🇪🇸 España
Ley 177 unidades
Ley 3/2012, de 2 de abril, del deporte de Galicia.
Ley 3/2012es-law-2012-04-02-32 abr 2012
- Preámbulo Preámbulo
- TÍTULO I
- Artículo 1 Objeto
- Artículo 2 Funciones del deporte
- Artículo 3 Principios rectores
- Artículo 4 Principios generales
- TÍTULO II
- Artículo 5 Competencias de la Administración autonómica
- Artículo 6 Convenios de colaboración
- Artículo 7 Diputaciones provinciales
- Artículo 8 Los municipios
- Artículo 9 Relaciones interadministrativas
- TÍTULO III
- CAPÍTULO I
- Artículo 10 Actividad deportiva y actividad física
- Artículo 11 Protección y asistencia sanitaria
- Artículo 12 Beneficios fiscales
- Artículo 13 Deporte entre sectores sociales de especial sensibilidad
- Artículo 14 Actividad deportiva en el medio natural
- Artículo 15 Deportes autóctonos
- Artículo 16 Deporte y discapacidad
- CAPÍTULO II
- Artículo 17 Reconocimiento de modalidades y especialidades deportivas
- Sección 1
- Artículo 18 Clasificación
- Artículo 19 Competiciones oficiales de ámbito autonómico
- Artículo 20 Organización de competiciones oficiales de ámbito estatal o internacional en la Comunidad Autónoma gallega
- Artículo 21 Requisitos mínimos de las competiciones oficiales
- Artículo 22 Eventos deportivos
- Artículo 23 Seguro de responsabilidad civil
- Sección 2
- Artículo 24 Deporte en edad escolar
- Artículo 25 Deporte universitario
- Artículo 26 Colaboración con las universidades
- Sección 3
- Artículo 27 Necesidad de licencia
- Artículo 28 Expedición y contenido de las licencias
- CAPÍTULO III
- Artículo 29 Actividad física
- Artículo 30 Facilitación de la actividad física
- TÍTULO IV
- CAPÍTULO I
- Sección 1
- Artículo 31 Concepto de deportista
- Artículo 32 Clases de deportistas
- Artículo 33 Deportistas profesionales
- Artículo 34 Deportistas gallegos de alto nivel
- Artículo 35 Otros colectivos del deporte de alto nivel
- Artículo 36 Beneficios de los deportistas de alto nivel
- Artículo 37 Derechos de formación
- Sección 2
- Artículo 38 Entrenadores-técnicos y jueces-árbitros
- Sección 3
- Artículo 39 Otros profesionales de la actividad deportiva
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 40 Concepto
- Artículo 41 Tipología de las entidades deportivas
- Artículo 42 Régimen jurídico
- Artículo 43 Régimen contable
- Artículo 44 Destino de los recursos económicos y reglas económicas esenciales
- Sección 2
- Artículo 45 Clubes
- Artículo 46 Constitución, órganos de gobierno y régimen jurídico
- Artículo 47 Contenido mínimo de los estatutos
- Artículo 48 Afiliación a las federaciones deportivas gallegas
- Artículo 49 Agrupaciones deportivas escolares
- Artículo 50 Secciones deportivas
- Sección 3
- Artículo 51 Concepto
- Artículo 52 Relación con las federaciones deportivas españolas y actividades de ámbito supraautonómico
- Artículo 53 Régimen jurídico
- Artículo 54 Constitución de federaciones deportivas
- Artículo 55 Contenido mínimo de los estatutos
- Artículo 55 bis Código de buen gobierno
- Artículo 56 Funciones
- Artículo 57 Facultades de la Administración deportiva autonómica en relación con el control de las federaciones deportivas gallegas
- Artículo 58 Órganos de gobierno, de representación y de disciplina deportiva
- Artículo 59 De la Secretaría
- Artículo 60 Asociaciones de federaciones deportivas gallegas
- Artículo 61 Régimen económico
- Artículo 62 Régimen de responsabilidad de las presidentas o presidentes y miembros de las juntas directivas de las federaciones autonómicas
- Artículo 63 Extinción
- Artículo 64 Revocación del reconocimiento de federaciones deportivas
- Artículo 65 Selecciones deportivas gallegas
- CAPÍTULO III
- Artículo 66 Finalidad
- Artículo 67 Efectos de la inscripción en el Registro de Entidades Deportivas de Galicia
- Artículo 68 Organización
- Artículo 69 Efectos adicionales de la inscripción
- Artículo 70 Protección del nombre, de los símbolos y los emblemas
- TÍTULO V
- Artículo 71 Investigación
- Artículo 72 Exigencia de titulaciones
- Artículo 73 Titulaciones requeridas por federaciones deportivas
- Artículo 74 Formación de personal técnico-deportivo
- Artículo 75 Escuela Gallega del Deporte
- TÍTULO VI
- CAPÍTULO I
- Artículo 76 Definición de instalación deportiva
- Artículo 77 Registro y finalidad
- CAPÍTULO II
- Artículo 78 Finalidad y competencia para su elaboración
- Artículo 79 Deber de colaboración
- Artículo 80 Contenido
- Artículo 81 Prioridad del plan
- Artículo 82 Intervención de las administraciones locales
- CAPÍTULO III
- Artículo 83 Requisitos de las instalaciones
- Artículo 84 Instalaciones de uso público subvencionadas
- Artículo 85 Uso de las instalaciones
- TÍTULO VII
- CAPÍTULO I
- Artículo 86 Ámbito de la jurisdicción deportiva
- Artículo 87 Ámbito disciplinario
- Artículo 88 Ámbito electoral
- Artículo 89 Ámbito organizativo-competicional
- Artículo 90 Ámbito administrativo-deportivo
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 91 Finalidad
- Artículo 92 Designación, constitución y funcionamiento
- Artículo 93 Competencia y procedimiento
- Artículo 94 Resoluciones
- Sección 2
- Artículo 95 Solución extrajudicial de conflictos no sancionadores ni disciplinarios
- CAPÍTULO III
- Artículo 96 Disposiciones generales sobre faltas y sanciones
- Artículo 97 Naturaleza y clasificación de las infracciones
- Artículo 98 Sanciones
- Artículo 99 Principio de proporcionalidad
- Artículo 100 Circunstancias modificativas de la responsabilidad
- Artículo 101 Causas de extinción de la responsabilidad
- Artículo 102 Prescripción de infracciones y sanciones
- CAPÍTULO IV
- Artículo 103 Procedimiento disciplinario
- Artículo 104 Clases de procedimientos
- Artículo 105 Reglas comunes a los procedimientos
- Artículo 106 Procedimiento abreviado
- Artículo 107 Procedimiento ordinario
- Artículo 108 Legitimación para recurrir las sanciones
- Artículo 109 Órganos disciplinarios
- CAPÍTULO V
- Artículo 110 Juntas electorales federativas
- Artículo 111 Recursos contra las resoluciones adoptadas por las juntas electorales federativas
- CAPÍTULO VI
- Artículo 112 Órganos competentes y normativa aplicable
- Artículo 113 Función inspectora
- Artículo 114 Facultades
- Artículo 115 Calificación de las infracciones. Procedimiento aplicable
- Artículo 116 Infracciones muy graves
- Artículo 117 Infracciones graves
- Artículo 118 Infracciones leves
- Artículo 119 Efectos de las infracciones
- Artículo 120 Clases de sanciones
- Artículo 121 Sanciones por infracciones muy graves
- Artículo 122 Sanciones por infracciones graves
- Artículo 123 Sanciones por infracciones leves
- Artículo 124 Gradación de las sanciones
- Artículo 125 Régimen de recursos
- Artículo 126 Prescripción de las infracciones y sanciones
- Artículo 127 Medidas cautelares
- Artículo 128 Vinculación de los ingresos derivados de sanciones
- Artículo 128 bis Acción popular
- TÍTULO VIII
- CAPÍTULO I
- Artículo 129 Política de lucha contra el dopaje y de prevención de las conductas que lo componen
- Artículo 130 Comisión Gallega de Prevención y Represión del Dopaje
- Artículo 131 De la obligación de someterse a los controles de dopaje
- Artículo 132 De las garantías en los controles y de sus efectos legales
- Artículo 133 De la competencia para la realización de los controles
- CAPÍTULO II
- Artículo 134 Responsabilidad del deportista y de su entorno
- Artículo 1
- Artículo 135 Tipificación de infracciones
- Artículo 136 Sanciones a los deportistas
- Artículo 137 Sanciones a los clubes y equipos deportivos
- Artículo 138
- Artículo 139 Sanciones al personal médico y demás personal sanitario de las entidades deportivas
- Artículo 140 Imposición de sanciones pecuniarias
- Artículo 141 Consecuencias accesorias de la infracción y alteración de resultados
- Artículo 142 Eficacia de las sanciones y pérdida de la capacidad para obtener licencia deportiva
- Artículo 143 Prohibición non bis in idem
- Artículo 144 Causas de extinción de la responsabilidad
- Artículo 145 Prescripción de las infracciones y las sanciones
- Artículo 146 Colaboración en la detección
- TÍTULO IX
- CAPÍTULO I
- Artículo 147 Objetivos esenciales
- Artículo 148 Comisión Gallega de Control de la Violencia
- Artículo 149 Medidas para evitar actos violentos, racistas, xenófobos o intolerantes en el ámbito de aplicación de la presente ley
- Artículo 150 Consumo y venta de bebidas alcohólicas y de otro tipo de productos
- Artículo 151 Responsabilidad de las personas organizadoras de pruebas o espectáculos deportivos
- CAPÍTULO II
- Artículo 152 Condiciones de acceso al recinto
- Artículo 153 Condiciones de permanencia en el recinto
- Artículo 154 Declaraciones de alto riesgo de los acontecimientos deportivos
- Artículo 155 Control y gestión de accesos y de venta de entradas
- Artículo 156 Medidas especiales en competiciones o encuentros específicos
- CAPÍTULO III
- Artículo 157 Infracciones de las personas organizadoras de competiciones y espectáculos deportivos
- Artículo 158 Infracciones de los espectadores
- Artículo 159 Infracciones de otras personas
- Artículo 160 Sanciones
- Artículo 161 Sanción de prohibición de acceso
- Artículo 162 Personas responsables
- Artículo 163 Criterios modificativos de la responsabilidad
- Artículo 164 Competencia para la imposición de sanciones
- Artículo 165 Prescripción de infracciones y sanciones
- Artículo 166 Concurrencia de procedimientos penales, administrativos y disciplinarios
- Disposición adicional primera Voluntariado
- Disposición adicional segunda Creación de los órganos nuevos y adaptación de los existentes
- Disposición adicional tercera Aplicación de lo establecido en el título IX
- Disposición adicional cuarta La asociación Unión de Federaciones Deportivas Gallegas, Ufedega
- Disposición transitoria única Adaptación de los estatutos y de los reglamentos de las entidades deportivas
- Disposición derogatoria única Derogación normativa
- Disposición final única Entrada en vigor