🇪🇸 España
Ley 82 unidades
Ley 8/2006, de 18 de octubre, de transporte interurbano por carretera de La Rioja.
Ley 8/2006es-law-2006-10-18-817 nov 2006
- Preámbulo Preámbulo
- Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación de la Ley
- Artículo 2 Definiciones
- Artículo 3 Principios básicos y objetivos
- Artículo 4 Planificación y ordenación
- Artículo 5 Coordinación entre la Administración Autonómica y la Local
- Artículo 6 Planes de Movilidad. Definición
- Artículo 7 Contenido de los Planes de Movilidad
- Artículo 8 Tramitación y aprobación de los Planes de Movilidad
- Artículo 9 Órganos de gestión
- Artículo 10 Consejo Autonómico de Transportes de La Rioja
- Artículo 11 Junta Arbitral de Transporte de La Rioja
- Artículo 12 Sujeción de las actividades a la obtención previa del título habilitante
- Artículo 13 Requisitos para el otorgamiento y pérdida de los mismos
- Artículo 14 Competencia y concurrencia
- Artículo 15 Limitaciones y restricciones en el acceso al mercado
- Artículo 16 Transmisión de los títulos habilitantes
- Artículo 17 Condiciones de carácter subjetivo
- Artículo 18 Capacidad económica
- Artículo 19 Reconocimiento del cumplimiento de las condiciones para el ejercicio de la actividad a nacionales de países de la Unión Europea y de terceros países
- Artículo 20 Excepciones y modulación de los criterios
- Artículo 21 Del Registro
- Artículo 22 Fianza
- Artículo 23
- Artículo 24 Vehículos
- Artículo 25 Reserva a la Administración y régimen jurídico
- Artículo 26 Establecimiento de los servicios
- Artículo 27 Formas de gestión
- Artículo 28 Principio de exclusividad
- Artículo 29 Plazo concesional
- Artículo 30 Procedimiento
- Artículo 31 Modificaciones concesionales
- Artículo 32 De los vehículos adscritos a las concesiones y de su utilización
- Artículo 33 Concesiones zonales. Definición y ámbito
- Artículo 34 Concesiones zonales. Plan de explotación
- Artículo 35 Concesiones zonales. Concesiones y servicios preexistentes. Régimen jurídico
- Artículo 36 Unificación de concesiones
- Artículo 37 Extinción de las concesiones
- Artículo 38 Rescate y renuncia
- Artículo 39 Intervención del servicio
- Artículo 40 Embargo
- Artículo 41 Naturaleza jurídica y clasificación
- Artículo 42 Servicios regulares permanentes y de uso general de baja ocupación
- Artículo 43 Servicios de transporte regular temporales
- Artículo 44 Servicios de transporte regular de uso especial
- Artículo 45 Servicios de transporte discrecional
- Artículo 46 Servicios de transporte turístico
- Artículo 47 Servicio de transporte privado
- Artículo 48 Clases de servicios de transporte a la demanda. Expediciones y horarios. Contratación y cobro
- Artículo 49 Títulos habilitantes
- Artículo 50 Canje de servicios regulares de uso general por servicios a la demanda
- Artículo 51 Definición
- Artículo 52 Criterios de establecimiento y características esenciales
- Artículo 53 Establecimiento de las estaciones de viajeros. Autorización, construcción y explotación
- Artículo 54 Ubicación
- Artículo 55 Explotación
- Artículo 56 Autonomía en la explotación y equilibrio financiero
- Artículo 57 Tarifas
- Artículo 58 Seguros
- Artículo 59 Derechos de los usuarios
- Artículo 60 Deberes de los usuarios
- Artículo 61 Inspección
- Artículo 62 Documentos de control y distintivos
- Artículo 63 Sujetos responsables
- Artículo 64 Clasificación de las infracciones
- Artículo 65 Infracciones muy graves
- Artículo 66 Infracciones graves
- Artículo 67 Infracciones leves
- Artículo 68 Sanciones
- Artículo 69 Prescripción
- Artículo 70 Competencia y procedimiento
- Disposición adicional primera Desarrollo reglamentario
- Disposición adicional segunda Actualización de cuantías pecuniarias
- Disposición adicional tercera Centros de Intermodalidad Ferrocarril-Carretera
- Disposición adicional cuarta Transporte de personal sanitario
- Disposición adicional quinta Vigilancia de las condiciones de seguridad e higiene de los trabajadores
- Disposición adicional sexta Competencias de ejecución en materia ferroviaria
- Disposición transitoria primera Normas aplicables en ausencia de Reglamento
- Disposición transitoria segunda Convalidación de concesiones
- Disposición derogatoria única Derogación
- Disposición final primera Cláusula de supletoriedad
- Disposición final segunda Entrada en vigor