Ley 52/2007

Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas en favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura.

Preámbulo Preámbulo

Artículo 1Objeto de la Ley

Artículo 2Reconocimiento general

Artículo 3Declaración de ilegitimidad

Artículo 4Declaración de reparación y reconocimiento personal

Artículo 5

Artículo 6Importe de determinadas pensiones de orfandad

Artículo 7Modificación del ámbito de aplicación de las indemnizaciones a favor de quienes sufrieron prisión como consecuencia de los supuestos contemplados en la Ley 46/1977, de 15 de octubre, de Amnistía

Artículo 8

Artículo 9

Artículo 10Reconocimiento a favor de personas fallecidas en defensa de la democracia durante el período comprendido entre el 1 de enero de 1968 y 31 de diciembre de 1977

Artículo 11Colaboración de las Administraciones públicas con los particulares para la localización e identificación de víctimas

Artículo 12Medidas para la identificación y localización de víctimas

Artículo 13Autorizaciones administrativas para actividades de localización e identificación

Artículo 14Acceso a los terrenos afectados por trabajos de localización e identificación

Artículo 15Símbolos y monumentos públicos

Artículo 16Valle de los Caídos

Artículo 17Edificaciones y obras realizadas mediante trabajos forzosos

Artículo 18Concesión de la nacionalidad española a los voluntarios integrantes de las Brigadas Internacionales

Artículo 19Reconocimiento a las asociaciones de víctimas

Artículo 20Creación del Centro Documental de la Memoria Histórica y Archivo General de la Guerra Civil

Artículo 21Adquisición y protección de documentos sobre la Guerra Civil y la Dictadura

Artículo 22Derecho de acceso a los fondos de los archivos públicos y privados

Disposición adicional primeraAdecuación del Archivo General de la Guerra Civil Española

Disposición adicional segunda

Disposición adicional terceraMarco institucional

Disposición adicional cuartaHabilitación al Gobierno para el reconocimiento de indemnizaciones extraordinarias

Disposición adicional quinta

Disposición adicional sexta

Disposición adicional sexta bis

Disposición adicional séptimaAdquisición de la nacionalidad española

Disposición adicional octavaAcceso a la consulta de los libros de actas de defunciones de los Registros Civiles

Disposición derogatoria unica

Disposición final primeraHabilitación para el desarrollo

Disposición final segundaEntrada en vigor

Citenza

Inteligencia jurídica con fuentes verificables, por Datons.

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