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Ley 97 unidades
Ley 18/2009, de 22 de octubre, de salud pública.
Ley 18/2009es-law-2009-10-22-1822 oct 2009
- Preámbulo Preámbulo
- TÍTULO I
- Artículo 1 Objeto
- Artículo 2 Definiciones
- Artículo 3 Principios informadores
- Artículo 4 El Plan interdepartamental de salud pública
- Artículo 5 Autoridad sanitaria
- TÍTULO II
- Artículo 6 Las prestaciones en materia de salud pública
- Artículo 7 Cartera de servicios de salud pública
- Artículo 8 Sistema de Formación e Investigación en Salud Pública
- Artículo 9 Sistema de Información de Salud Pública
- Artículo 10 Comunicación y tratamiento de la información
- Artículo 11 Seguridad de la información
- TÍTULO III
- CAPÍTULO I
- Artículo 12 Competencias del Gobierno
- Artículo 13 Competencias del departamento competente en materia de salud
- Artículo 14 Secretaría sectorial
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 15 Creación y naturaleza
- Artículo 16 Objeto
- Artículo 17 Funciones
- Artículo 18 Formas de gestión
- Sección 2
- Artículo 19 Órganos de dirección, participación y asesoramiento
- Artículo 20 El Consejo de Administración
- Artículo 21 Funciones del Consejo de Administración
- Artículo 22 Funciones del presidente o presidenta del Consejo de Administración
- Artículo 23 El director o directora
- Artículo 24 Funciones del director o directora
- Artículo 25 Consejo Asesor de Salud Pública
- Artículo 26 Los órganos de participación
- Sección 3
- Artículo 27 Servicios regionales
- Artículo 28 Funciones y organización de los servicios regionales
- Artículo 29 Los directores de los servicios regionales
- Artículo 30 Los sectores y los equipos de salud pública
- Sección 4
- Artículo 31 Régimen jurídico
- Artículo 32 Régimen de impugnación de los actos
- Artículo 33 Recursos humanos
- Artículo 34 Régimen patrimonial
- Artículo 35 Recursos económicos
- Artículo 36 Contrato programa
- Artículo 37 Presupuesto
- Artículo 38 Contabilidad y control financiero
- Artículo 39 Responsabilidad
- CAPÍTULO III
- Artículo 40 La Agencia Catalana de Seguridad Alimentaria
- Artículo 41 Objetivos de la Agencia Catalana de Seguridad Alimentaria
- Artículo 42 Funciones de la Agencia Catalana de Seguridad Alimentaria
- Artículo 43 El Plan de seguridad alimentaria
- Artículo 44 El director o directora de la Agencia Catalana de Seguridad Alimentaria
- Artículo 45 Comisión Directora de Seguridad Alimentaria
- Artículo 46 Comité Científico Asesor de Seguridad Alimentaria
- Artículo 47 Comunicación
- CAPÍTULO IV
- Artículo 48 Actuaciones en salud laboral
- Artículo 49 Consejo de Salud Laboral
- CAPÍTULO V
- Artículo 50 Creación de la Red de Vigilancia de la Salud Pública
- CAPÍTULO VI
- Artículo 51 Creación de la red de laboratorios de salud pública
- CAPÍTULO VII
- Artículo 52 Los servicios mínimos de los entes locales
- Artículo 53 La prestación de servicios de salud pública de los entes locales
- TÍTULO IV
- CAPÍTULO I
- Artículo 54 Responsabilidad y autocontrol
- Artículo 55 Intervención administrativa en protección de la salud y prevención de la enfermedad
- Artículo 55 bis Procedimiento para la adopción de medidas en situación de pandemia declarada.(*)
- Artículo 56 Principios informadores de la intervención administrativa
- Artículo 57 Colaboración con la Administración sanitaria
- Artículo 58 Información a la autoridad sanitaria
- CAPÍTULO II
- Artículo 59 Agentes de la autoridad sanitaria
- Artículo 60 Toma de muestras y control analítico
- Artículo 61 Autorizaciones y registros sanitarios
- Artículo 62 Entidades colaboradoras de la Administración
- CAPÍTULO III
- Artículo 63 Medidas cautelares
- Artículo 64 Gastos
- Artículo 65 Multas coercitivas
- TÍTULO V
- Artículo 66 Las infracciones
- Artículo 67 Clasificación de las infracciones
- Artículo 68 Infracciones leves
- Artículo 69 Infracciones graves
- Artículo 70 Infracciones muy graves
- Artículo 71 Sanciones
- Artículo 72 Graduación de las sanciones
- Artículo 73 Concurrencia de sanciones
- Artículo 74 Responsabilidad
- Artículo 75 Prescripción de las infracciones y de las sanciones
- Artículo 76 Procedimiento sancionador
- Artículo 77 Órganos de la Generalidad competentes para imponer sanciones
- Artículo 78 Competencias sancionadoras de los entes locales
- Artículo 79 Competencias sancionadoras de la Agencia de Salud Pública y Medio Ambiente de Barcelona
- Artículo 80 Competencias sancionadoras del Consejo General de Arán
- Disposición adicional primera Agencia de Salud Pública y Medio Ambiente de Barcelona
- Disposición adicional segunda El Consejo General de Arán
- Disposición adicional tercera Extensión del ámbito de actuación de los equipos territoriales de salud pública
- Disposición adicional cuarta Compatibilidad del puesto de trabajo en la Agencia de Salud Pública de Cataluña con las funciones inherentes a la titularidad de una oficina de farmacia
- Disposición adicional quinta Sustitución de la estructura y la organización territorial de la Agencia de Protección de la Salud
- Disposición adicional sexta Supresión de las casas de socorro
- Disposición transitoria primera Funciones de la Agencia de Protección de la Salud y de la Agencia Catalana de Seguridad Alimentaria
- Disposición transitoria segunda Adscripción de personal a la Agencia de Salud Pública de Cataluña
- Disposición transitoria tercera Procedimientos de la Ley 7/2003 con relación al personal que ejerce funciones en el ámbito de la salud pública
- Disposición derogatoria unica
- Disposición final primera Modificación de la Ley 20/1985
- Disposición final segunda Modificación de la Ley 15/1990
- Disposición final tercera Modificación de la Ley 7/2003
- Disposición final cuarta Desarrollo reglamentario
- Disposición final quinta Entrada en vigor