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Ley 92 unidades

Ley 7/2011, de 5 de abril, de actividades clasificadas y espectáculos públicos y otras medidas administrativas complementarias.

Ley 7/2011es-law-2011-04-05-77 may 2011

Urbanismo

  1. Preámbulo Preámbulo
  2. Artículo 1 Objeto de la ley
  3. Artículo 2 Ámbito de aplicación y categorización de las actividades
  4. Artículo 3 Regímenes especiales
  5. Artículo 4 Instrumentos de intervención administrativa
  6. Artículo 5 Criterios para la determinación del régimen de intervención aplicable
  7. Artículo 6 Relación entre los instrumentos de intervención previstos en la presente ley y las autorizaciones sectoriales. Supuestos especiales
  8. Artículo 7 Relación entre los instrumentos de intervención regulados en la presente ley y otras licencias municipales
  9. Artículo 8 Supuestos especiales por motivos urbanísticos
  10. Artículo 9 Consultas previas
  11. Artículo 10 Competencias de los municipios
  12. Artículo 11 Competencias de las islas
  13. Artículo 12 De la cooperación interadministrativa
  14. Artículo 13 Actividades sujetas
  15. Artículo 14 Ámbito objetivo de las licencias de instalación de actividades clasificadas
  16. Artículo 15 Ámbito temporal de eficacia
  17. Artículo 16 Naturaleza, contenido y principios informantes
  18. Artículo 17 Solicitud
  19. Artículo 18 Admisión a trámite de la solicitud
  20. Artículo 19 Enjuiciamiento previo del proyecto con arreglo al planeamiento y normativa municipal
  21. Artículo 20 Información pública e informes sectoriales
  22. Artículo 21 Informe de calificación
  23. Artículo 22 Trámite de audiencia
  24. Artículo 23 Resolución
  25. Artículo 24 Régimen del acto presunto
  26. Artículo 25 Sujeción a evaluación de impacto
  27. Artículo 26 Especialidades procedimentales
  28. Artículo 27 Régimen del acto presunto
  29. Artículo 28 De la comunicación previa al inicio de la actividad
  30. Artículo 29 Autorización de inicio de la actividad en los supuestos de títulos habilitantes previos que lleven implícita la licencia de actividad clasificada
  31. Artículo 30 Modificación de oficio
  32. Artículo 31 Extinción y suspensión
  33. Artículo 32 Caducidad
  34. Artículo 33 Transmisibilidad
  35. Artículo 34 Ámbito de aplicación de la comunicación previa
  36. Artículo 35 Requisitos y procedimiento
  37. Artículo 36 Impugnación directa del informe de compatibilidad urbanística
  38. Artículo 37 Ámbito de aplicación del régimen autorizatorio
  39. Artículo 38 Procedimiento autorizatorio
  40. Artículo 39 Plazo para resolver y acto presunto
  41. Artículo 40 Habilitación para la aplicabilidad del régimen de comunicación previa
  42. Artículo 41 Condiciones técnicas de espectáculos y locales
  43. Artículo 42 Distancias y emplazamientos
  44. Artículo 43 Publicidad exterior
  45. Artículo 44 Actividades en las que se permita el acceso a menores para recreo y esparcimiento
  46. Artículo 45 Incitación al consumo de alcohol y tabaco
  47. Artículo 46 Primeros auxilios y evacuación de emergencia
  48. Artículo 47 Limitaciones de acceso
  49. Artículo 48 Horario de actividades y espectáculos
  50. Artículo 49 Régimen de cierre
  51. Artículo 50 Régimen especial de las actividades y espectáculos públicos que se desarrollen en las fiestas populares tradicionales y las declaradas de interés turístico de Canarias, nacional o internacional
  52. Artículo 51 Autoridades competentes
  53. Artículo 52 Potestades administrativas de control
  54. Artículo 53 Del personal inspector
  55. Artículo 54 De las potestades del personal inspector
  56. Artículo 55 Deficiencias de las instalaciones y su subsanación
  57. Artículo 56 Medidas provisionales en supuestos de urgencia o para la protección provisional de intereses implicados
  58. Artículo 57 De las medidas provisionales
  59. Artículo 58 Principios
  60. Artículo 59 Responsables
  61. Artículo 60 Prescripción
  62. Artículo 61 Tipificación general
  63. Artículo 62 Infracciones muy graves
  64. Artículo 63 Infracciones graves
  65. Artículo 64 Infracciones leves
  66. Artículo 65 Tipología
  67. Artículo 66 Aplicación
  68. Artículo 67 Graduación de las sanciones
  69. Artículo 68 Concurrencia de sanciones
  70. Artículo 69 Procedimiento
  71. Artículo 70 Notificación a los denunciantes
  72. Artículo 71 Medidas provisionales
  73. Artículo 72 Órganos competentes
  74. Artículo 73 Materia delictiva
  75. Artículo 74 Obligación de reponer y responsabilidad patrimonial de los infractores
  76. Artículo 75 Responsabilidad patrimonial de la Administración
  77. Disposición adicional primera Registros y comunicaciones
  78. Disposición adicional segunda Seguro de responsabilidad civil
  79. Disposición adicional tercera Protección del consumidor y del usuario
  80. Disposición adicional cuarta Quejas y reclamaciones
  81. Disposición adicional quinta Tramitación electrónica de procedimientos
  82. Disposición adicional sexta
  83. Disposición transitoria primera Procedimientos en trámite
  84. Disposición transitoria segunda Régimen de comprobación, inspección y sanción
  85. Disposición transitoria tercera Régimen de modificación, revocación y revisión de licencias y autorizaciones y modificación de actividades
  86. Disposición transitoria cuarta Categorización provisional de actividades a los efectos del régimen de intervención aplicable
  87. Disposición transitoria quinta Horario de apertura y cierre
  88. Disposición transitoria sexta Autorización para la modificación de contratos en el ámbito de infraestructuras de la Administración de Justicia
  89. Disposición derogatoria única
  90. Disposición final primera Desarrollo reglamentario
  91. Disposición final segunda Actualización de cuantías
  92. Disposición final tercera Entrada en vigor
Citenza

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