🇪🇸 España
550 unidades

Ley 14/2014, de 24 de julio, de Navegación Marítima.

Ley 14/2014es-law-2014-07-24-14

  1. Preámbulo Preámbulo
  2. Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación
  3. Artículo 2 Fuentes e interpretación
  4. Artículo 3 Navegación de buques de Estado y de guerra
  5. Artículo 4 Ámbito espacial de aplicación
  6. Artículo 5 Aplicación a buques nacionales
  7. Artículo 6 Aplicación a embarcaciones y artefactos navales
  8. Artículo 7 Entrada en puerto
  9. Artículo 8 Cierre de puertos
  10. Artículo 9 Arribada forzosa
  11. Artículo 10 Régimen general de visita y de estadía
  12. Artículo 11 Polizones
  13. Artículo 12 Jurisdicción sobre buques extranjeros
  14. Artículo 13 Buques de propulsión nuclear
  15. Artículo 14 Buques que transporten sustancias radioactivas
  16. Artículo 15 Buques que transporten mercancías peligrosas
  17. Artículo 16 Atraque, amarre y fondeo de buques inactivos
  18. Artículo 17 Empleo de medios radioelectrónicos a bordo
  19. Artículo 18 Despacho de buques
  20. Artículo 19 Régimen general de la navegación en los espacios marítimos españoles
  21. Artículo 20 Excepciones al régimen general de la navegación en los espacios marítimos españoles
  22. Artículo 21 Detención y fondeo
  23. Artículo 22 Exhibición del pabellón y submarinos
  24. Artículo 23 Régimen especial de navegación por la zona contigua
  25. Artículo 24 Navegación de buques pesqueros
  26. Artículo 25 Navegación de buques de investigación
  27. Artículo 26 Cese de las actividades de investigación
  28. Artículo 27 Reglas de rumbo y gobierno y navegación en zona de hielos
  29. Artículo 28 Publicidad de los peligros y ayudas a la navegación
  30. Artículo 29 Avisos de los capitanes
  31. Artículo 30 Sistemas de organización y sistemas de tráfico marítimo
  32. Artículo 31 Normas especiales para artefactos navales y plataformas fijas
  33. Artículo 32 Planes de preparación y lucha contra la contaminación
  34. Artículo 33 Obligación de notificar actos de contaminación
  35. Artículo 34 Colaboración internacional
  36. Artículo 35 Medidas especiales a adoptar en la zona contigua
  37. Artículo 36 Detenciones injustificadas e indemnización
  38. Artículo 37 Derecho de paso inocente
  39. Artículo 38 Cumplimiento de leyes y reglamentos
  40. Artículo 39 Prohibiciones
  41. Artículo 40 Buques que comporten riesgos especiales
  42. Artículo 41 Gravámenes a los buques extranjeros
  43. Artículo 42 Suspensión del paso inocente
  44. Artículo 43 Ejercicio de la jurisdicción civil
  45. Artículo 44 Ejercicio de la jurisdicción penal
  46. Artículo 45 Intervención a petición del capitán o cónsul
  47. Artículo 46 Notificación a un agente diplomático
  48. Artículo 47 Sobrevuelo de aeronaves extranjeras
  49. Artículo 48 Ejercicio del derecho de persecución y de visita
  50. Artículo 49 Conducción a puerto nacional
  51. Artículo 50 Inmunidad
  52. Artículo 51 Navegación por aguas interiores marítimas y entrada en puerto
  53. Artículo 52 Actividades prohibidas en el mar territorial
  54. Artículo 53 Submarinos de Estado
  55. Artículo 54 Medidas respecto a los buques de Estado extranjeros
  56. Artículo 55 Reglamentación especial
  57. Artículo 56 Buque
  58. Artículo 57 Embarcación
  59. Artículo 58 Artefacto naval
  60. Artículo 59 Plataforma fija
  61. Artículo 60 Naturaleza e identificación del buque
  62. Artículo 61 Accesorios
  63. Artículo 62 Negocios jurídicos y derechos sobre el buque
  64. Artículo 63 Adquisición del buque
  65. Artículo 64 Copropiedad de los vehículos de navegación
  66. Artículo 65 Registro y matrícula
  67. Artículo 66 Coordinación entre Registros
  68. Artículo 67 Legislación aplicable
  69. Artículo 68 Competencia
  70. Artículo 69 Bienes inscribibles
  71. Artículo 70 Objeto
  72. Artículo 71 Inscripción y cierre
  73. Artículo 72 Publicidad formal
  74. Artículo 73 Principio de titulación pública
  75. Artículo 74 Principio de legalidad
  76. Artículo 75 Principio de legitimación
  77. Artículo 76 Principio de fe pública registral
  78. Artículo 77 Principio de inoponibilidad
  79. Artículo 78 Documentación de los buques nacionales
  80. Artículo 79 Certificado de Matrícula
  81. Artículo 80 Patente de Navegación
  82. Artículo 81 Rol de Despacho y Dotación
  83. Artículo 82 Diario de Navegación
  84. Artículo 83 Cuaderno de Bitácora
  85. Artículo 84 Cuaderno de Máquinas
  86. Artículo 85 Forma de llevar los libros
  87. Artículo 86 Conservación de los libros
  88. Artículo 87 Publicidad de los libros
  89. Artículo 88 Abanderamiento de buques
  90. Artículo 89 Navegación con pabellón nacional
  91. Artículo 90 Efectos del abanderamiento
  92. Artículo 91 Prohibición de doble nacionalidad y de doble registro
  93. Artículo 92 Pérdida de nacionalidad de procedencia
  94. Artículo 93 Régimen de las garantías reales en caso de cambio definitivo de pabellón
  95. Artículo 94 Cambio temporal de pabellón
  96. Artículo 95 Comienzo y cese del abanderamiento temporal
  97. Artículo 96 Régimen de las garantías reales en caso de cambio temporal de pabellón
  98. Artículo 97 Requisitos de seguridad de los buques nacionales
  99. Artículo 98 Control de la seguridad de los buques
  100. Artículo 99 Coste de las inspecciones
  101. Artículo 100 Paralización del buque
  102. Artículo 101 Emisión de certificados de seguridad. Organizaciones autorizadas
  103. Artículo 102 Exhibición de los certificados
  104. Artículo 103 Efecto de los certificados
  105. Artículo 104 Inspección de buques extranjeros
  106. Artículo 105 Detención de buques extranjeros
  107. Artículo 106 Función y responsabilidad de las sociedades de clasificación
  108. Artículo 107 Inspección y certificación de artefactos navales
  109. Artículo 108 Concepto y régimen
  110. Artículo 109 Forma del contrato
  111. Artículo 110 Adquisición del dominio
  112. Artículo 111 Obligación de construir
  113. Artículo 112 Obligación de entrega y recepción
  114. Artículo 113 Responsabilidad del constructor
  115. Artículo 114 Pago del precio
  116. Artículo 115 Prescripción de acciones
  117. Artículo 116 Embarcaciones y artefactos navales
  118. Artículo 117 Objeto de la compraventa
  119. Artículo 118 Forma, adquisición de la propiedad y eficacia frente a terceros
  120. Artículo 119 Riesgos y saneamiento
  121. Artículo 120 Caducidad
  122. Artículo 121 Aplicación a otros supuestos
  123. Artículo 122 Régimen jurídico de los privilegios marítimos
  124. Artículo 123 Privilegios sobre la flota
  125. Artículo 124 Otros privilegios
  126. Artículo 125 Exclusión de los créditos de sustitución
  127. Artículo 126 Objeto de hipoteca
  128. Artículo 127 Efectos de la hipoteca
  129. Artículo 128 Constitución de la hipoteca
  130. Artículo 129 Modo de constitución
  131. Artículo 130 Personas autorizadas para la constitución
  132. Artículo 131 Hipoteca sobre buque en construcción
  133. Artículo 132 Contenido del documento de constitución
  134. Artículo 133 Contenido de la inscripción
  135. Artículo 134 Extensión de la hipoteca
  136. Artículo 135 Notificación de la hipoteca
  137. Artículo 136 Aseguramiento del buque
  138. Artículo 137 Derecho de preferencia
  139. Artículo 138 Créditos refaccionarios
  140. Artículo 139 Derecho de retención
  141. Artículo 140 Ejercicio del derecho de hipoteca
  142. Artículo 141 Ejecución de la hipoteca naval
  143. Artículo 142 Prescripción
  144. Artículo 143 Reconocimiento de hipotecas sobre buques extranjeros
  145. Artículo 144 Derecho supletorio
  146. Artículo 145 Concepto de armador y de naviero
  147. Artículo 146 Inscripción en el Registro Mercantil
  148. Artículo 147 Inscripción en el Registro de Bienes Muebles
  149. Artículo 148 Presunción de armador
  150. Artículo 149 Responsabilidad del armador
  151. Artículo 150 Condominio naval
  152. Artículo 151 Facultades de la mayoría
  153. Artículo 152 Derechos de la minoría
  154. Artículo 153 Del administrador del condominio naval
  155. Artículo 154 Derechos sobre la cuota indivisa
  156. Artículo 155 Derecho de adquisición preferente
  157. Artículo 156 Concepto de dotación
  158. Artículo 157 Ámbito de aplicación
  159. Artículo 158 Inscripción y documentación
  160. Artículo 159 Embarque y desembarque
  161. Artículo 160 Clasificación del personal de a bordo
  162. Artículo 161 Dotaciones mínimas de seguridad
  163. Artículo 162 Nacionalidad de las dotaciones
  164. Artículo 163 Profesionales del sector pesquero
  165. Artículo 164 Contratación de dotaciones
  166. Artículo 165 Titulación y certificación obligatoria
  167. Artículo 166 Expedición y registro de títulos y certificados
  168. Artículo 167 Obligaciones de los armadores
  169. Artículo 168 Control e inspección de buques nacionales
  170. Artículo 169 Control de buques extranjeros en los puertos nacionales
  171. Artículo 170 Detención de buques extranjeros
  172. Artículo 171 Concepto, designación y caracteres
  173. Artículo 172 Nombramiento y cese
  174. Artículo 173 Requisitos y sustitución en el cargo
  175. Artículo 174 Deber de obediencia a los buques de Estado
  176. Artículo 175 Ausencia de autoridades competentes en el extranjero
  177. Artículo 176 Condición de autoridad pública
  178. Artículo 177 Obligación de consignar los hechos producidos
  179. Artículo 178 Actas de registro civil
  180. Artículo 179 Testamentos y fallecimiento durante la navegación
  181. Artículo 180 Destino de los cadáveres
  182. Artículo 181 Entrega de bienes y de documentación
  183. Artículo 182 Obligaciones técnicas del capitán
  184. Artículo 183 Peligro, abandono del buque y salvamento
  185. Artículo 184 Primacía del criterio profesional
  186. Artículo 185 Poder de representación del armador
  187. Artículo 186 Obligación de comunicar accidentes
  188. Artículo 187 Protesta de mar
  189. Artículo 188 Concepto
  190. Artículo 189 Forma del contrato
  191. Artículo 190 Oponibilidad frente a terceros
  192. Artículo 191 Entrega del Buque
  193. Artículo 192 Estado de navegabilidad a la entrega
  194. Artículo 193 Limitaciones de uso del buque y pago del precio
  195. Artículo 194 Obligación de mantener el buque en estado de navegabilidad
  196. Artículo 195 Obligación de restituir el buque a la terminación del contrato
  197. Artículo 196 Efectos de la enajenación del buque sobre el arrendamiento
  198. Artículo 197 Obligación del arrendatario de mantener indemne al arrendador
  199. Artículo 198 Interrupciones en el uso del buque arrendado
  200. Artículo 199 Subarriendo del buque y cesión del arriendo
  201. Artículo 200 Obligaciones del arrendatario que subarrienda
  202. Artículo 201 Efectos del contrato de cesión de arriendo
  203. Artículo 202 Prescripción de acciones
  204. Artículo 203 Concepto
  205. Artículo 204 Fletamento por tiempo y por viaje
  206. Artículo 205 Fletamento para el transporte de mercancías determinadas en régimen de conocimiento de embarque
  207. Artículo 206 Subfletamento
  208. Artículo 207 Contratación del transporte por el fletador
  209. Artículo 208 Contratos de volumen
  210. Artículo 209 Transporte multimodal
  211. Artículo 210 Contratos de utilización del buque para fines distintos del transporte de mercancías
  212. Artículo 211 Puesta a disposición del buque
  213. Artículo 212 Navegabilidad del buque
  214. Artículo 213 Características del buque
  215. Artículo 214 Falta de puesta a disposición
  216. Artículo 215 Puerto pactado
  217. Artículo 216 Derecho de designación del puerto
  218. Artículo 217 Muelle o lugar de carga
  219. Artículo 218 Operaciones de carga y estiba
  220. Artículo 219 Carga sobre cubierta
  221. Artículo 220 Realización del viaje
  222. Artículo 221 Retraso en el inicio del viaje
  223. Artículo 222 Desviación
  224. Artículo 223 Deber de custodia
  225. Artículo 224 Arribada por inhabilitación del buque
  226. Artículo 225 Seguridad del puerto
  227. Artículo 226 Determinación del muelle
  228. Artículo 227 Operaciones de desestiba y descarga
  229. Artículo 228 Obligación de entrega
  230. Artículo 229 Presentación de las mercancías para su embarque
  231. Artículo 230 Flete sobre vacío
  232. Artículo 231 Embarque clandestino
  233. Artículo 232 Embarque de mercancías peligrosas
  234. Artículo 233 Cálculo y devengo del flete
  235. Artículo 234 Flete de las mercancías perdidas o averiadas
  236. Artículo 235 Persona obligada al pago del flete
  237. Artículo 236 Privilegio del crédito por el flete
  238. Artículo 237 Retención y depósito
  239. Artículo 238 Retención o depósito en el fletamento por tiempo
  240. Artículo 239 Cómputo del plazo de plancha
  241. Artículo 240 Inicio del cómputo de plancha
  242. Artículo 241 Entrada en demoras y su importe
  243. Artículo 242 Duración y cómputo del plazo de demoras
  244. Artículo 243 Detención ulterior del buque
  245. Artículo 244 Cómputo independiente de los plazos
  246. Artículo 245 Pago, privilegio y prescripción
  247. Artículo 246 Obligación de entrega del conocimiento de embarque
  248. Artículo 247 Pluralidad de conocimientos
  249. Artículo 248 Menciones obligatorias del conocimiento de embarque
  250. Artículo 249 Firma del conocimiento de embarque
  251. Artículo 250 Ley de circulación del conocimiento de embarque
  252. Artículo 251 Eficacia traslativa
  253. Artículo 252 Derecho a la entrega de las mercancías
  254. Artículo 253 Carácter de título ejecutivo
  255. Artículo 254 Protección del adquirente de buena fe
  256. Artículo 255 Obligación de pago del flete
  257. Artículo 256 Fuerza probatoria del conocimiento de embarque
  258. Artículo 257 Reservas por comprobación
  259. Artículo 258 Reservas sin comprobación
  260. Artículo 259 Eficacia de las reservas
  261. Artículo 260 Garantía legal del cargador
  262. Artículo 261 Cartas de garantía
  263. Artículo 262 Emisión
  264. Artículo 263 Sustitución del conocimiento en soporte papel
  265. Artículo 264 Régimen legal
  266. Artículo 265 Sustitución del conocimiento en soporte electrónico
  267. Artículo 266 Efectos de la sustitución
  268. Artículo 267 Del documento del transporte multimodal
  269. Artículo 268 De las cartas de porte marítimo
  270. Artículo 269 Menciones de la carta de porte marítimo
  271. Artículo 270 Fuerza probatoria de las cartas de porte marítimo
  272. Artículo 271 Entrega de las mercancías
  273. Artículo 272 Supuestos generales de extinción
  274. Artículo 273 Impedimento temporal
  275. Artículo 274 Impedimentos sobrevenidos durante el viaje
  276. Artículo 275 Modificación del destino por el fletador
  277. Artículo 276 Venta del buque
  278. Artículo 277 Régimen de responsabilidad
  279. Artículo 278 Porteador contractual y porteador efectivo
  280. Artículo 279 Periodo temporal de responsabilidad
  281. Artículo 280 Retraso en la entrega
  282. Artículo 281 Responsabilidad en el transporte de animales
  283. Artículo 282 Limitación de la responsabilidad por pérdida o daño
  284. Artículo 283 Limitación de la responsabilidad por retraso
  285. Artículo 284 Porteadores sucesivos
  286. Artículo 285 Protestas
  287. Artículo 286 Prescripción de acciones
  288. Artículo 287 Concepto
  289. Artículo 288 Menciones del billete de pasaje
  290. Artículo 289 Emisión del billete de pasaje
  291. Artículo 290 Estado de navegabilidad
  292. Artículo 291 Obligación de realizar el viaje
  293. Artículo 292 Interrupción del viaje
  294. Artículo 293 Derechos y obligaciones del pasajero
  295. Artículo 294 Deberes del porteador con respecto al equipaje
  296. Artículo 295 Equipaje
  297. Artículo 296 Privilegio y derecho de retención
  298. Artículo 297 Extinción del contrato
  299. Artículo 298 Régimen de responsabilidad
  300. Artículo 299 Limitación de responsabilidad
  301. Artículo 300 Seguro obligatorio
  302. Artículo 301 Concepto
  303. Artículo 302 Remolque transporte
  304. Artículo 303 Remolque maniobra
  305. Artículo 304 Responsabilidad por daños
  306. Artículo 305 Remolque de fortuna
  307. Artículo 306 Prescripción de acciones
  308. Artículo 307 Concepto
  309. Artículo 308 Modalidades y régimen aplicable
  310. Artículo 309 Retraso en la entrega del buque o embarcación
  311. Artículo 310 Instrucciones del arrendatario y criterio profesional del patrón
  312. Artículo 311 Deber de informar de los daños sufridos
  313. Artículo 312 Seguro obligatorio
  314. Artículo 313 Prescripción
  315. Artículo 314 Concepto
  316. Artículo 315 El ejercicio de las obligaciones del gestor
  317. Artículo 316 Las formas de actuación del gestor
  318. Artículo 317 Régimen aplicable
  319. Artículo 318 Responsabilidad extracontractual
  320. Artículo 319 Concepto
  321. Artículo 320 Régimen
  322. Artículo 321 Firma de conocimientos de embarque
  323. Artículo 322 Responsabilidad por daños a las mercancías
  324. Artículo 323 Tareas de manipulación
  325. Artículo 324 Actuación como transitario
  326. Artículo 325 Contrato de practicaje
  327. Artículo 326 Deberes recíprocos
  328. Artículo 327 Preeminencia del capitán
  329. Artículo 328 Responsabilidad por daños durante la ejecución del practicaje
  330. Artículo 329 Concepto y régimen aplicable
  331. Artículo 330 Obligaciones
  332. Artículo 331 Contratación de las operaciones
  333. Artículo 332 Documentación
  334. Artículo 333 Fundamento de la responsabilidad del manipulador portuario
  335. Artículo 334 Limitación de la responsabilidad
  336. Artículo 335 Aplicación del régimen de responsabilidad a las diversas acciones
  337. Artículo 336 Legitimación y acciones
  338. Artículo 337 Prescripción de acciones
  339. Artículo 338 Derecho de retención
  340. Artículo 339 Régimen jurídico y concepto de abordaje
  341. Artículo 340 Fundamento de la responsabilidad
  342. Artículo 341 Abordaje por culpa compartida
  343. Artículo 342 Supuestos de solidaridad
  344. Artículo 343 Excepciones oponibles en caso de solidaridad
  345. Artículo 344 Exigencia de requisitos formales
  346. Artículo 345 Aplicabilidad de las normas
  347. Artículo 346 Daños por contaminación derivados de un abordaje
  348. Artículo 347 Concepto y requisitos del acto
  349. Artículo 348 Sacrificios admisibles en avería gruesa
  350. Artículo 349 Contribución a la avería gruesa
  351. Artículo 350 Ausencia de formalidades
  352. Artículo 351 Causación culposa de la situación de peligro
  353. Artículo 352 Derecho de retención
  354. Artículo 353 Liquidación privada
  355. Artículo 354 Liquidación mediante expediente de certificación pública
  356. Artículo 355 Prescripción
  357. Artículo 356 Libertad de pactos
  358. Artículo 357 Régimen jurídico
  359. Artículo 358 Concepto
  360. Artículo 359 Aplicación a buques de Estado
  361. Artículo 360 Salvamento ordenado o supervisado por la autoridad pública
  362. Artículo 361 Contratos de salvamento
  363. Artículo 362 Derecho a premio
  364. Artículo 363 Reparto del premio entre armador y dotación
  365. Artículo 364 Prohibición de efectuar el salvamento
  366. Artículo 365 Derecho de retención
  367. Artículo 366 Buques y cargamentos extranjeros con inmunidad soberana
  368. Artículo 367 Intervención de la Administración Marítima
  369. Artículo 368 Bienes salvados de propiedad desconocida
  370. Artículo 369 Supuestos de aplicación y relación con el régimen del salvamento
  371. Artículo 370 Obligación de notificación
  372. Artículo 371 Comunicación a los propietarios de los bienes accidentados
  373. Artículo 372 Deber de balizamiento y de prevención de la contaminación
  374. Artículo 373 Conservación de la propiedad
  375. Artículo 374 Prescripción a favor del Estado
  376. Artículo 375 Interrupción de la prescripción adquisitiva
  377. Artículo 376 Operaciones de exploración
  378. Artículo 377 Operaciones de extracción
  379. Artículo 378 Titulares del derecho a la extracción
  380. Artículo 379 Contratos para la extracción
  381. Artículo 380 Extracción de buques o bienes propiedad del Estado
  382. Artículo 381 Extracción de bienes de comercio prohibido o restringido
  383. Artículo 382 Buques y embarcaciones de Estado naufragados o hundidos
  384. Artículo 383 Objetos pertenecientes al patrimonio cultural subacuático situados más allá del mar territorial
  385. Artículo 384 Ámbito de aplicación
  386. Artículo 385 Sujetos responsables
  387. Artículo 386 Fundamento de la responsabilidad
  388. Artículo 387 Culpa del perjudicado
  389. Artículo 388 Alcance de la indemnización
  390. Artículo 389 Aseguramiento obligatorio
  391. Artículo 390 Prohibición de navegación
  392. Artículo 391 Aplicación preferente de los convenios internacionales
  393. Artículo 392 Derecho a limitar la responsabilidad
  394. Artículo 393 Relación con el régimen de responsabilidad
  395. Artículo 394 Ámbito de aplicación
  396. Artículo 395 Regímenes especiales de limitación
  397. Artículo 396 Reclamaciones sujetas a limitación
  398. Artículo 397 Reclamaciones excluidas de limitación
  399. Artículo 398 Límites generales
  400. Artículo 399 Límites especiales
  401. Artículo 400 Concurrencia de acreedores
  402. Artículo 401 Subrogación
  403. Artículo 402 Conversión a la moneda nacional
  404. Artículo 403 Condición del derecho a limitar
  405. Artículo 404 Destino del fondo y paralización de otras medidas
  406. Artículo 405 Procedimiento y caducidad del derecho a limitar
  407. Artículo 406 Ámbito de aplicación
  408. Artículo 407 Carácter dispositivo
  409. Artículo 408 Existencia del interés asegurado
  410. Artículo 409 Enumeración de los intereses
  411. Artículo 410 Interés en el buque
  412. Artículo 411 Interés en el flete
  413. Artículo 412 Titular del interés
  414. Artículo 413 Valor del interés y suma asegurada
  415. Artículo 414 Póliza estimada
  416. Artículo 415 Seguro múltiple
  417. Artículo 416 Coaseguro
  418. Artículo 417 Riesgos cubiertos
  419. Artículo 418 Exclusión de algunos riesgos
  420. Artículo 419 Dolo y culpa del asegurado y sus dependientes
  421. Artículo 420 Vicio propio
  422. Artículo 421 Prueba del seguro
  423. Artículo 422 Existencia de riesgo
  424. Artículo 423 Declaración del riesgo
  425. Artículo 424 Efectos de la inexactitud o reticencia
  426. Artículo 425 Pago de la prima
  427. Artículo 426 Comunicación del siniestro
  428. Artículo 427 Deber de evitar o aminorar el daño
  429. Artículo 428 Transmisión del interés asegurado
  430. Artículo 429 Obligación de indemnizar
  431. Artículo 430 Cuantía de la indemnización
  432. Artículo 431 Exclusión del reemplazo
  433. Artículo 432 Daños y perjuicios excluidos
  434. Artículo 433 Acciones de avería y de abandono
  435. Artículo 434 Declaración de abandono
  436. Artículo 435 Aceptación expresa o presunta del abandono
  437. Artículo 436 Efectos del abandono
  438. Artículo 437 Liquidación del siniestro y pago de la indemnización
  439. Artículo 438 Prescripción
  440. Artículo 439 Seguro por tiempo o por viaje
  441. Artículo 440 Comienzo y fin de la cobertura en el seguro por viaje
  442. Artículo 441 Comienzo y fin de la cobertura en el seguro por tiempo
  443. Artículo 442 Prórroga de la cobertura en el seguro por tiempo
  444. Artículo 443 Responsabilidad por abordajes
  445. Artículo 444 Navegabilidad del buque
  446. Artículo 445 Vicios ocultos
  447. Artículo 446 Subrogación contra los miembros de la dotación
  448. Artículo 447 Reconstitución automática del capital asegurado
  449. Artículo 448 Nuevo a viejo
  450. Artículo 449 Casos de abandono
  451. Artículo 450 Plazo de abandono
  452. Artículo 451 Primas y extornos
  453. Artículo 452 Subsidiariedad
  454. Artículo 453 Fases no marítimas del transporte
  455. Artículo 454 Valoración del interés
  456. Artículo 455 Momento inicial y final de la cobertura
  457. Artículo 456 Cláusula de almacén a almacén
  458. Artículo 457 Mercancías en viaje
  459. Artículo 458 Póliza flotante
  460. Artículo 459 Deber de aviso en la póliza flotante
  461. Artículo 460 Extensión de la cobertura durante el viaje
  462. Artículo 461 Casos de abandono
  463. Artículo 462 Plazo de abandono
  464. Artículo 463 Ámbito de las normas
  465. Artículo 464 Seguro obligatorio
  466. Artículo 465 Obligación del asegurador y acción directa
  467. Artículo 466 Límite de la cobertura
  468. Artículo 467 Limitaciones de responsabilidad indemnizatoria
  469. Artículo 468 Cláusulas de jurisdicción y arbitraje
  470. Artículo 469 Criterios de atribución de competencia
  471. Artículo 470 Naturaleza y regulación de la medida
  472. Artículo 471 Competencia
  473. Artículo 472 Embargo por créditos marítimos
  474. Artículo 473 Embargo por otros créditos
  475. Artículo 474 Embargo preventivo y sometimiento a jurisdicción extranjera
  476. Artículo 475 Buques embargables
  477. Artículo 476 Tramitación procesal de la medida de embargo
  478. Artículo 477 Ejecución del embargo
  479. Artículo 478 Notificación del embargo
  480. Artículo 479 Jurisdicción sobre el fondo del litigio
  481. Artículo 480 Regulación
  482. Artículo 481 Notificación de la venta forzosa
  483. Artículo 482 Plazo y contenido de la notificación
  484. Artículo 483 Tercerías de mejor derecho
  485. Artículo 484 Efectos de la venta forzosa
  486. Artículo 485 Realización por persona o entidad especializada
  487. Artículo 486 Destino de la suma obtenida en la subasta o venta directa del buque
  488. Artículo 487 Competencia
  489. Artículo 488 Invocación y plazo de constitución
  490. Artículo 489 Invocación en otros procedimientos
  491. Artículo 490 Contenido de la solicitud
  492. Artículo 491 Admisión y subsanación
  493. Artículo 492 Auto de admisión y de denegación
  494. Artículo 493 Nombramiento de comisario-liquidador
  495. Artículo 494 Formación de piezas y reparto provisional
  496. Artículo 495 Publicidad de la formación de los estados
  497. Artículo 496 Auto de formación del estado pasivo
  498. Artículo 497 Auto de formación del estado activo
  499. Artículo 498 Complemento del estado activo
  500. Artículo 499 Terminación por improcedencia de la limitación
  501. Artículo 500 Pieza y auto de reparto
  502. Artículo 501 Competencia
  503. Artículo 502 Días y horas hábiles
  504. Artículo 503 Gastos
  505. Artículo 504 Acreditación de las incidencias
  506. Artículo 505 Tasación pericial
  507. Artículo 506 Objeto del expediente y legitimación
  508. Artículo 507 Solicitud y emplazamiento a los interesados
  509. Artículo 508 Nombramiento e intervención del liquidador
  510. Artículo 509 Impugnaciones
  511. Artículo 510 Aprobación de la liquidación y recurso
  512. Artículo 511 Ejecución
  513. Artículo 512 Ámbito de aplicación y legitimación
  514. Artículo 513 Solicitud
  515. Artículo 514 Procedimiento
  516. Artículo 515 Oposición al pago
  517. Artículo 516 Notario competente
  518. Artículo 517 Requerimiento del tenedor desposeído
  519. Artículo 518 Contenido del requerimiento
  520. Artículo 519 Traslado del requerimiento y alegaciones
  521. Artículo 520 Publicación del requerimiento y sobreseimiento
  522. Artículo 521 Amortización del conocimiento
  523. Artículo 522 Irreivindicabilidad del conocimiento y acciones de daños y perjuicios
  524. Artículo 523 Ámbito de aplicación
  525. Artículo 524 Valoración pericial. Venta de los efectos
  526. Disposición adicional primera Actualización de cuantías y mecanismos de garantía alternativos
  527. Disposición adicional segunda Órganos competentes para la determinación de los premios y remuneraciones por salvamentos y remolques
  528. Disposición adicional tercera Contratación electrónica
  529. Disposición adicional cuarta Acciones del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre
  530. Disposición adicional quinta Sistemas alternativos de resolución de conflictos con consumidores
  531. Disposición adicional sexta Buques de guerra españoles
  532. Disposición adicional séptima Plataforma continental
  533. Disposición adicional octava Buques históricos y réplicas
  534. Disposición adicional novena Disposiciones especiales en materia de navegación aérea
  535. Disposición adicional décima Aranceles notariales y registrales
  536. Disposición transitoria primera Expedientes de salvamentos, remolques, hallazgos y extracciones en tramitación
  537. Disposición transitoria segunda Régimen de las entidades navieras en función del tonelaje
  538. Disposición derogatoria única Derogación de normas
  539. Disposición final primera Reglas de Rotterdam
  540. Disposición final segunda Reforma de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil
  541. Disposición final tercera Modificación del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre
  542. Disposición final cuarta Modificación de la Ley 14/2000, de 29 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social
  543. Disposición final quinta
  544. Disposición final sexta Títulos competenciales
  545. Disposición final séptima Cláusula relativa a Gibraltar
  546. Disposición final octava Sección de Buques del Registro de Bienes Muebles y Registro de Buques y Empresas Navieras
  547. Disposición final novena Habilitación al Gobierno
  548. Disposición final décima Habilitación al Gobierno para la modificación del Título II de la Ley 60/1962, de 24 de diciembre, sobre el régimen de auxilios, salvamentos, remolques, hallazgos y extracciones marítimos
  549. Disposición final undécima Remisión a las Cortes Generales de Proyecto de ley
  550. Disposición final duodécima Entrada en vigor
Citenza

Inteligencia jurídica con fuentes verificables, por Datons.

citenza.io