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Ley 32/2010, de 5 de agosto, por la que se establece un sistema específico de protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos.
Ley 32/2010es-law-2010-08-05-32
- Preámbulo Preámbulo
- Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación
- Artículo 2 Régimen jurídico
- Artículo 3 Acción protectora
- Artículo 4 Requisitos para el nacimiento del derecho a la protección
- Artículo 5 Situación legal de cese de actividad
- Artículo 6 Acreditación de la situación legal de cese de la actividad
- Artículo 7 Solicitud y nacimiento del derecho a la protección por cese de actividad
- Artículo 8 Duración de la prestación económica
- Artículo 9 Cuantía de la prestación económica por cese de actividad
- Artículo 10 Suspensión del derecho a la protección
- Artículo 11 Extinción del derecho a la protección
- Artículo 12 Incompatibilidades
- Artículo 13 Cese de actividad, incapacidad temporal, maternidad y paternidad
- Artículo 14 Financiación, base y tipo de cotización
- Artículo 15 Recaudación
- Artículo 16 Órgano gestor
- Artículo 17 Obligaciones de los trabajadores autónomos
- Artículo 18 Infracciones
- Artículo 19 Jurisdicción competente y reclamación previa
- Disposición adicional primera Duración de la prestación por cese de actividad de los trabajadores autónomos a partir de los 60 años
- Disposición adicional segunda Reducción en la cotización por contingencias comunes
- Disposición adicional tercera Información de los órganos gestores
- Disposición adicional cuarta Solicitud y gestión de la prestación por cese de actividad de trabajadores no incorporados a Mutuas
- Disposición adicional quinta Reintegro de prestaciones indebidamente percibidas
- Disposición adicional sexta Socios trabajadores de cooperativas de trabajo asociado
- Disposición adicional séptima Trabajadores autónomos que ejercen su actividad profesional conjuntamente
- Disposición adicional octava Trabajadores por cuenta propia agrarios
- Disposición adicional novena Cobertura de la prestación por cese de actividad de trabajadores autónomos que desarrollen actividades determinadas con mayor riesgo de siniestralidad por el Gobierno en régimen de pluriactividad
- Disposición adicional décima Evolución de la duración de la prestación económica por cese de actividad
- Disposición adicional undécima Cotización de los socios trabajadores de cooperativas de trabajo asociado dedicados a la venta ambulante
- Disposición adicional duodécima Renovación de la autorización de residencia y trabajo de los trabajadores autónomos extranjeros
- Disposición adicional decimotercera Prestación no contributiva para trabajadores autónomos
- Disposición adicional decimocuarta Pago único de la prestación por cese de actividad
- Disposición adicional decimoquinta Modificación de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido
- Disposición transitoria única Plazo especial de opción para la cobertura de las contingencias profesionales de los trabajadores por cuenta propia o autónomos
- Disposición derogatoria única Derogación normativa
- Disposición final primera Título competencial
- Disposición final segunda Modificación del texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones en el orden social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto
- Disposición final tercera Habilitación al Gobierno
- Disposición final cuarta Modificación del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio
- Disposición final quinta Modificación del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio
- Disposición final sexta Se modifica el artículo 32 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales
- Disposición final séptima Entrada en vigor