Ley 14/2010

Ley 14/2010, de 3 de diciembre, de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos.

Preámbulo Preámbulo

Artículo 1Ámbito de aplicación

Artículo 2Exclusiones

Artículo 3Prohibiciones

Artículo 4Condiciones técnicas generales

Artículo 5Cooperación y colaboración administrativa

Artículo 6De la declaración responsable y de la autorización

Artículo 6 bisProcedimiento único

Artículo 7Autorizaciones competencia de la Administración autonómica

Artículo 8Autorizaciones competencia de los ayuntamientos

Artículo 9Procedimiento de apertura mediante declaración responsable

Artículo 10Procedimiento de apertura mediante autorización administrativa

Artículo 11Modificaciones sustanciales

Artículo 12Cambio de titularidad

Artículo 13Compatibilidad de actividades

Artículo 14Licencias excepcionales

Artículo 15Contenido de las licencias de apertura

Artículo 16Revocación y caducidad de la licencia

Artículo 17Licencias de apertura para instalaciones eventuales, portátiles o desmontables

Artículo 18Seguros

Artículo 19Ambientación y amenización musical

Artículo 20Carteles informativos

Artículo 21Terrazas

Artículo 22Calidad de los servicios

Artículo 23Información al ciudadano

Artículo 24Registro de empresas y establecimientos

Artículo 25Espectáculos y actividades extraordinarios

Artículo 26Espectáculos y actividades singulares o excepcionales

Artículo 27De los titulares o prestadores

Artículo 28Domicilio a los efectos de notificaciones

Artículo 29Obligaciones de los titulares o prestadores

Artículo 30Artistas o ejecutantes

Artículo 31Derechos de los destinatarios

Artículo 32Obligaciones de los destinatarios

Artículo 33Reserva y derecho de admisión

Artículo 34Protección del menor

Artículo 35Horario

Artículo 36Publicidad

Artículo 37Entradas

Artículo 38Venta de entradas

Artículo 39Facultades administrativas

Artículo 40Actividad inspectora y de control

Artículo 41Actas

Artículo 42Subsanación

Artículo 43Medidas provisionales en supuestos de urgencia

Artículo 44Supuestos de adopción de medidas provisionales

Artículo 45Autoridades competentes

Artículo 45 bis

Artículo 46Principios generales

Artículo 47Infracciones

Artículo 48Responsables

Artículo 49Procedimiento

Artículo 50Infracciones leves

Artículo 51Infracciones graves

Artículo 52Infracciones muy graves

Artículo 53Prescripción y caducidad

Artículo 54Sanciones

Artículo 55Graduación de las sanciones

Artículo 56Competencia para sancionar

Artículo 57Delitos e infracciones administrativas

Artículo 58Prescripción de sanciones

Artículo 59Medidas provisionales durante la instrucción del procedimiento sancionador

Artículo 60Publicidad de las sanciones

Artículo 61Comisión de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Actividades Socioculturales de la Comunitat Valenciana

Disposición adicional primeraActualización de las cuantías de las sanciones económicas por infracciones a la ley

Disposición adicional segundaEspectáculos públicos, actividades recreativas, actividades socioculturales y establecimientos públicos declarados de interés general

Disposición adicional terceraResponsabilidad del participante no apto en festejos taurinos tradicionales (bous al carrer)

Disposición adicional cuartaRégimen jurídico de protección de datos

Disposición adicional quinta

Disposición transitoria primeraNormativa técnica de aplicación

Disposición transitoria segundaExpedientes sancionadores en trámite

Disposición transitoria terceraProcedimientos para la celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas y socioculturales y para la apertura de establecimientos públicos

Disposición transitoria cuartaRégimen transitorio sobre condiciones de establecimientos e instalaciones

Disposición transitoria quinta

Disposición transitoria sexta

Disposición transitoria sexta bis

Disposición transitoria séptima

Disposición transitoria octava

Disposición transitoria novenaRegularización de establecimientos públicos

Disposición derogatoria únicaDerogación de normas

Disposición final primeraHabilitación para el desarrollo reglamentario

Disposición final segundaEntrada en vigor

Anexo UNICO

Citenza

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