el Registro General de usuarios de amarres
- Disposición adicional cuarta Actualización de multas
- Disposición adicional quinta Adaptación en materia de personal a las previsiones de la Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears
- Disposición adicional sexta Exención de elaboración del plan de uso y gestión
- Disposición adicional séptima Planes de utilización de espacios portuarios y proyectos de construcción o ampliación en tramitación
- Disposición adicional octava Régimen de los plazos de las concesiones para la construcción o la explotación de puertos, dársenas, marinas e instalaciones náutico-deportivas y recreativas
- Disposición adicional novena Salvaguarda de las competencias de la Administración del Estado, de los municipios de las Illes Balears y de la consejería competente en materia de medio ambiente del Gobierno de las Illes Balears
- Disposición transitoria primera Delimitaciones de la zona de servicio portuaria
- Disposición transitoria segunda Obras
- Disposición transitoria tercera Procedimientos administrativos en tramitación
- Disposición transitoria cuarta Concesiones otorgadas
- Disposición transitoria quinta Desistimiento en los procedimientos iniciados con anterioridad en la entrada en vigor de la ley
- Disposición transitoria sexta Prestación de los servicios
- Disposición transitoria séptima Extinción de concesiones vigentes
- Disposición transitoria octava Personal laboral existente
- Disposición transitoria novena Limitaciones de usos a concesiones ya otorgadas
- Disposición derogatoria unica
- Disposición final primera Constitución de la entidad Puertos de las Illes Balears
- Disposición final segunda Actividad normativa del Gobierno
- Disposición final tercera Entrada en vigor
- Anexo UNICO