Ley 21/2011

Ley 21/2011, de 26 de julio, de dinero electrónico.

Preámbulo Preámbulo

Artículo 1Objeto y ámbito de aplicación

Artículo 2Reserva de actividad

Artículo 3Definición y reserva de denominación

Artículo 4Autorización y registro

Artículo 5Revocación

Artículo 6Capital inicial

Artículo 7Recursos propios

Artículo 8Actividades

Artículo 9Requisitos de garantía

Artículo 10Contabilidad y Auditoría

Artículo 11Apertura de sucursales y libre prestación de servicios en un Estado miembro de la Unión Europea por entidades de dinero electrónico españolas

Artículo 12Apertura de sucursales y libre prestación de servicios en España por entidades de dinero electrónico autorizadas en otro Estado miembro de la Unión Europea

Artículo 13Actividad de las entidades de dinero electrónico españolas en un Estado no miembro de la Unión Europea

Artículo 14Delegación de la prestación de funciones operativas

Artículo 15Agentes

Artículo 16Conservación de documentos

Artículo 16 bisAcceso a cuentas abiertas en entidades de crédito

Artículo 17Emisión y reembolso

Artículo 18Prohibición de intereses

Artículo 19Procedimientos de reclamación y recurso extrajudicial para la solución de litigios

Artículo 20Supervisión

Artículo 21Régimen de participaciones significativas

Artículo 22Información y secreto profesional

Artículo 23Régimen sancionador

Disposición adicional unicaAplicación a las entidades de dinero electrónico de determinados preceptos del Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera

Disposición transitoria unica

Disposición derogatoria unica

Disposición final primeraModificación del Real Decreto Legislativo 1298/1986, de 28 de junio, sobre adaptación del Derecho vigente en materia de entidades de crédito al de las Comunidades Europeas

Disposición final segundaModificación de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores

Disposición final terceraModificación de la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre disciplina e intervención de las entidades de crédito

Disposición final cuartaModificación de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de instituciones de inversión colectiva

Disposición final quintaModificación del texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre

Disposición final sextaModificación de la Ley 25/2005, de 24 de noviembre, reguladora de las entidades de capital riesgo y de sus sociedades gestoras

Disposición final séptimaModificación de la Ley 16/2009, de 13 de noviembre, de servicios de pago

Disposición final octavaModificación de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo

Disposición final novenaModificación de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible

Disposición final décimaTítulos competenciales

Disposición final undécimaIncorporación de Derecho de la Unión Europea

Disposición final duodécimaHabilitación para el desarrollo reglamentario

Disposición final decimoterceraEntrada en vigor

Citenza

Inteligencia jurídica con fuentes verificables, por Datons.

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