Ley 15/2007

Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia.

Preámbulo Preámbulo

Artículo 1Conductas colusorias

Artículo 2Abuso de posición dominante

Artículo 3Falseamiento de la libre competencia por actos desleales

Artículo 4Conductas exentas por ley

Artículo 5Conductas de menor importancia

Artículo 6Declaraciones de inaplicabilidad

Artículo 7Definición de concentración económica

Artículo 8Ámbito de aplicación

Artículo 9Obligación de notificación y suspensión de la ejecución

Artículo 10Criterios de valoración sustantiva

Artículo 11Ayudas públicas

Artículo 12La Comisión Nacional de la Competencia

Artículo 13Los órganos competentes de las Comunidades Autónomas

Artículo 14El Consejo de Ministros

Artículo 15Coordinación de la Comisión Nacional de la Competencia con los órganos competentes de las Comunidades Autónomas

Artículo 16Cooperación con los órganos jurisdiccionales

Artículo 17Coordinación con los reguladores sectoriales

Artículo 18Colaboración de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia con Autoridades Nacionales de Competencia de otros Estados miembros y con la Comisión Europea

Artículo ículos 19 a 35Artículos 19 a 35

Artículo 19Naturaleza y régimen jurídico

Artículo 20Composición de la Comisión Nacional de la Competencia

Artículo 21Personal de la Comisión Nacional de la Competencia

Artículo 22Recursos económicos de la Comisión Nacional de la Competencia

Artículo 23Tasa por análisis y estudio de las operaciones de concentración

Artículo 24Funciones de instrucción, resolución y arbitraje

Artículo 25Competencias consultivas

Artículo 26Otras funciones de la Comisión Nacional de la Competencia

Artículo 27Publicidad de las actuaciones de la Comisión Nacional de la Competencia

Artículo 28Control parlamentario de la Comisión Nacional de la Competencia

Artículo 29Nombramiento y mandato de los órganos directivos de la Comisión Nacional de la Competencia

Artículo 30Causas de cese en el ejercicio del cargo

Artículo 31Incompatibilidades

Artículo 32Funciones del Presidente de la Comisión Nacional de la Competencia

Artículo 33Composición y funcionamiento del Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia

Artículo 34Funciones del Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia

Artículo 35Estructura y funciones de la Dirección de Investigación

Artículo 36Plazo máximo de los procedimientos

Artículo 37Supuestos de ampliación de los plazos y suspensión de su cómputo

Artículo 38Efectos del silencio administrativo

Artículo 39Deberes de colaboración e información

Artículo 39 bisEntrevistas

Artículo 40Facultades de inspección

Artículo 41Vigilancia del cumplimiento de las obligaciones, resoluciones y acuerdos

Artículo 42Tratamiento de la información confidencial

Artículo 43Deber de secreto

Artículo 44Archivo de las actuaciones

Artículo 45Supletoriedad de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común

Artículo 45 bisAdecuación del procedimiento a los derechos fundamentales garantizados por la normativa europea

Artículo 46Prejudicialidad del proceso penal

Artículo 47Recurso administrativo contra las resoluciones y actos dictados por la Dirección de Investigación

Artículo 48Recursos contra las resoluciones y actos dictados por el Presidente y por el Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia

Artículo 49Iniciación del procedimiento

Artículo 50Instrucción del expediente sancionador

Artículo 51Procedimiento de resolución ante el Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia

Artículo 52Terminación convencional

Artículo 53Resoluciones del Consejo de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia

Artículo 54Adopción de medidas cautelares

Artículo 55Notificación de concentración económica

Artículo 56Formulario abreviado de notificación

Artículo 57Instrucción y resolución en la primera fase

Artículo 58Instrucción y resolución en la segunda fase

Artículo 59Presentación de compromisos

Artículo 60Intervención del Consejo de Ministros

Artículo 61Sujetos infractores

Artículo 62Infracciones

Artículo 63Sanciones

Artículo 64Criterios para la determinación del importe de las sanciones

Artículo 65Exención del pago de la multa

Artículo 66Reducción del importe de la multa

Artículo 67Multas coercitivas

Artículo 68Prescripción de las infracciones y de las sanciones

Artículo 69Publicidad de las sanciones

Artículo 70Normativa aplicable y órganos competentes

Artículo 71Responsabilidad por las infracciones del Derecho de la competencia

Artículo 72Derecho al pleno resarcimiento

Artículo 73Responsabilidad conjunta y solidaria

Artículo 74Plazo para el ejercicio de las acciones de daños

Artículo 75Efecto de las resoluciones de las autoridades de la competencia o de los tribunales competentes

Artículo 76Cuantificación de los daños y perjuicios

Artículo 77Efectos de las soluciones extrajudiciales sobre el derecho al resarcimiento de los daños

Artículo 78Sobrecostes y derecho al pleno resarcimiento

Artículo 79Prueba de sobrecostes y de su repercusión

Artículo 80Acciones de daños ejercitadas por demandantes situados en distintos niveles de la cadena de suministro

Artículo 81Efecto suspensivo de la solución extrajudicial de controversias

Disposición adicional primeraDe la jurisdicción contencioso administrativa y de los Juzgados de lo Mercantil

Disposición adicional segundaModificación de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil

Disposición adicional terceraComunicaciones de la Comisión Nacional de la Competencia

Disposición adicional cuartaDefiniciones

Disposición adicional quintaReferencias a los órganos nacionales de competencia existentes en otras normas

Disposición adicional sextaExtinción del Tribunal de Defensa de la Competencia y del Servicio de Defensa de la Competencia

Disposición adicional séptimaModificación de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa

Disposición adicional octavaReferencias a la Comisión Nacional de la Competencia y a sus órganos de dirección

Disposición adicional novenaAsistencia jurídica a la Comisión Nacional de la Competencia

Disposición adicional décimaModificación de la Ley 1/2002, de 21 de febrero, de Coordinación de las competencias del Estado y de las Comunidades Autónomas en materia de Defensa de la Competencia

Disposición adicional undécimaModificación de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado

Disposición adicional duodécimaComunicación de posibles infracciones a través del canal externo de comunicaciones de la Dirección de Competencia de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia

Disposición transitoria primeraProcedimientos iniciados formalmente

Disposición transitoria segundaConstitución de la Comisión Nacional de la Competencia

Disposición derogatoria unica

Disposición final primeraTítulos competenciales

Disposición final segundaHabilitación normativa

Disposición final terceraEntrada en vigor

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Inteligencia jurídica con fuentes verificables, por Datons.

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