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Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014.

Ley 22/2013es-law-2013-12-23-2226 dic 2013

Tasas

  1. Preámbulo Preámbulo
  2. Artículo 1 Ámbito de los Presupuestos Generales del Estado
  3. Artículo 2 De la aprobación de los estados de gastos e ingresos de los Entes referidos en las letras a) a e) del artículo 1 de la presente ley
  4. Artículo 3 De los beneficios fiscales
  5. Artículo 4 De la financiación de los créditos aprobados en el artículo 2 de la presente ley
  6. Artículo 5 De los presupuestos de los Entes referidos en las letras f), g), h), i) y j) del artículo 1 de esta Ley
  7. Artículo 6 Presupuesto del Banco de España
  8. Artículo 7 Presupuesto de los Consorcios de la disposición adicional novena de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria
  9. Artículo 8 Principios generales
  10. Artículo 9 Créditos vinculantes
  11. Artículo 10 Competencias específicas en materia de modificaciones presupuestarias
  12. Artículo 11 De las limitaciones presupuestarias
  13. Artículo 12 De las ampliaciones e incorporaciones de crédito
  14. Artículo 13 De la Seguridad Social
  15. Artículo 14 Información a las Cortes Generales en materia de inversión y gasto público
  16. Artículo 15 Módulo económico de distribución de fondos públicos para sostenimiento de centros concertados
  17. Artículo 16 Autorización de los costes de personal de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED)
  18. Artículo 17 Competencias específicas en materia de modificaciones presupuestarias del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria y del Instituto de Mayores y Servicios Sociales
  19. Artículo 18 Aplicación de remanentes de tesorería en el presupuesto del Instituto de Mayores y Servicios Sociales
  20. Artículo 19 Agencia Estatal de Administración Tributaria
  21. Artículo 20 Bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica en materia de gastos de personal al servicio del sector público
  22. Artículo 21 Oferta de empleo público u otro instrumento similar de gestión de la provisión de necesidades de personal
  23. Artículo 22 Retribuciones de los Altos Cargos del Gobierno de la Nación, de sus Órganos consultivos, de la Administración General del Estado y otro personal directivo
  24. Artículo 23 Retribuciones de los miembros del Consejo General del Poder Judicial, del Tribunal Constitucional y del Tribunal de Cuentas
  25. Artículo 24
  26. Artículo 25 Personal laboral del sector público estatal
  27. Artículo 26 Retribuciones del personal de las Fuerzas Armadas
  28. Artículo 27 Retribuciones del personal del Cuerpo de la Guardia Civil
  29. Artículo 28 Retribuciones del personal del Cuerpo Nacional de Policía
  30. Artículo 29 Retribuciones de los miembros de las Carreras Judicial y Fiscal, de los del Cuerpo de Secretarios Judiciales y del personal al servicio de la Administración de Justicia
  31. Artículo 30 Retribuciones del personal estatutario y del personal de la Seguridad Social no estatutario
  32. Artículo 31 Prohibición de ingresos atípicos
  33. Artículo 32 Recompensas, cruces, medallas y pensiones de mutilación
  34. Artículo 33 Otras normas comunes
  35. Artículo 34 Requisitos para la determinación o modificación de retribuciones del personal laboral y no funcionario
  36. Artículo 35 Contratación de personal laboral con cargo a los créditos de inversiones
  37. Artículo 36 Competencia del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas en materia de costes del personal al servicio del sector público
  38. Artículo 37 Revalorización de pensiones
  39. Artículo 38 Determinación inicial de las pensiones del Régimen de Clases Pasivas del Estado
  40. Artículo 39 Determinación inicial de las pensiones especiales de guerra
  41. Artículo 40 Limitación del señalamiento inicial de las pensiones públicas
  42. Artículo 41 Revalorización y modificación de los valores de las pensiones públicas
  43. Artículo 42 Pensiones no revalorizables
  44. Artículo 43 Limitación del importe de la revalorización de las pensiones públicas
  45. Artículo 44 Reconocimiento de complementos para mínimos en las pensiones de Clases Pasivas
  46. Artículo 45 Reconocimiento de los complementos para mínimos en las pensiones de la Seguridad Social
  47. Artículo 46 Determinación inicial y revalorización de las pensiones no contributivas de la Seguridad Social
  48. Artículo 47 Pensiones del extinguido Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez
  49. Artículo 48 Deuda Pública
  50. Artículo 49 Operaciones de crédito autorizadas a organismos públicos
  51. Artículo 50 Autorización de operaciones de endeudamiento del Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores
  52. Artículo 51
  53. Artículo 52 Recursos ajenos del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria
  54. Artículo 53 Importe de los Avales del Estado
  55. Artículo 54 Avales para garantizar valores de renta fija emitidos por Fondos de Titulización de activos
  56. Artículo 55 Avales de las entidades públicas empresariales y sociedades mercantiles estatales
  57. Artículo 56 Información sobre avales públicos otorgados
  58. Artículo 57 Fondo de Cooperación para la Promoción del Desarrollo (FONPRODE)
  59. Artículo 58 Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento (FCAS)
  60. Artículo 59 Fondo para la Internacionalización de la Empresa (FIEM)
  61. Artículo 60 Reembolsos del Estado al Instituto de Crédito Oficial
  62. Artículo 61 Adquisición de acciones y participaciones de Organismos Financieros Multilaterales
  63. Artículo 62 Coeficientes de actualización del valor de adquisición
  64. Artículo 63 Reducción del rendimiento neto de actividades económicas por mantenimiento o creación de empleo
  65. Artículo 64 Gravamen complementario a la cuota íntegra estatal
  66. Artículo 65 Gastos e inversiones para habituar a los empleados en la utilización de las nuevas tecnologías de la comunicación y de la información
  67. Artículo 66 Coeficientes de corrección monetaria
  68. Artículo 67
  69. Artículo 68 Pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades
  70. Artículo 69 Régimen de las rentas derivadas de la transmisión
  71. Artículo 70 Tipo de gravamen reducido en el Impuesto sobre Sociedades por mantenimiento o creación de empleo
  72. Artículo 71 Tipo de gravamen del Impuesto
  73. Artículo 72 Impuesto sobre el Patrimonio durante 2014
  74. Artículo 73 Coeficientes de actualización de valores catastrales del artículo 32.2 del Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario
  75. Artículo 74 Exenciones en operaciones interiores
  76. Artículo 75 Lugar de realización de las prestaciones de servicios
  77. Artículo 76 Devengo en operaciones intracomunitarias
  78. Artículo 77 Rectificación de cuotas impositivas repercutidas
  79. Artículo 78 La prorrata general
  80. Artículo 79 Procedimientos administrativos y judiciales de ejecución forzosa
  81. Artículo 80 Escala por transmisiones y rehabilitaciones de grandezas y títulos nobiliarios
  82. Artículo 81 Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte
  83. Artículo 82 Tasas
  84. Artículo 83 Tasas en materia de telecomunicaciones
  85. Artículo 84 Tasas de la Jefatura Central de Tráfico: Permisos para la conducción
  86. Artículo 85 Tasa de aproximación
  87. Artículo 86 Prestaciones Patrimoniales de carácter público de «Aena Aeropuertos, S.A.»
  88. Artículo 87 Bonificaciones aplicables en los puertos de interés general a las tasas de ocupación, del buque, del pasaje y de la mercancía
  89. Artículo 88 Coeficientes correctores de aplicación a las tasas del buque, del pasaje y de la mercancía en los puertos de interés general
  90. Artículo 89 Tipo de gravamen a la tasa de ocupación
  91. Artículo 90 Tipo de gravamen a la Tasa de actividad
  92. Artículo 91 Tasa a la mercancía: transporte ferroviario
  93. Artículo 92 Cuantías básicas de las tasas aplicables al sistema portuario de interés general
  94. Artículo 93 Cuantía de los cánones ferroviarios
  95. Artículo 94 Tasas de la Propiedad Industrial: Patentes
  96. Artículo 95 Actualización de los precios básicos del canon de control de vertidos
  97. Artículo 96 Tasa del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas por emisión de informes de auditoría de cuentas
  98. Artículo 97 Régimen jurídico y saldos deudores
  99. Artículo 98 Cesión de rendimientos recaudatorios del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas: Determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva
  100. Artículo 99 Cesión de la recaudación líquida del Impuesto sobre el Valor Añadido: Determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva
  101. Artículo 100 Cesión de la recaudación líquida por Impuestos Especiales sobre el alcohol y bebidas alcohólicas: Determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva
  102. Artículo 101 Cesión de la recaudación líquida por Impuestos Especiales sobre Hidrocarburos y sobre las Labores del Tabaco: Determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva
  103. Artículo 102 Determinación de las entregas a cuenta
  104. Artículo 103 Liquidación definitiva
  105. Artículo 104 Participación de los municipios en los tributos del Estado para el ejercicio 2014
  106. Artículo 105 Entregas a cuenta
  107. Artículo 106 Cesión de rendimientos recaudatorios del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas: Determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva
  108. Artículo 107 Cesión de la recaudación líquida del Impuesto sobre el Valor Añadido: Determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva
  109. Artículo 108 Cesión de la recaudación líquida por Impuestos Especiales sobre el alcohol y bebidas alcohólicas: Determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva
  110. Artículo 109 Cesión de la recaudación líquida por Impuestos Especiales sobre Hidrocarburos y sobre las Labores del Tabaco: Determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva
  111. Artículo 110 Determinación de las entregas a cuenta
  112. Artículo 111 Liquidación definitiva
  113. Artículo 112 Determinación de las entregas a cuenta
  114. Artículo 113 Liquidación definitiva
  115. Artículo 114 Participación de los Territorios Históricos del País Vasco y Navarra en los tributos del Estado
  116. Artículo 115 Participación de las entidades locales de las Islas Canarias en los tributos del Estado
  117. Artículo 116 Participación de las Ciudades de Ceuta y de Melilla en los tributos del Estado
  118. Artículo 117 Subvenciones a las Entidades locales por servicios de transporte colectivo urbano
  119. Artículo 118 Compensación a los Ayuntamientos de los beneficios fiscales concedidos a las personas físicas o jurídicas en los tributos locales
  120. Artículo 119 Otras compensaciones y subvenciones a las Entidades locales
  121. Artículo 120 Anticipos a favor de los Ayuntamientos por desfases en la gestión recaudatoria de los tributos locales
  122. Artículo 121 Normas de gestión presupuestaria de determinados créditos a favor de las Entidades locales
  123. Artículo 122 Información a suministrar por las Corporaciones locales
  124. Artículo 123
  125. Artículo 124 Entregas a cuenta del Fondo de Suficiencia Global
  126. Artículo 125 Liquidación definitiva de los recursos del Sistema de Financiación de las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía y participación en los Fondos de Convergencia
  127. Artículo 126 Transferencias a Comunidades Autónomas correspondientes al coste de los nuevos servicios traspasados
  128. Artículo 127 Fondos de Compensación Interterritorial
  129. Artículo 128 Bases y tipos de cotización a la Seguridad Social, Desempleo, Protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional durante el año 2014
  130. Artículo 129 Cotización a derechos pasivos y a las Mutualidades Generales de Funcionarios para el año 2014
  131. Disposición adicional primera Concesión de subvenciones o suscripción de convenios con Comunidades Autónomas que incumplan su objetivo de estabilidad presupuestaria, de deuda pública o de la regla de gasto
  132. Disposición adicional segunda Préstamos y anticipos financiados con cargo a los Presupuestos Generales del Estado
  133. Disposición adicional tercera Centralización de créditos
  134. Disposición adicional cuaa Incorporación de remanentes de tesorería del organismo autónomo Instituto Nacional de Administración Pública
  135. Disposición adicional quinta Modificación del plazo previsto en la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, en relación con el Inventario de Bienes Muebles de la Iglesia
  136. Disposición adicional sexta
  137. Disposición adicional septima Ampliación del plazo de cancelación de préstamos otorgados a la Seguridad Social
  138. Disposición adicional octava Subvenciones estatales anuales para gastos de funcionamiento y de seguridad de partidos políticos para 2014
  139. Disposición adicional novena Patrocinio de la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado, S.A. con entidades que realicen actividades de carácter social, cultural y deportivo
  140. Disposición adicional decima Normas de ejecución presupuestaria del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial (CDTI)
  141. Disposición adicional vigesima Contratación de personal de las sociedades mercantiles públicas en 2014
  142. Disposición adicional vigesimaprimera
  143. Disposición adicional vigesimasegunda
  144. Disposición adicional vigesimatercera
  145. Disposición adicional vigesimacuaa
  146. Disposición adicional vigesimaquinta
  147. Disposición adicional vigesimasexta
  148. Disposición adicional vigesimaseptima
  149. Disposición adicional vigesimaoctava
  150. Disposición adicional vigesimanovena
  151. Disposición adicional trigesima Régimen de Protección Social de los Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles
  152. Disposición adicional trigesimaprimera
  153. Disposición adicional trigesimasegunda
  154. Disposición adicional trigesimatercera
  155. Disposición adicional trigesimacuaa
  156. Disposición adicional trigesimaquinta
  157. Disposición adicional trigesimasexta
  158. Disposición adicional trigesimaseptima
  159. Disposición adicional trigesimaoctava
  160. Disposición adicional trigesimanovena
  161. Disposición adicional cuadragesima Apoyo financiero a emprendedores y empresas TIC- Agenda Digital
  162. Disposición adicional cuadragesimaprimera
  163. Disposición transitoria primera Indemnización por residencia del personal al servicio del sector público estatal
  164. Disposición transitoria segunda Complementos personales y transitorios
  165. Disposición transitoria tercera Asociación y adhesión a las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social
  166. Disposición transitoria cuaa Compensación fiscal por percepción de determinados rendimientos del capital mobiliario con período de generación superior a dos años en 2013
  167. Disposición transitoria quinta Régimen transitorio de la centralización de créditos
  168. Disposición transitoria sexta Aplicación de la disposición adicional sexagésima sexta del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio
  169. Disposición derogatoria primera Derogación de la Disposición adicional novena de la Ley 39/2010, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2011
  170. Disposición derogatoria segunda Derogación de la Disposición adicional trigésima segunda de la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013
  171. Disposición derogatoria tercera Derogación de la disposición adicional sexagésima quinta de la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013
  172. Disposición final primera Modificación del Texto Refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado, aprobado por Real Decreto legislativo 670/1987, de 30 de abril
  173. Disposición final segunda Modificación de la Ley 33/1987, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 1988
  174. Disposición final tercera Modificación de la Ley 7/1991, de 21 de marzo, por la que se crea el Instituto Cervantes
  175. Disposición final cuaa Modificación del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio
  176. Disposición final quinta Modificación del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores
  177. Disposición final sexta Modificación de la Ley 35/1995, de 11 de diciembre, de Ayudas y Asistencia a las víctimas de delitos violentos y contra la libertad sexual
  178. Disposición final septima Modificación de la Ley 5/1996, de 10 de enero, de creación de determinadas Entidades de Derecho Público
  179. Disposición final octava Modificación de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado
  180. Disposición final novena Modificación de la Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional para el Desarrollo
  181. Disposición final decima Modificación del Texto Refundido de la Ley sobre Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado, aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2000, de 23 de junio
  182. Disposición final vigesima Modificación de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia
  183. Disposición final vigesimaprimera
  184. Disposición final vigesimasegunda
  185. Disposición final vigesimatercera
  186. Disposición final vigesimacuaa
  187. Disposición final vigesimaquinta
  188. Disposición final vigesimasexta
  189. Disposición final vigesimaseptima
  190. Disposición final vigesimaoctava
  191. Disposición final vigesimanovena
  192. Disposición final trigesima Gestión de créditos presupuestarios en materia de Clases Pasivas
  193. Disposición final trigesimaprimera
  194. Disposición final trigesimasegunda
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