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Ley 190 unidades

Ley 18/2007, de 28 de diciembre, del derecho a la vivienda.

Ley 18/2007es-law-2007-12-28-1827 feb 2008

Viviendas de Protección Oficial

  1. Preámbulo Preámbulo
  2. Artículo 1 Objeto
  3. Artículo 2 Finalidades
  4. Artículo 3 Definiciones
  5. Artículo 4 Servicio de interés general
  6. Artículo 5 Cumplimiento de la función social
  7. Artículo 6 Acción pública
  8. Artículo 7 Competencias de la Generalidad
  9. Artículo 8 Competencias locales
  10. Artículo 9 El Consejo Asesor de la Vivienda
  11. Artículo 10 Concepto
  12. Artículo 11 Instrumentos de planificación y programación de vivienda
  13. Artículo 12 El Plan territorial sectorial de vivienda
  14. Artículo 13 Los programas supralocales específicos de vivienda
  15. Artículo 14 Los planes locales de vivienda
  16. Artículo 15 Declaración de áreas sujetas a los derechos de tanteo y retracto en relación con los objetivos de los planes locales de vivienda
  17. Artículo 16 Directrices para el planeamiento urbanístico respecto a las viviendas
  18. Artículo 17 El destino del suelo a vivienda de protección oficial
  19. Artículo 18 Los equipamientos comunitarios de alojamiento dotacional
  20. Artículo 18 bis
  21. Artículo 19 Viviendas con actividades económicas
  22. Artículo 20 La memoria social
  23. Artículo 21 Informe preceptivo del departamento competente en materia de vivienda
  24. Artículo 22 Calidad del parque inmobiliario
  25. Artículo 23 Requisitos exigibles a las viviendas
  26. Artículo 24 El Consejo de Calidad, Sostenibilidad e Innovación de la Vivienda
  27. Artículo 25 Libro del edificio
  28. Artículo 26 La cédula de habitabilidad
  29. Artículo 27 La licencia de obras de edificación y las condiciones de calidad del parque inmobiliario
  30. Artículo 28 La inspección técnica de los edificios de viviendas
  31. Artículo 29 La conservación y la rehabilitación como instrumentos para garantizar el derecho a la vivienda
  32. Artículo 30 El deber de conservación y rehabilitación de los inmuebles
  33. Artículo 31 Los límites del deber de conservación y rehabilitación
  34. Artículo 32 La expropiación o la ocupación temporal en edificios en régimen de propiedad horizontal
  35. Artículo 33 Declaración de inhabitabilidad
  36. Artículo 34 Derecho general de información y regreso de los ocupantes
  37. Artículo 35 Planes de fomento de la rehabilitación
  38. Artículo 36 Declaración de áreas de conservación y rehabilitación
  39. Artículo 37 Alcance de la declaración
  40. Artículo 38 Órdenes de ejecución
  41. Artículo 39 Convenios de rehabilitación
  42. Artículo 40 Expropiación por incumplimiento del deber de conservación y rehabilitación
  43. Artículo 41 Detección de utilizaciones y situaciones anómalas de las viviendas
  44. Artículo 42 Actuaciones para evitar la desocupación permanente de las viviendas
  45. Artículo 43 Actuaciones para evitar la sobreocupación de las viviendas
  46. Artículo 44 Actuaciones para evitar las situaciones de infravivienda
  47. Artículo 44 bis Acciones para actuar frente a ocupaciones sin título habilitante en supuestos de alteración de la convivencia o del orden público o que pongan en peligro la seguridad o la integridad del inmueble
  48. Artículo 45 Igualdad en el acceso y la ocupación de la vivienda
  49. Artículo 45 bis Comisión de Supervisión de Contratos de Arrendamiento de Vivienda
  50. Artículo 46 Acción protectora de las administraciones
  51. Artículo 47 Carga de la prueba
  52. Artículo 48 Legitimación
  53. Artículo 49 Agentes que intervienen en la edificación y rehabilitación. Régimen jurídico
  54. Artículo 50 Los promotores de viviendas
  55. Artículo 51 Los promotores sociales de viviendas
  56. Artículo 52 Los constructores de viviendas
  57. Artículo 53 Agentes que intervienen en la prestación de servicios inmobiliarios. Régimen jurídico
  58. Artículo 54 Los administradores de fincas
  59. Artículo 55 Los agentes inmobiliarios
  60. Artículo 56 Carácter de los registros
  61. Artículo 57 Distintivo de inscripción en los registros
  62. Artículo 58 La publicidad y su carácter vinculante
  63. Artículo 59 Menciones obligatorias
  64. Artículo 60 Oferta para la venta
  65. Artículo 61 Oferta para el arrendamiento
  66. Artículo 62 Principios contractuales en la transmisión y arrendamiento de viviendas
  67. Artículo 63 Requisitos para transmitir viviendas en construcción o recibir cantidades a cuenta
  68. Artículo 64 Requisitos para transmitir viviendas terminadas de nueva construcción o recibir cantidades a cuenta
  69. Artículo 65 Documentación que es preciso entregar a los adquirentes
  70. Artículo 66 Requisitos para el arrendamiento de viviendas
  71. Artículo 66 bis Arrendamiento de viviendas con carácter temporal
  72. Artículo 66 ter Arrendamiento de habitaciones
  73. Artículo 67 Los planes de vivienda
  74. Artículo 68 Actuaciones susceptibles de ser protegidas
  75. Artículo 68 bis Índice de referencia de precios de alquiler de viviendas
  76. Artículo 69 Mediación social en el alquiler de viviendas
  77. Artículo 69 bis Cesión de viviendas a la Administración
  78. Artículo 70 Viviendas de inserción
  79. Artículo 71 Propiedad compartida
  80. Artículo 72 Sistema de prestaciones para el pago del alquiler
  81. Artículo 73 Objetivo de solidaridad urbana
  82. Artículo 74 Definición de viviendas destinadas a políticas sociales
  83. Artículo 75 Seguimiento y control del objetivo de solidaridad urbana
  84. Artículo 76 El Fondo de solidaridad urbana
  85. Artículo 77 Definición de vivienda con protección oficial
  86. Artículo 78 Régimen jurídico común
  87. Artículo 79 Vigencia de la calificación de las viviendas con protección oficial
  88. Artículo 80 Promoción de viviendas de protección oficial
  89. Artículo 81 Los titulares de viviendas de protección oficial
  90. Artículo 82 Formas de transmisión y de cesión de uso de las viviendas de protección oficial
  91. Artículo 83 Precios de venta y rentas máximos de las viviendas con protección oficial
  92. Artículo 83 bis Determinación del precio de venta máximo
  93. Artículo 83 ter Determinación de la renta máxima y bonificaciones a la renta
  94. Artículo 83 quater Establecimiento del precio de venta básico, el factor de localización y la rentabilidad anual
  95. Artículo 84 Prohibición de sobreprecio
  96. Artículo 85 Obligación de someter los actos y contratos a visado público
  97. Artículo 86 Principios e instrumentos de control
  98. Artículo 87 Los derechos de adquisición en favor de la Administración
  99. Artículo 88 El derecho de opción de la Administración
  100. Artículo 89 El deber de notificación de la decisión de transmitir
  101. Artículo 90 Ejercicio del derecho de opción
  102. Artículo 91 Ejercicio del derecho de retracto
  103. Artículo 92 Carácter del Registro
  104. Artículo 93 Ámbito y gestión del Registro
  105. Artículo 94 Funciones
  106. Artículo 95 Requisitos de los solicitantes
  107. Artículo 96 Baja del Registro
  108. Artículo 97 Comisión de Reclamaciones sobre Vivienda Protegida
  109. Artículo 98 Órganos competentes
  110. Artículo 99 Cupos especiales de reserva
  111. Artículo 100 Cupo general
  112. Artículo 101 Procedimiento de adjudicación
  113. Artículo 101 bis Adjudicación de viviendas con protección oficial de promoción privada
  114. Artículo 102 Viviendas de protección oficial promovidas por sociedades cooperativas de viviendas
  115. Artículo 103 Promociones voluntarias de viviendas de protección oficial
  116. Artículo 104 Supuestos en que no se aplican los procedimientos de adjudicación
  117. Artículo 105 Supuestos de desahucio administrativo
  118. Artículo 106 Procedimiento de desahucio administrativo
  119. Artículo 107 Administración de las viviendas
  120. Artículo 108 Inspección
  121. Artículo 109 Medidas aplicables
  122. Artículo 110 Medidas de cautela
  123. Artículo 111 Clausura de inmuebles
  124. Artículo 112 Obras de reparación exigibles a los promotores
  125. Artículo 113 Multas coercitivas no sancionadoras
  126. Artículo 114 Devolución del importe del sobreprecio
  127. Artículo 115 Inhabilitación de los infractores
  128. Artículo 116 Suspensión de la inscripción en el registro de homologación de agentes inmobiliarios
  129. Artículo 117 Criterios para la graduación de las sanciones
  130. Artículo 118 Cuantía de las sanciones
  131. Artículo 119 Destino de las multas impuestas
  132. Artículo 120 Publicidad de las medidas administrativas
  133. Artículo 121 Instrucción de causa penal
  134. Artículo 122 Infracciones
  135. Artículo 123 Infracciones muy graves
  136. Artículo 124 Infracciones graves
  137. Artículo 125 Infracciones leves
  138. Artículo 126 Responsabilidad de las infracciones
  139. Artículo 127 Prescripción de las infracciones
  140. Artículo 128 Prescripción de las sanciones
  141. Artículo 129 Caducidad
  142. Artículo 130 Administraciones competentes
  143. Artículo 131 Órganos competentes
  144. Artículo 132 Requisitos para transmitir o ceder el uso de viviendas
  145. Artículo 133 Requisitos en la transmisión o cesión de uso de viviendas de protección oficial
  146. Artículo 134 Garantías para ejercer los derechos de adquisición preferente de las administraciones
  147. Artículo 135 Requisitos para la inscripción registral
  148. Artículo 136 Constancia registral de actuaciones administrativas
  149. Disposición adicional primera Plan territorial sectorial de vivienda
  150. Disposición adicional segunda Memoria económica anual
  151. Disposición adicional tercera Cumplimiento del Plan territorial sectorial de vivienda
  152. Disposición adicional cuarta Viviendas vacías o permanentemente desocupadas
  153. Disposición adicional quinta Reserva urbanística para viviendas de protección oficial
  154. Disposición adicional sexta Aplicación del destino total o parcial de la edificación a vivienda de protección oficial en suelo urbano consolidado
  155. Disposición adicional séptima Creación del Observatorio del Hábitat y la Segregación Urbana
  156. Disposición adicional octava Consejo de la Calidad, la Sostenibilidad y la Innovación
  157. Disposición adicional novena Libro del edificio
  158. Disposición adicional décima Cédula de habitabilidad e inspección técnica de los edificios
  159. Disposición adicional undécima Viviendas sobreocupadas
  160. Disposición adicional duodécima Promotores sociales
  161. Disposición adicional decimotercera Registros de agentes inmobiliarios y de constructores
  162. Disposición adicional decimocuarta Sistema de prestaciones para el pago del alquiler
  163. Disposición adicional decimoquinta Fondos de solidaridad urbana
  164. Disposición adicional decimosexta Viviendas de protección oficial
  165. Disposición adicional decimoséptima Registro de Solicitantes de Vivienda de Protección Oficial
  166. Disposición adicional decimoctava Promoción cooperativa
  167. Disposición adicional decimonovena Contratos de copropiedad
  168. Disposición adicional vigésima Catálogo de incentivos a la ecoeficiencia
  169. Disposición adicional vigésima primera
  170. Disposición adicional vigésima segunda
  171. Disposición adicional vigésima tercera
  172. Disposición adicional vigésima cuarta
  173. Disposición adicional vigésima quinta
  174. Disposición adicional vigésima sexta
  175. Disposición adicional vigésima séptima
  176. Disposición transitoria primera Umbrales de ocupación
  177. Disposición transitoria segunda Inspección técnica de los edificios
  178. Disposición transitoria segunda bis
  179. Disposición transitoria tercera Régimen jurídico de las viviendas de protección oficial
  180. Disposición transitoria cuarta Viviendas adaptadas
  181. Disposición transitoria quinta Control público en la adjudicación y transmisión de la vivienda de protección oficial
  182. Disposición transitoria sexta Consejo Asesor de la Vivienda
  183. Disposición transitoria séptima Órganos competentes en la tramitación de expedientes sancionadores
  184. Disposición transitoria octava Los planes locales de vivienda
  185. Disposición transitoria novena Plazo de protección
  186. Disposición transitoria décima Disposiciones aplicables hasta la adaptación del Decreto 141/2012
  187. Disposición transitoria undécima Disposición aplicable hasta la adaptación del Decreto 75/2014
  188. Disposición transitoria duodécima Viviendas con protección oficial calificadas definitivamente antes de la entrada en vigor de la Ley de medidas en materia de vivienda y urbanismo
  189. Disposición derogatoria única
  190. Disposición final unica
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