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Ley 9/2012, de 14 de noviembre, de reestructuración y resolución de entidades de crédito.

Ley 9/2012es-law-2012-11-14-9

  1. Preámbulo Preámbulo
  2. Artículo 1 Objeto
  3. Artículo 2 Definiciones
  4. Artículo 3 Objetivos de la reestructuración y resolución
  5. Artículo 4 Principios de la reestructuración y resolución
  6. Artículo 5 Valoración
  7. Artículo 6 Condiciones para la actuación temprana
  8. Artículo 7 Plan de actuación
  9. Artículo 8 Contenido del plan de actuación
  10. Artículo 9 Medidas de actuación temprana
  11. Artículo 10 Sustitución provisional del órgano de administración como medida de actuación temprana
  12. Artículo 11 Seguimiento del plan de actuación e información al Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria
  13. Artículo 12 Finalización de la situación de actuación temprana
  14. Artículo 13 Condiciones para la reestructuración
  15. Artículo 14 Plan de reestructuración
  16. Artículo 15 Instrumentos de reestructuración
  17. Artículo 16 Contenido del plan de reestructuración
  18. Artículo 17 Seguimiento del plan de reestructuración e información al Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria
  19. Artículo 18 Finalización del proceso de reestructuración
  20. Artículo 19 Condiciones para la resolución
  21. Artículo 20 Concepto de entidad inviable
  22. Artículo 21 Apertura del proceso de resolución
  23. Artículo 22 Sustitución del órgano de administración como medida de resolución
  24. Artículo 23 Plan de resolución
  25. Artículo 24 Medidas preliminares
  26. Artículo 25 Instrumentos de resolución
  27. Artículo 26 Venta del negocio de la entidad
  28. Artículo 27 Banco puente
  29. Artículo 28 Instrumentos de apoyo financiero
  30. Artículo 29 Instrumentos de recapitalización
  31. Artículo 30 Valor económico de la entidad y pago de los instrumentos de recapitalización
  32. Artículo 31 Acciones ordinarias o aportaciones al capital social
  33. Artículo 32 Instrumentos convertibles en acciones ordinarias o aportaciones al capital social
  34. Artículo 33 Régimen especial de la suscripción o adquisición por parte del FROB de los instrumentos de recapitalización
  35. Artículo 34 Conversión y desinversión de los instrumentos convertibles en acciones ordinarias o aportaciones al capital social
  36. Artículo 35 Sociedad de gestión de activos
  37. Artículo 36 Régimen de la transmisión de activos
  38. Artículo 37 Régimen sancionador de la sociedad de gestión de activos y sustitución provisional del órgano de administración
  39. Artículo 38 Régimen de supervisión de las sociedades de gestión de activos
  40. Artículo 39 Acciones de gestión de instrumentos híbridos de capital y de deuda subordinada
  41. Artículo 40 Tipos de acciones de gestión de instrumentos híbridos de capital y de deuda subordinada
  42. Artículo 41 Valor de mercado
  43. Artículo 42 Publicidad de las acciones de gestión de instrumentos híbridos de capital y de deuda subordinada
  44. Artículo 43 Gestión de instrumentos híbridos de capital y de deuda subordinada por el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria
  45. Artículo 44 Contenido de las acciones de gestión de instrumentos híbridos de capital y de deuda subordinada que acuerde el FROB
  46. Artículo 45 Criterios de valoración
  47. Artículo 46 Aprobación de la acción de gestión de instrumentos híbridos de capital y de deuda subordinada
  48. Artículo 47 Publicidad y fecha de efectos del acuerdo del FROB
  49. Artículo 48 Modificación de una acción de gestión de instrumentos híbridos de capital y de deuda subordinada
  50. Artículo 49 Derechos de los inversores afectados por una acción de gestión de instrumentos híbridos de capital y de deuda subordinada
  51. Artículo 50 Derechos de terceros
  52. Artículo 51 Régimen sancionador
  53. Artículo 52 Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria
  54. Artículo 53 Financiación
  55. Artículo 54 Gobierno del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria
  56. Artículo 55 Director General del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria
  57. Artículo 56 Control parlamentario
  58. Artículo 57 Cooperación y coordinación con otras autoridades competentes nacionales
  59. Artículo 58 Cooperación y coordinación con otras autoridades competentes internacionales
  60. Artículo 59 Deber de secreto
  61. Artículo 60 Aplicación de la normativa de competencia
  62. Artículo 61 Adopción de recomendaciones internacionales
  63. Artículo 62 Facultades del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria
  64. Artículo 63 Facultades mercantiles
  65. Artículo 64 Facultades administrativas generales
  66. Artículo 65 Carácter ejecutivo de las medidas
  67. Artículo 66 Otras condiciones aplicables
  68. Artículo 67 Condiciones aplicables a las operaciones financieras y acuerdos de compensación contractual
  69. Artículo 68 Medidas de urgencia
  70. Artículo 69 Publicidad
  71. Artículo 70 Facultades de suspensión de contratos y garantías
  72. Artículo 71 Recurso contra las decisiones y acuerdos del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria adoptadas con arreglo al artículo 63 de esta Ley
  73. Artículo 72 Especialidades del recurso contra las decisiones y actos administrativos dictados en el marco de procesos de actuación temprana, reestructuración y resolución
  74. Artículo 73 Especialidades del recurso contra las decisiones y actos administrativos dictados en materia de gestión de instrumentos híbridos de capital y de deuda subordinada
  75. Artículo 74 Imposibilidad de ejecución de sentencia dictada en los recursos contencioso-administrativos a que se refieren los artículos 72 y 73 de esta Ley
  76. Disposición adicional primera Dotación del FROB
  77. Disposición adicional segunda Ingresos anticipados del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria al Tesoro Público
  78. Disposición adicional tercera Constitución y régimen de las actuaciones de la Intervención Delegada de la Intervención General de la Administración del Estado en el FROB
  79. Disposición adicional cuarta Beneficios fiscales en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados para operaciones del FROB
  80. Disposición adicional quinta Efectos de los procesos de actuación temprana, reestructuración y de resolución sobre la continuidad de las actividades de las entidades de crédito
  81. Disposición adicional sexta Régimen jurídico del otorgamiento de avales en garantía de las obligaciones económicas exigibles al Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria
  82. Disposición adicional séptima Creación de la Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria
  83. Disposición adicional octava Activos a transmitir a la Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria
  84. Disposición adicional novena Entidades obligadas a transmitir Activos a la Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria
  85. Disposición adicional décima Patrimonios separados
  86. Disposición adicional undécima Consecuencias de las pérdidas en que incurran las entidades de crédito controladas por el FROB en relación con su patrimonio neto
  87. Disposición adicional duodécima Contratación por el trámite de emergencia en el FROB
  88. Disposición adicional decimotercera Comercialización a minoristas de participaciones preferentes, instrumentos de deuda convertibles y financiaciones subordinadas computables como recursos propios
  89. Disposición adicional decimocuarta Referencias al Real Decreto-ley 9/2009, de 26 de junio, sobre reestructuración bancaria y reforzamiento de los recursos propios de las entidades de crédito
  90. Disposición adicional decimoquinta Régimen especial de transformación de las sociedades gestoras de titulización en sociedades gestoras de FAB
  91. Disposición adicional decimosexta Concesión de un crédito extraordinario en el Presupuesto del Ministerio de Economía y Competitividad
  92. Disposición adicional decimoséptima Régimen fiscal de los Fondos de Activos Bancarios y de sus partícipes
  93. Disposición adicional decimoctava Costes de personal y la Comisión de Seguimiento de la Sociedad de gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria
  94. Disposición adicional decimonovena Informe sobre las retribuciones de las entidades de crédito en proceso de reestructuración o resolución
  95. Disposición adicional vigésima Modificación del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital
  96. Disposición adicional vigésima primera
  97. Disposición adicional vigésima segunda
  98. Disposición transitoria primera Procesos de reestructuración en curso
  99. Disposición transitoria segunda Procedimientos sancionadores y de autorización en curso
  100. Disposición transitoria tercera Apoyos financieros recibidos
  101. Disposición transitoria cuarta Plan general de viabilidad
  102. Disposición transitoria quinta Régimen de aportación de activos de la Ley 8/2012, de 30 de octubre, sobre saneamiento y venta de los activos inmobiliarios del sector financiero
  103. Disposición transitoria sexta Requerimientos de capital principal hasta 31 de diciembre de 2012
  104. Disposición derogatoria unica
  105. Disposición final primera Modificación de la Ley 13/1985, de 25 de mayo, de Coeficientes de Inversión, Recursos Propios y Obligaciones de Información de los Intermediarios Financieros
  106. Disposición final segunda Modificación del Real Decreto Legislativo 1298/1986, de 28 de junio, sobre Adaptación del Derecho vigente en materia de Entidades de Crédito al de las Comunidades Europeas
  107. Disposición final tercera Modificación de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores
  108. Disposición final cuarta Modificación de la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito
  109. Disposición final quinta Modificación de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa
  110. Disposición final sexta Modificación de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal
  111. Disposición final séptima Modificación del Real Decreto-ley 2/2011, de 18 de febrero, para el reforzamiento del sistema financiero
  112. Disposición final octava Modificación del Real Decreto-ley 16/2011, de 14 de octubre, por el que se crea el Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito
  113. Disposición final novena Modificación del Real Decreto-ley 2/2012, de 3 de febrero, de saneamiento del sector financiero
  114. Disposición final décima Modificación de la Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2012
  115. Disposición final undécima Modificación del Real Decreto-ley 21/2012, de 13 de julio, de medidas de liquidez de las Administraciones públicas y en el ámbito financiero
  116. Disposición final duodécima Modificación de la Ley 41/1999, de 12 de noviembre, sobre sistemas de pagos y de liquidación de valores
  117. Disposición final decimotercera Modificación del Real Decreto-ley 11/2010, de 9 de julio, de órganos de gobierno y otros aspectos del régimen jurídico de las Cajas de Ahorro
  118. Disposición final decimocuarta Modificación de la Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de medidas de reforma del sistema financiero
  119. Disposición final decimoquinta Modificación del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre
  120. Disposición final decimosexta Modificación del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo
  121. Disposición final decimoséptima Modificación del Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades
  122. Disposición final decimoctava Régimen jurídico aplicable a las garantías constituidas a favor del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria y del Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito
  123. Disposición final decimonovena Títulos competenciales
  124. Disposición final vigésima Facultad de desarrollo
  125. Disposición final vigésima primera
  126. Disposición final vigésima segunda
Citenza

Inteligencia jurídica con fuentes verificables, por Datons.

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