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Ley 179 unidades

Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia.

Ley 8/2008es-law-2008-07-10-821 ago 2008

Servicios Públicos de Salud

  1. Preámbulo Preámbulo
  2. Artículo 1 Objeto
  3. Artículo 2 Alcance
  4. Artículo 3 Definiciones
  5. Artículo 4 Titulares del derecho a la protección de la salud y a la atención sanitaria
  6. Artículo 5 Derechos sanitarios
  7. Artículo 6 Derechos relacionados con la integridad e intimidad de la persona
  8. Artículo 7 Derechos relacionados con el acompañamiento del o la paciente
  9. Artículo 8 Derechos relacionados con la autonomía de decisión
  10. Artículo 9 Derechos relacionados con la confidencialidad e información
  11. Artículo 10 Derechos relacionados con la documentación sanitaria
  12. Artículo 11 Derechos relacionados con las sugerencias y reclamaciones
  13. Artículo 12 Derechos relacionados con la prestación de servicios sanitarios por parte del Sistema Público de Salud de Galicia
  14. Artículo 13 Derechos relacionados con la participación
  15. Artículo 14 Derechos relacionados con grupos especiales
  16. Artículo 15 Deberes
  17. Artículo 16 Garantías normativas y de organización
  18. Artículo 17 Garantías de sostenibilidad
  19. Artículo 18 Objeto y naturaleza
  20. Artículo 19 Ámbito de actuación
  21. Artículo 20 Actuaciones
  22. Artículo 21 Facultades
  23. Artículo 22 Aspectos generales
  24. Artículo 23 Órganos de participación social
  25. Artículo 24 Consejo Gallego de Salud
  26. Artículo 25 Los consejos de salud de área
  27. Artículo 25 bis Los consejos de salud de distrito
  28. Artículo 26 Otras formas de participación social: las comisiones de participación ciudadana
  29. Artículo 26 bis Los consejos asesores de pacientes
  30. Artículo 27 Del voluntariado
  31. Artículo 28 Foro de Participación Institucional de Sanidad
  32. Artículo 29 Derechos y deberes en el ejercicio de la participación institucional
  33. Artículo 30 Sistema Público de Salud de Galicia
  34. Artículo 31 Dirección del Sistema Público de Salud de Galicia
  35. Artículo 32 Principios rectores del Sistema Público de Salud de Galicia
  36. Artículo 33 Autoridad sanitaria
  37. Artículo 34 Intervenciones públicas sobre actividades, centros y bienes
  38. Artículo 35 Intervenciones públicas sanitarias en materia de salud laboral
  39. Artículo 36 De las limitaciones impuestas en las intervenciones públicas sobre actividades
  40. Artículo 37 De la inspección de servicios sanitarios y de salud pública
  41. Artículo 38 Medidas preventivas en materia de salud pública
  42. Artículo 38 bis Intervención de centros de servicios sociales
  43. Artículo 38 ter Adopción de medidas preventivas en materia de salud pública
  44. Artículo 38 quater Protección de la salud pública a través de las nuevas tecnologías
  45. Artículo 38 quinquies Cooperación y colaboración administrativas en materia de salud pública
  46. Artículo 39 Concepto y procedimiento
  47. Artículo 39 bis Sujetos responsables de las infracciones
  48. Artículo 39 ter Concurrencia con el proceso penal
  49. Artículo 40 Calificación de las infracciones
  50. Artículo 41 Infracciones leves
  51. Artículo 41 bis Infracciones leves en materia de salud pública
  52. Artículo 41 ter Infracciones leves en materia de violencia en el ámbito sanitario
  53. Artículo 42 Infracciones graves
  54. Artículo 42 bis Infracciones graves en materia de salud pública
  55. Artículo 42 ter Infracciones graves en materia de violencia en el ámbito sanitario
  56. Artículo 43 Infracciones muy graves
  57. Artículo 43 bis Infracciones muy graves en materia de salud pública
  58. Artículo 43 ter Infracciones muy graves en materia de violencia en el ámbito sanitario
  59. Artículo 44 Sanciones
  60. Artículo 44 bis Sanciones en materia de salud pública
  61. Artículo 44 ter Sanciones en materia de violencia en el ámbito sanitario
  62. Artículo 45 Competencia para la imposición de sanciones sanitarias
  63. Artículo 45 bis Competencia para sancionar las infracciones en materia de salud pública
  64. Artículo 45 ter Competencia para sancionar las infracciones en materia de violencia en el ámbito sanitario
  65. Artículo 46 Medidas provisionales previas a la apertura del expediente sancionador
  66. Artículo 46 bis Medidas de adopción directa por los agentes de las fuerzas y cuerpos de seguridad
  67. Artículo 46 ter Medidas provisionales durante el procedimiento sancionador
  68. Artículo 47 Prescripción de infracciones y de sanciones
  69. Artículo 48 Prestaciones sanitarias
  70. Artículo 49 Salud pública
  71. Artículo 50 Atención primaria
  72. Artículo 51 Atención hospitalaria
  73. Artículo 52 Atención a urgencias y emergencias
  74. Artículo 53 Atención sociosanitaria
  75. Artículo 54 Prestaciones farmacéuticas
  76. Artículo 55 Prestaciones ortoprotésicas
  77. Artículo 56 Transporte sanitario
  78. Artículo 57 Productos dietéticos
  79. Artículo 58 Prestaciones complementarias
  80. Artículo 59 Prestaciones y servicios sanitarios financiados públicamente
  81. Artículo 60 Cartera de servicios
  82. Artículo 61 La estrategia gallega de salud
  83. Artículo 62 Contenidos de la Estrategia gallega de salud
  84. Artículo 63 Tramitación de la Estrategia gallega de salud
  85. Artículo 64 Desarrollo sectorial de la Estrategia gallega de salud
  86. Artículo 65 Desarrollo territorial de la Estrategia gallega de salud. Los planes de salud de área
  87. Artículo 66 Los planes locales de salud
  88. Artículo 67 Ordenación territorial
  89. Artículo 68 Áreas sanitarias
  90. Artículo 69 Distritos sanitarios
  91. Artículo 70 Zonas sanitarias
  92. Artículo 71 Sistema de Información de Salud de Galicia
  93. Artículo 72 Evaluación del Sistema de Salud de Galicia
  94. Artículo 73 Financiación
  95. Artículo 74 El contrato de servicios sanitarios
  96. Artículo 75 Consejo de la Xunta de Galicia
  97. Artículo 76 Consellería de Sanidad
  98. Artículo 77 Instrumentos de gestión de la Consellería de Sanidad y de los organismos dependientes de la misma
  99. Artículo 78 Asesoramiento y consulta
  100. Artículo 79 Organizaciones, entidades y centros públicos proveedores de servicios sanitarios
  101. Artículo 80 Competencias de la Administración local
  102. Artículo 81 Delegación de competencias en la Administración local
  103. Artículo 82 Relación con otros países e instituciones internacionales sanitarias
  104. Artículo 83 Actuación de la Xunta con la Unión Europea
  105. Artículo 84 De las relaciones de cooperación con la Administración del Estado
  106. Artículo 85 De las relaciones de cooperación con otras comunidades autónomas
  107. Artículo 86 De las relaciones de cooperación con las comunidades gallegas en el exterior
  108. Artículo 87 Autorización y acreditación de centros
  109. Artículo 88 Complementariedad y subsidariedad del sector sanitario privado
  110. Artículo 89 Mecanismo de relación con el Sistema Público de Salud de Galicia
  111. Artículo 90 Gestión de los contratos de servicios con el sector privado de atención sanitaria
  112. Artículo 91 Garantía de los derechos en el sector sanitario privado
  113. Artículo 92 Naturaleza
  114. Artículo 93 Centros y servicios
  115. Artículo 94 Funciones
  116. Artículo 95 Instrumentos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Gallego de Salud
  117. Artículo 96 Órganos de administración
  118. Artículo 97 Instrumentos de organización y gestión
  119. Artículo 98 Régimen jurídico de los actos
  120. Artículo 99 Medios materiales
  121. Artículo 100 Patrimonio
  122. Artículo 101 Régimen jurídico del patrimonio
  123. Artículo 102 Inventario
  124. Artículo 103 Régimen financiero
  125. Artículo 104 Presupuesto
  126. Artículo 105 Contabilidad
  127. Artículo 106 Régimen de control
  128. Artículo 107 La organización de la salud pública
  129. Artículo 108 Empleado público de la salud
  130. Artículo 109 Régimen jurídico del empleado público y empleada pública de la salud
  131. Artículo 110 Interrelaciones entre los distintos regímenes de personal
  132. Artículo 111 Principios y criterios generales de ordenación
  133. Artículo 112 Planificación de recursos humanos
  134. Artículo 113 Clasificación del personal
  135. Artículo 114 Estructura de los puestos de trabajo
  136. Artículo 115 Selección y provisión de plazas
  137. Artículo 116 Promoción interna
  138. Artículo 116 bis Itinerarios profesionales
  139. Artículo 117 Retribuciones y jornada
  140. Artículo 118 Carrera profesional
  141. Artículo 119 Salud laboral
  142. Artículo 119 bis Plan gallego de prevención contra la violencia en el ámbito sanitario
  143. Artículo 119 ter Registro gallego de actos de violencia externa en el ámbito sanitario
  144. Artículo 120 Mesa de negociación del empleado público de la salud del Sistema Público de Salud de Galicia
  145. Artículo 121 Función directiva
  146. Artículo 122 Nuevas tecnologías
  147. Artículo 123 Evaluación del desempeño
  148. Artículo 124 Prestaciones en diferentes centros
  149. Artículo 125 Principios generales
  150. Artículo 125 bis Medidas de formación y capacitación en materia de prevención de la violencia en el ámbito sanitario
  151. Artículo 126 Colaboración en materia de educación y sanidad
  152. Artículo 127 Objeto
  153. Artículo ículos 127 a 130 Artículos 127 a 130
  154. Artículo 128 Funciones
  155. Artículo 129 Órganos de administración
  156. Artículo 130 Financiación
  157. Artículo 131 Principios generales
  158. Artículo 132 Objeto
  159. Artículo ículos 132 a 135 Artículos 132 a 135
  160. Artículo 133 Funciones
  161. Artículo 134 Órganos de administración
  162. Artículo 135 Financiación
  163. Artículo 136 Principios generales
  164. Artículo 137 Instrumento de coordinación
  165. Artículo 138 Creación de la Comisión Interdepartamental en Materia de Educación y Salud
  166. Artículo 139 Composición y funcionamiento
  167. Artículo 140 Funciones
  168. Disposición adicional única Sistema integrado de información de la investigación clínica del Sistema Público de Salud de Galicia
  169. Disposición adicional primera Sistema integrado de información de la investigación clínica del Sistema Público de Salud de Galicia
  170. Disposición adicional segunda Aplicación de las medidas de vacunación en el marco de las competencias estatales de coordinación general de la sanidad y de la Estrategia nacional de vacunación
  171. Disposición adicional tercera Servicios administrativos personalizados
  172. Disposición adicional cuarta Medicina genómica
  173. Disposición adicional quinta Oncología de precisión
  174. Disposición transitoria primera Desarrollo de la estructura de la Consellería y del Servicio Gallego de Salud
  175. Disposición transitoria segunda Áreas sanitarias
  176. Disposición derogatoria única
  177. Disposición final primera Modificación del artículo 8 de la Ley 6/1984, de 5 de junio, del Valedor do Pobo
  178. Disposición final segunda Desarrollo reglamentario de la ley
  179. Disposición final tercera Entrada en vigor de la ley
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Inteligencia jurídica con fuentes verificables, por Datons.

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