🇪🇸 España
Ley 149 unidades
Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía.
Ley 5/2010es-law-2010-06-11-519 jul 2010
- Artículo 1 Carácter de la ley
- Artículo 2 Objeto de la ley
- Artículo 3 Organización territorial de Andalucía
- Artículo 4 Autonomía local
- Artículo 5 Potestad de autoorganización
- Artículo 6 Principios generales
- Artículo 7 Competencias locales
- Artículo 8 Cláusula general de competencia
- Artículo 9 Competencias municipales
- Artículo 10 Ejercicio y titularidad de las competencias locales
- Artículo 11 Competencias de asistencia a los municipios
- Artículo 12 Asistencia técnica de la provincia al municipio
- Artículo 13 Asistencia económica de la provincia al municipio
- Artículo 14 Asistencia material de la provincia al municipio
- Artículo 15 Competencias materiales de la provincia
- Artículo 16 Disposiciones comunes a la transferencia y la delegación
- Artículo 17 Transferencia de competencias
- Artículo 18 Suspensión y revocación de la transferencia
- Artículo 19 Delegación del ejercicio de competencias
- Artículo 20 El decreto de delegación
- Artículo 21 Obligaciones de la entidad delegada
- Artículo 22 Suspensión, renuncia y extinción de la delegación de competencias
- Artículo 23 La encomienda de gestión
- Artículo 24 Colaboración financiera
- Artículo 25 Financiación de nuevas atribuciones
- Artículo 26 Servicios locales de interés general
- Artículo 27 Principios informadores de los servicios locales de interés general
- Artículo 28 Clasificación de los servicios locales de interés general
- Artículo 29 Régimen jurídico de los servicios locales de interés general en régimen de servicio reglamentado
- Artículo 30 Creación de servicios públicos
- Artículo 31 Servicios públicos básicos
- Artículo 32 Servicios públicos reservados
- Artículo 33 Modalidades de prestación en régimen de servicio público
- Artículo 34 Agencia pública administrativa local
- Artículo 35 Agencia pública empresarial local
- Artículo 36 Agencia local en régimen especial
- Artículo 37 Disposiciones comunes a las agencias locales
- Artículo 38 Sociedad mercantil local
- Artículo 39 Sociedad interlocal
- Artículo 40 Fundación pública local
- Artículo 41 Creación, modificación y extinción de la fundación pública local
- Artículo 42 Régimen jurídico de la fundación pública local
- Artículo 43 La empresa mixta de colaboración pública-privada
- Artículo 44 Transparencia en la gestión de los servicios locales de interés económico general
- Artículo 45 Iniciativa económica local
- Artículo 46 Empresa pública local
- Artículo 47 Creación de la empresa pública local
- Artículo 48 Régimen jurídico
- Artículo 49 Transparencia de las relaciones financieras
- Artículo 50 Concepto del patrimonio local
- Artículo 51 Presunción de patrimonialidad de bienes y derechos en su adquisición
- Artículo 52 Reglas generales sobre la disposición del patrimonio
- Artículo 53 Libertad de pactos en el tráfico jurídico de bienes y derechos patrimoniales
- Artículo 54 Publicidad de la actividad local y garantías
- Artículo 55 Información mutua entre la Comunidad Autónoma y las entidades locales
- Artículo 56 Impugnación de disposiciones y actos
- Artículo 57 Consejo Andaluz de Gobiernos Locales
- Artículo 58 Coordinación administrativa
- Artículo 59 Planes sectoriales
- Artículo 60 Fines
- Artículo 61 Principios de la cooperación territorial
- Artículo 62 Tipología
- Artículo 63 Definición y objeto
- Artículo 64 Ámbito territorial de las mancomunidades
- Artículo 65 Personalidad y régimen jurídico
- Artículo 66 Contenido de los estatutos
- Artículo 67 Garantía de representatividad municipal en las mancomunidades
- Artículo 68 Iniciativa para la constitución de las mancomunidades
- Artículo 69 Aprobación inicial de los estatutos
- Artículo 70 Información pública e informes
- Artículo 71 Aprobación de los estatutos
- Artículo 72 Ratificación de acuerdos
- Artículo 73 Publicidad de las mancomunidades
- Artículo 74 Modificación de los estatutos
- Artículo 75 Adhesión de municipios
- Artículo 76 Separación de municipios mancomunados
- Artículo 77 Disolución de mancomunidades
- Artículo 78 Definición y composición de los consorcios
- Artículo 79 Estatutos de los consorcios
- Artículo 80 Procedimiento de constitución de los consorcios y aprobación de sus estatutos
- Artículo 81 Órganos de gobierno de los consorcios
- Artículo 82 Modificación de estatutos, adhesión, separación y disolución del consorcio
- Artículo 83 Convenios de cooperación
- Artículo 84 Redes de cooperación territorial
- Artículo 85 Órganos paritarios de colaboración
- Artículo 86 De los recursos de las haciendas de las entidades locales de cooperación
- Artículo 87 De las aportaciones de los municipios integrantes de las entidades locales de cooperación
- Artículo 88 Cooperación en materia de ingresos de Derecho Público
- Artículo 89 Concepto de término municipal
- Artículo 90 La delimitación de los términos municipales
- Artículo 91 Modificaciones de los términos municipales
- Artículo 92 La fusión de municipios
- Artículo 93 La segregación de términos municipales
- Artículo 94 La incorporación de municipios
- Artículo 95 Iniciativa
- Artículo 96 Formación del expediente
- Artículo 97 De las potestades de la Comunidad Autónoma en los procedimientos de iniciativa municipal
- Artículo 98 De las potestades de la Comunidad Autónoma en los procedimientos iniciados por la consejería competente sobre régimen local o por la diputación provincial
- Artículo 99 Resolución del procedimiento
- Artículo 100 Gobierno de los municipios en caso de segregación
- Artículo 101 Gobierno de los municipios creados por fusión
- Artículo 102 Gobierno de los municipios en caso de mera alteración de términos municipales
- Artículo 103 Estatuto de las personas integrantes de la comisión gestora
- Artículo 104 Administración interina
- Artículo 105 Concepto de capitalidad
- Artículo 106 Causas de la alteración de la capitalidad
- Artículo 107 Cambio de denominación
- Artículo 108 Procedimiento de cambio de nombre y de capitalidad
- Artículo 109 Organización territorial del municipio
- Artículo 110 Principios de la organización territorial del municipio
- Artículo 111 Órganos de gestión desconcentrada
- Artículo 112 Las entidades de gestión descentralizada
- Artículo 113 Tipología de entidades descentralizadas
- Artículo 114 Iniciativa para la creación de entidades descentralizadas
- Artículo 115 Instrucción del procedimiento de creación de entidades descentralizadas
- Artículo 116 Aprobación de la creación de entidades descentralizadas
- Artículo 117 Organización y funcionamiento de las entidades vecinales
- Artículo 118 Personal de las entidades vecinales
- Artículo 119 Suficiencia financiera de las entidades vecinales
- Artículo 120 Presupuestos de las entidades vecinales
- Artículo 121 Supresión de las entidades vecinales
- Artículo 122 Potestades y prerrogativas de las entidades locales autónomas
- Artículo 123 Competencias propias de las entidades locales autónomas
- Artículo 124 Participación de las entidades locales autónomas en asuntos municipales
- Artículo 125 Órganos de gobierno de las entidades locales autónomas
- Artículo 126 La titularidad de la presidencia de las entidades locales autónomas
- Artículo 127 La junta vecinal de las entidades locales autónomas
- Artículo 128 Impugnación de actos y responsabilidad patrimonial de las entidades locales autónomas
- Artículo 129 Personal de las entidades locales autónomas
- Artículo 130 Recursos financieros de las entidades locales autónomas
- Artículo 131 Presupuesto de las entidades locales autónomas
- Artículo 132 Supresión de las entidades locales autónomas
- Disposición adicional primera Procedimientos de intervención y control que quedan sin efectos
- Disposición adicional segunda Mantenimiento de las discontinuidades territoriales existentes
- Disposición adicional tercera Relaciones de los municipios y provincias con las instituciones de la Junta de Andalucía
- Disposición transitoria primera Procedimientos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de la presente ley
- Disposición transitoria segunda Régimen jurídico de las entidades locales autónomas creadas con anterioridad a la entrada en vigor de la presente ley
- Disposición derogatoria única Disposiciones derogadas
- Disposición final primera Modificación de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía
- Disposición final segunda Modificación del artículo 13 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro de las Entidades Locales de Andalucía
- Disposición final tercera Modificación de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía
- Disposición final cuarta Modificación de la Ley 1/1999, de 31 de marzo, de Atención a las personas con discapacidad en Andalucía
- Disposición final quinta Corrección de las discontinuidades territoriales existentes
- Disposición final sexta Procedimientos de deslinde
- Disposición final séptima Establecimiento y desarrollo de estructuras de participación ciudadana y del acceso a las nuevas tecnologías
- Disposición final octava Adaptación de mancomunidades y consorcios
- Disposición final novena Adaptación de las entidades instrumentales locales
- Disposición final décima Desarrollo y ejecución de la ley
- Disposición final undécima Entrada en vigor