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Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral.

Ley 3/2012es-law-2012-07-06-3

  1. Preámbulo Preámbulo
  2. Artículo 1 Intermediación laboral
  3. Artículo 2 Formación profesional
  4. Artículo 3 Reducciones de cuotas en los contratos para la formación y el aprendizaje
  5. Artículo 4 Contrato de trabajo por tiempo indefinido de apoyo a los emprendedores
  6. Artículo 5 Contrato a tiempo parcial
  7. Artículo 6 Trabajo a distancia
  8. Artículo 7 Bonificaciones de cuotas por transformación de contratos en prácticas, de relevo y de sustitución en indefinidos
  9. Artículo 8 Clasificación profesional
  10. Artículo 9 Tiempo de trabajo
  11. Artículo 10 Movilidad funcional
  12. Artículo 11 Movilidad geográfica
  13. Artículo 12 Modificación sustancial de condiciones de trabajo
  14. Artículo 13 Suspensión del contrato o reducción de la jornada por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción o derivadas de fuerza mayor
  15. Artículo 14 Negociación colectiva
  16. Artículo 15 Medidas de apoyo a la suspensión de contratos y a la reducción de jornada
  17. Artículo 16 Reposición del derecho a la prestación por desempleo
  18. Artículo 17 Suspensión temporal de la aplicación del artículo 15.5 del Estatuto de los Trabajadores
  19. Artículo 18 Extinción del contrato de trabajo
  20. Artículo 19 Fondo de Garantía Salarial
  21. Artículo 20 De la jurisdicción y de la competencia
  22. Artículo 21 De los actos procesales
  23. Artículo 22 De la evitación del proceso
  24. Artículo 23 De las modalidades procesales
  25. Artículo 24 De los medios de impugnación
  26. Artículo 25 De la ejecución de sentencias
  27. Disposición adicional primera Financiación, aplicación y control de las bonificaciones y reducciones de las cotizaciones sociales
  28. Disposición adicional segunda Aplicación del despido por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción en el Sector Público
  29. Disposición adicional tercera Aplicación del artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores en el Sector Público
  30. Disposición adicional cuarta Control de la incapacidad temporal y Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales
  31. Disposición adicional quinta Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos
  32. Disposición adicional sexta Medidas de apoyo a la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos
  33. Disposición adicional séptima Normas aplicables en las entidades de crédito
  34. Disposición adicional octava Especialidades de los contratos mercantiles y de alta dirección del sector público estatal
  35. Disposición adicional novena Adaptación de los convenios colectivos al nuevo sistema de clasificación profesional
  36. Disposición adicional décima Nueva regulación del Servicio del Hogar Familiar
  37. Disposición adicional undécima Bonificaciones por nuevas altas de familiares colaboradores de trabajadores autónomos
  38. Disposición adicional duodécima Medidas de apoyo a la prolongación del periodo de actividad de los trabajadores con contratos fijos discontinuos en los sectores de turismo, comercio vinculado al mismo y hostelería
  39. Disposición adicional decimotercera Actualización y revisión de la regulación del régimen de las empresas de inserción
  40. Disposición adicional decimocuarta Evaluación de las medidas adoptadas en el mercado de trabajo para hacer frente a la crisis y al desempleo
  41. Disposición adicional decimoquinta Evaluación continuada de las políticas activas
  42. Disposición adicional decimosexta Infracciones muy graves en la intermediación laboral
  43. Disposición adicional decimoséptima Racionalización de horarios
  44. Disposición adicional decimoctava Extinción por causas objetivas de determinados contratos en las entidades sin ánimo de lucro
  45. Disposición transitoria primera Régimen transitorio de actuación de las empresas de trabajo temporal como agencias de colocación
  46. Disposición transitoria segunda Bonificaciones en contratos vigentes
  47. Disposición transitoria tercera Normas relativas a la reposición de las prestaciones por desempleo
  48. Disposición transitoria cuarta Vigencia de los convenios denunciados
  49. Disposición transitoria quinta Indemnizaciones por despido improcedente
  50. Disposición transitoria sexta Contratos de fomento de la contratación indefinida celebrados antes del 12 de febrero de 2012
  51. Disposición transitoria séptima Actividad formativa y su financiación en los contratos para la formación y el aprendizaje vigentes
  52. Disposición transitoria octava Actividad formativa y su financiación en los contratos para la formación y el aprendizaje celebrados a partir del 12 de febrero de 2012
  53. Disposición transitoria novena Celebración de contratos para la formación y el aprendizaje y contratos de trabajo por tiempo indefinido de apoyo a los emprendedores en relación con la tasa de desempleo
  54. Disposición transitoria décima Régimen aplicable a los expedientes de regulación de empleo en tramitación o con vigencia en su aplicación a 12 de febrero de 2012
  55. Disposición transitoria undécima Normas relativas a la modalidad procesal del artículo 124 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social
  56. Disposición transitoria duodécima Normas transitorias sobre las aportaciones económicas de las empresas con beneficios que realicen despidos colectivos
  57. Disposición transitoria decimotercera Reducciones de cuotas en los contratos para la formación
  58. Disposición transitoria decimocuarta Normas transitorias en relación con los despidos colectivos que afecten a trabajadores de cincuenta o más años en empresas con beneficios
  59. Disposición transitoria decimoquinta Normas transitorias en relación con las cláusulas de los convenios colectivos referidas al cumplimiento de la edad ordinaria de jubilación
  60. Disposición derogatoria única Alcance de la derogación normativa
  61. Disposición final primera Modificaciones en materia de conciliación de la vida laboral y familiar
  62. Disposición final segunda Cuenta de formación
  63. Disposición final tercera Cheque formación
  64. Disposición final cuarta Medidas para favorecer el mantenimiento del empleo de los trabajadores de más edad
  65. Disposición final quinta Modificaciones del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio
  66. Disposición final sexta Modificaciones del Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto
  67. Disposición final séptima Modificación del Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo
  68. Disposición final octava Forma del contrato
  69. Disposición final novena Incapacidad temporal en los programas de empleo y formación
  70. Disposición final décima Modificación de la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo
  71. Disposición final undécima
  72. Disposición final duodécima Aplicación de acciones y medidas de políticas activas de empleo contempladas en la normativa estatal en el ámbito de la Estrategia Española de Empleo 2012-2014
  73. Disposición final decimotercera
  74. Disposición final decimocuarta Modificaciones en materia de bonificaciones por la contratación de víctimas del terrorismo, víctimas de violencia de género o violencia doméstica y trabajadores en situación de exclusión social
  75. Disposición final decimoquinta Derechos laborales de las víctimas del terrorismo
  76. Disposición final decimosexta Ley de promoción de la inclusión laboral de personas con discapacidad
  77. Disposición final decimoséptima Modificación del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo
  78. Disposición final decimoctava Fundamento constitucional
  79. Disposición final decimonovena Facultades de desarrollo
  80. Disposición final vigésima Modificación de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social
  81. Disposición final vigésima primera
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