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Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2012.

Ley 2/2012es-law-2012-06-29-2

  1. Preámbulo Preámbulo
  2. Artículo 1 Ámbito de los Presupuestos Generales del Estado
  3. Artículo 2 De la aprobación de los estados de gastos e ingresos de los Entes referidos en las letras a) a d) del artículo 1 de la presente Ley
  4. Artículo 3 De los beneficios fiscales
  5. Artículo 4 De la financiación de los créditos aprobados en el artículo 2 de la presente Ley
  6. Artículo 5 De la cuenta de operaciones comerciales
  7. Artículo 6 De los presupuestos de los Entes referidos en las letras f), g), h), i) y j) del artículo 1 de esta Ley
  8. Artículo 7 Presupuesto del Banco de España
  9. Artículo 8 Presupuesto de los Consorcios de la disposición adicional novena de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria
  10. Artículo 9 Principios generales
  11. Artículo 10 Créditos vinculantes
  12. Artículo 11 Competencias específicas en materia de modificaciones presupuestarias
  13. Artículo 12 De las limitaciones presupuestarias
  14. Artículo 13 De las ampliaciones e incorporaciones de crédito
  15. Artículo 14 Imputaciones de crédito
  16. Artículo 15 De la Seguridad Social
  17. Artículo 16 Información a las Cortes Generales en materia de inversión y gasto público
  18. Artículo 17 Módulo económico de distribución de fondos públicos para sostenimiento de centros concertados
  19. Artículo 18 Autorización de los costes de personal de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED)
  20. Artículo 19 Competencias específicas en materia de modificaciones presupuestarias del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria y del Instituto de Mayores y Servicios Sociales
  21. Artículo 20 Aplicación de remanentes de tesorería en el Presupuesto del Instituto de Mayores y Servicios Sociales
  22. Artículo 21 Agencia Estatal de Administración Tributaria
  23. Artículo 22 Bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica en materia de gastos de personal al servicio del sector público
  24. Artículo 23 Oferta de empleo público u otro instrumento similar de gestión de la provisión de necesidades de personal
  25. Artículo 24 Retribuciones de los Altos Cargos del Gobierno de la Nación, de sus órganos consultivos, de la Administración General del Estado y otro personal directivo
  26. Artículo 25 Retribuciones de los miembros del Consejo General del Poder Judicial, del Tribunal Constitucional y del Tribunal de Cuentas
  27. Artículo 26
  28. Artículo 27 Personal laboral del sector público estatal
  29. Artículo 28 Retribuciones del personal de las Fuerzas Armadas
  30. Artículo 29 Retribuciones del personal del Cuerpo de la Guardia Civil
  31. Artículo 30 Retribuciones del personal del Cuerpo Nacional de Policía
  32. Artículo 31 Retribuciones de los miembros de las Carreras Judicial y Fiscal, de los del Cuerpo de Secretarios Judiciales y del personal al servicio de la Administración de Justicia
  33. Artículo 32 Retribuciones del personal estatutario y del personal de la Seguridad Social no estatutario
  34. Artículo 33 Prohibición de ingresos atípicos
  35. Artículo 34 Recompensas, cruces, medallas y pensiones de mutilación
  36. Artículo 35 Otras normas comunes
  37. Artículo 36 Requisitos para la determinación o modificación de retribuciones del personal laboral y no funcionario
  38. Artículo 37 Contratación de personal laboral con cargo a los créditos de inversiones
  39. Artículo 38 Competencia del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas en materia de costes del personal al servicio del sector público
  40. Artículo 39 Determinación inicial de las pensiones del Régimen de Clases Pasivas del Estado
  41. Artículo 40 Determinación inicial de las pensiones especiales de guerra
  42. Artículo 41 Limitación del señalamiento inicial de las pensiones públicas
  43. Artículo 42 Revalorización y modificación de los valores de las pensiones públicas
  44. Artículo 43 Pensiones no revalorizables
  45. Artículo 44 Limitación del importe de la revalorización de las pensiones públicas
  46. Artículo 45 Reconocimiento de complementos para mínimos en las pensiones de Clases Pasivas
  47. Artículo 46 Reconocimiento de los complementos para mínimos en las pensiones de la Seguridad Social
  48. Artículo 47 Determinación inicial y revalorización de las pensiones no contributivas de la Seguridad Social
  49. Artículo 48 Pensiones del extinguido Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez
  50. Artículo 49 Deuda Pública
  51. Artículo 50 Operaciones de crédito autorizadas a Organismos Públicos
  52. Artículo 51
  53. Artículo 51 bis
  54. Artículo 52 Importe de los Avales del Estado
  55. Artículo 52 bis Avales para garantizar emisiones de bonos y obligaciones de las entidades de crédito
  56. Artículo 53 Avales para garantizar valores de renta fija emitidos por Fondos de Titulización de activos
  57. Artículo 54 Avales de las entidades públicas empresariales y sociedades mercantiles estatales
  58. Artículo 55 Fondo para la Promoción del Desarrollo (FONPRODE)
  59. Artículo 56 Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento
  60. Artículo 57 Fondo para la Internacionalización de la Empresa (FIEM)
  61. Artículo 58 Reembolsos del Estado al Instituto de Crédito Oficial
  62. Artículo 59 Adquisición de acciones y participaciones de Organismos Financieros Multilaterales
  63. Artículo 60 Coeficientes de actualización del valor de adquisición
  64. Artículo 61 Gravamen complementario a la cuota íntegra estatal para la reducción del déficit público en los ejercicios 2012 y 2013
  65. Artículo 62 Coeficientes de corrección monetaria
  66. Artículo 63 Pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades
  67. Artículo 64 Porcentajes de retención o ingreso a cuenta en los ejercicios 2012 y 2013
  68. Artículo 65 Rentas exentas
  69. Artículo 66 Tipo de gravamen en los ejercicios 2012 y 2013
  70. Artículo 67 Adquisiciones intracomunitarias de gas, electricidad, calor y frío
  71. Artículo 68 Servicios de restauración y catering
  72. Artículo 69 Sujeto pasivo en las adquisiciones intracomunitarias de gas, electricidad, calor y frío
  73. Artículo 70 Escala por transmisiones y rehabilitaciones de grandezas y títulos nobiliarios
  74. Artículo 71 Modificación de las definiciones de gasolina sin plomo
  75. Artículo 72 Adaptación a la normativa comunitaria
  76. Artículo 73 Tasas
  77. Artículo 74 Tasas en materia de telecomunicaciones
  78. Artículo 75 Tasa del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas por emisión de informes de auditoría de cuentas
  79. Artículo 76 Tasa aproximación
  80. Artículo 77 Cuantías básicas de las tasas aplicables al sistema portuario de interés general
  81. Artículo 78 Coeficientes correctores de aplicación a las tasas del buque, del pasaje y de la mercancía en los puertos de interés general
  82. Artículo 79 Bonificaciones aplicables en los puertos de interés general a las tasas de ocupación, del buque, del pasaje y de la mercancía
  83. Artículo 80 Actualización de los precios básicos del canon de control de vertidos
  84. Artículo 81 Tasa por la solicitud de inscripción de diferentes actos en el Registro administrativo especial de mediadores de seguros, corredores de reaseguros y de sus altos cargos
  85. Artículo 82 Regla general
  86. Artículo 83 Determinación del Fondo Complementario de Financiación del año base 2004 de los municipios que se incluirán por vez primera en el modelo de cesión de recaudación de impuestos del Estado
  87. Artículo 84
  88. Artículo 85 Régimen jurídico y saldos deudores
  89. Artículo 86 Cesión de rendimientos recaudatorios del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas: Determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva
  90. Artículo 87 Cesión de la recaudación líquida del Impuesto sobre el Valor Añadido: Determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva
  91. Artículo 88 Cesión de la recaudación líquida por Impuestos Especiales sobre el alcohol y bebidas alcohólicas: Determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva
  92. Artículo 89 Cesión de la recaudación líquida por Impuestos Especiales sobre Hidrocarburos y sobre las Labores del Tabaco: Determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva
  93. Artículo 90 Determinación de las entregas a cuenta
  94. Artículo 91 Liquidación definitiva
  95. Artículo 92 Participación de los municipios en los tributos del Estado para el ejercicio 2012
  96. Artículo 93 Entregas a cuenta
  97. Artículo 94 Cesión de rendimientos recaudatorios del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas: Determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva
  98. Artículo 95 Cesión de la recaudación líquida del Impuesto sobre el Valor Añadido: Determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva
  99. Artículo 96 Cesión de la recaudación líquida por Impuestos Especiales sobre el alcohol y bebidas alcohólicas: Determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva
  100. Artículo 97 Cesión de la recaudación líquida por Impuestos Especiales sobre Hidrocarburos y sobre las Labores del Tabaco: Determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva
  101. Artículo 98 Determinación de las entregas a cuenta
  102. Artículo 99 Liquidación definitiva
  103. Artículo 100 Determinación de las entregas a cuenta
  104. Artículo 101 Liquidación definitiva
  105. Artículo 102 Participación de los Territorios Históricos del País Vasco y Navarra en los tributos del Estado
  106. Artículo 103 Participación de las entidades locales de las Islas Canarias en los tributos del Estado
  107. Artículo 104 Participación de las Ciudades de Ceuta y de Melilla en los tributos del Estado
  108. Artículo 105 Subvenciones a las Entidades locales por servicios de transporte colectivo urbano
  109. Artículo 106 Compensación a los Ayuntamientos de los beneficios fiscales concedidos a las personas físicas o jurídicas en los tributos locales
  110. Artículo 107 Otras compensaciones y subvenciones a las Entidades locales
  111. Artículo 108 Anticipos a favor de los Ayuntamientos por desfases en la gestión recaudatoria de los tributos locales
  112. Artículo 109 Normas de gestión presupuestaria de determinados créditos a favor de las Entidades locales
  113. Artículo 110 Información a suministrar por las Corporaciones locales
  114. Artículo 111
  115. Artículo 112 Financiación de instituciones del municipio de Barcelona
  116. Artículo 113 Procedimientos de suministro de información de los presupuestos, previsiones contables y liquidaciones de las Entidades Locales
  117. Artículo 114 Entregas a cuenta del Fondo de Suficiencia Global
  118. Artículo 115 Liquidación definitiva de los recursos del Sistema de Financiación de las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía y participación en los Fondos de Convergencia
  119. Artículo 116 Transferencias a Comunidades Autónomas correspondientes al coste de los nuevos servicios traspasados
  120. Artículo 117 Pago de las entregas a cuenta de los recursos del sistema de financiación
  121. Artículo 118 Cancelación del anticipo de tesorería concedido a la Comunidad Autónoma de Andalucía
  122. Artículo 119 Fondos de Compensación Interterritorial
  123. Artículo 120 Bases y tipos de cotización a la Seguridad Social, Desempleo, Protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional durante el año 2012
  124. Artículo 121 Cotización a derechos pasivos y a las Mutualidades Generales de Funcionarios para el año 2012
  125. Disposición adicional primera Prestaciones familiares de la Seguridad Social
  126. Disposición adicional segunda Subsidios económicos de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de los Minusválidos, y pensiones asistenciales
  127. Disposición adicional tercera Ayudas sociales a los afectados por el Virus de Inmunodeficiencia Humana (V.I.H.)
  128. Disposición adicional cuarta Revalorización de las prestaciones de gran invalidez del Régimen Especial de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas
  129. Disposición adicional quinta Actualización de la cuantía de la prestación económica establecida por la Ley 3/2005, de 18 de marzo
  130. Disposición adicional sexta Reducción de cuotas para el mantenimiento del empleo
  131. Disposición adicional septima
  132. Disposición adicional octava Bases y tipos de cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes en el Régimen Especial para la Minería del Carbón, durante el año 1990
  133. Disposición adicional novena Afectación de ingresos al Fondo de Cohesión Sanitaria
  134. Disposición adicional decima Pago de deudas con la Seguridad Social de instituciones sanitarias cuya titularidad ostenten las Administraciones Públicas o instituciones sin ánimo de lucro
  135. Disposición adicional undecima Retribuciones de los cargos directivos y restante personal de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social y de sus entidades y centros mancomunados
  136. Disposición adicional duodecima Gestión de las acciones, medidas y programas establecidos en la letra h) del artículo 13 de la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo
  137. Disposición adicional vigesima Afectación de la recaudación de las tasas de expedición del Documento Nacional de Identidad y Pasaportes
  138. Disposición adicional vigesimaprimera
  139. Disposición adicional vigesimasegunda
  140. Disposición adicional vigesimatercera
  141. Disposición adicional vigesimacuarta
  142. Disposición adicional vigesimaquinta
  143. Disposición adicional vigesimasexta
  144. Disposición adicional vigesimaseptima
  145. Disposición adicional vigesimaoctava
  146. Disposición adicional vigesimanovena
  147. Disposición adicional trigesima Suscripción de convenios con Comunidades Autónomas que incumplan su objetivo de estabilidad presupuestaria
  148. Disposición adicional trigesimaprimera
  149. Disposición adicional trigesimasegunda
  150. Disposición adicional trigesimatercera
  151. Disposición adicional trigesimacuarta
  152. Disposición adicional trigesimaquinta
  153. Disposición adicional trigesimasexta
  154. Disposición adicional trigesimaseptima
  155. Disposición adicional trigesimaoctava
  156. Disposición adicional trigesimanovena
  157. Disposición adicional cuadragesima Suspensión de la aplicación de determinados preceptos de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de dependencia
  158. Disposición adicional cuadragesimaprimera
  159. Disposición transitoria primera Indemnización por residencia del personal al servicio del sector público estatal
  160. Disposición transitoria segunda Complementos personales y transitorios
  161. Disposición transitoria tercera Contratación de inversiones por parte de las entidades públicas empresariales y sociedades mercantiles estatales
  162. Disposición transitoria cuarta Compensación fiscal por deducción en adquisición de vivienda habitual en 2011
  163. Disposición transitoria quinta Compensación fiscal por percepción de determinados rendimientos del capital mobiliario con período de generación superior a dos años en 2011
  164. Disposición transitoria sexta Obligaciones pendientes de abono de las asignaciones financieras a favor de la ONCE del ejercicio 2011
  165. Disposición transitoria septima Vigencia de disposiciones reglamentarias
  166. Disposición transitoria octava Normas transitorias en materia de bonificaciones al transporte marítimo y aéreo
  167. Disposición derogatoria primera Derogación del artículo 62 de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social
  168. Disposición derogatoria segunda Derogación de la compensación por el extracoste de generación de energía eléctrica insular y extrapeninsular
  169. Disposición derogatoria tercera Derogación del artículo 9 de la Ley 24/2001, de 27 de diciembre
  170. Disposición derogatoria cuarta Derogación normativa
  171. Disposición final primera
  172. Disposición final segunda Modificación del texto refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado, aprobado por Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril
  173. Disposición final tercera Modificación del texto refundido de la Ley sobre Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, aprobado por Real Decreto-legislativo 1/2000, de 9 de junio
  174. Disposición final cuarta Modificación de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas
  175. Disposición final quinta Modificación de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria
  176. Disposición final sexta Porcentajes de cesión de rendimientos recaudatorios de impuestos estatales a favor de las Entidades locales
  177. Disposición final septima Modificación del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo
  178. Disposición final octava Modificación de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia
  179. Disposición final novena Modificación de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine
  180. Disposición final decima Reintegros de los saldos deudores resultantes a cargo de las Entidades locales en las liquidaciones definitivas de la participación en tributos del Estado de los años 2008 y 2009
  181. Disposición final undecima Modificación de la Ley 9/2009, de 6 de octubre, de ampliación de la duración del permiso de paternidad en los casos de nacimiento, adopción o acogida
  182. Disposición final duodecima
  183. Disposición final vigesima Modificación de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales
  184. Disposición final vigesimaprimera
  185. Disposición final vigesimasegunda
  186. Disposición final vigesimatercera
  187. Disposición final vigesimacuarta
  188. Disposición final vigesimaquinta
  189. Disposición final vigesimasexta
  190. Disposición final vigesimaseptima
  191. Disposición final vigesimaoctava
  192. Disposición final vigesimanovena
  193. Disposición final trigesima Modificación de la Ley 42/1999, de 25 de noviembre, de Régimen del Personal del Cuerpo de la Guardia Civil
  194. Disposición final trigesimaprimera
  195. Disposición final trigesimasegunda
  196. Disposición final trigesimatercera
  197. Disposición final trigesimacuarta
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Inteligencia jurídica con fuentes verificables, por Datons.

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