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Ley 161 unidades
Ley 14/2014, de 29 de diciembre, de finanzas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Ley 14/2014es-law-2014-12-29-141 jun 2015
- Preámbulo Preámbulo Modificado
- Artículo 1 Objeto de la ley Modificado
- Artículo 2 La hacienda pública de la comunidad autónoma de las Illes Balears y prerrogativas de determinadas entidades Modificado
- Artículo 3 Normativa reguladora Modificado
- Artículo 4 Principios rectores de la actividad económico-financiera Modificado
- Artículo 5 Principios presupuestarios Modificado
- Artículo 6 Competencias del Parlamento de las Illes Balears Modificado
- Artículo 7 Competencias del Consejo de Gobierno Modificado
- Artículo 8 Competencias del consejero competente en materia de hacienda y presupuestos Modificado
- Artículo 9 Competencias de los titulares de las consejerías de la Administración de la comunidad autónoma Modificado
- Artículo 10 Competencias de los organismos autónomos y del resto de entidades instrumentales del sector público administrativo Modificado
- Artículo 11 Competencias de los entes del sector público empresarial y fundacional Modificado
- Artículo 12 Recursos de la hacienda pública de la comunidad autónoma Modificado
- Artículo 13 Administración de los recursos Modificado
- Artículo 14 Gestión de tributos Modificado
- Artículo 15 Ingresos procedentes del patrimonio de la comunidad autónoma y otras normas específicas Modificado
- Artículo 16 Régimen de los derechos económicos de la hacienda pública de la comunidad autónoma Modificado
- Artículo 17 Extinción de créditos y deudas por compensación Modificado
- Artículo 18 Prerrogativas de la hacienda pública de la comunidad autónoma Modificado
- Artículo 19 Recaudación de los ingresos de derecho público Modificado
- Artículo 20 Procedimiento de apremio Modificado
- Artículo 21 Suspensión del procedimiento de apremio y tercerías Modificado
- Artículo 22 Aplazamientos y fraccionamientos de deudas de derecho público a favor de la comunidad autónoma Modificado
- Artículo 23 Interés de demora de deudas tributarias y otras de derecho público a favor de la comunidad autónoma y derechos económicos de baja cuantía Modificado
- Artículo 24 Prescripción Modificado
- Artículo 25 Ingresos de derecho público de otras entidades de derecho público no integrantes de la hacienda autonómica Modificado
- Artículo 26 Fuentes de las obligaciones Modificado
- Artículo 27 Exigibilidad de las obligaciones Modificado
- Artículo 28 Cumplimiento de resoluciones judiciales Modificado
- Artículo 29 Interés de demora Modificado
- Artículo 30 Prescripción de las obligaciones Modificado
- Artículo 31 Obligaciones de otras entidades de derecho público no integradas en la hacienda pública autonómica Modificado
- Artículo 32 Revisión de actos en vía económico-administrativa Modificado
- Artículo 33 Plan presupuestario a medio plazo Modificado
- Artículo 34 Regla de gasto y límite máximo de gasto no financiero Modificado
- Artículo 35 Contenido Modificado
- Artículo 36 Estructura básica de los presupuestos Modificado
- Artículo 37 Estructura de los estados de gastos de los entes del sector público administrativo Modificado
- Artículo 38 Fondo de contingencia Modificado
- Artículo 39 Estructura de los estados de ingresos de los entes del sector público administrativo Modificado
- Artículo 40 Estructura de los presupuestos de los entes del sector público empresarial y fundacional Modificado
- Artículo 41 Creación de partidas presupuestarias Modificado
- Artículo 42 Gastos con financiación afectada Modificado
- Artículo 43 Ámbito temporal Modificado
- Artículo 44 Procedimiento de elaboración de los presupuestos generales de la comunidad autónoma Modificado
- Artículo 45 Documentación complementaria Modificado
- Artículo 46 Remisión al Parlamento Modificado
- Artículo 47 Prórroga de los presupuestos Modificado
- Artículo 48 Créditos presupuestarios y principio de especialidad Modificado
- Artículo 49 Especialidad cualitativa Modificado
- Artículo 50 Especialidad cuantitativa. Vinculación de los créditos Modificado
- Artículo 51 Especialidad temporal Modificado
- Artículo 52 Disponibilidad Modificado
- Artículo 53 Indisponibilidad Modificado
- Artículo 54 Tipo de modificaciones de crédito Modificado
- Artículo 55 Competencias en materia de modificaciones de crédito Modificado
- Artículo 56 Créditos extraordinarios y suplementos de crédito Modificado
- Artículo 57 Ampliaciones de crédito Modificado
- Artículo 58 Transferencias de crédito Modificado
- Artículo 59 Generaciones de crédito Modificado
- Artículo 60 Incorporaciones de crédito Modificado
- Artículo 61 Rectificaciones de crédito Modificado
- Artículo 62 Anticipos de tesorería Modificado
- Artículo 63 Modificaciones de los presupuestos Modificado
- Artículo 64 Gastos de carácter plurianual Modificado
- Artículo 65 Límites Modificado
- Artículo 66 Competencia en materia de gastos plurianuales Modificado
- Artículo 67 Imputación de gastos plurianuales al presupuesto corriente Modificado
- Artículo 68 Gastos plurianuales de los entes del sector público empresarial y fundacional Modificado
- Artículo 69 Gastos en inversiones nuevas y gastos recurrentes derivados de su puesta en funcionamiento Modificado
- Artículo 70 Procedimiento de gestión de gastos Modificado
- Artículo 71 Tramitación anticipada de expedientes de gasto Modificado
- Artículo 72 Competencias en la gestión de los gastos Modificado
- Artículo 73 Ordenación de pagos Modificado
- Artículo 74 Nombramiento de personal funcionario interino de programa y contratación de personal laboral temporal con cargo a los créditos de inversiones Modificado
- Artículo 75 Embargo de derechos de cobro Modificado
- Artículo 76 Pagos a justificar Modificado
- Artículo 77 Pagos indebidos y otros reintegros Modificado
- Artículo 78 Gestión del presupuesto de ingresos y extinción de los derechos de crédito Modificado
- Artículo 79 Devoluciones de ingresos Modificado
- Artículo 80 Cierre del presupuesto y liquidación Modificado
- Artículo 81 Seguimiento de la ejecución Modificado
- Artículo 82 Planes económico-financieros Modificado
- Artículo 83 Planes de reequilibrio Modificado
- Artículo 84 Tramitación de los planes económico-financieros y de los planes de reequilibrio Modificado
- Artículo 85 Planes de ajuste específicos de entidades instrumentales Modificado
- Artículo 86 Tesorería de la comunidad autónoma Modificado
- Artículo 87 Funciones de la Tesorería General Modificado
- Artículo 88 Plan de tesorería Modificado
- Artículo 89 Criterios para la ordenación de los pagos Modificado
- Artículo 90 Información sobre el cumplimiento de los plazos de pago a los proveedores Modificado
- Artículo 91 Cuentas de la Tesorería y otras normas de gestión Modificado
- Artículo 92 Inembargabilidad de los fondos públicos de los entes del sector público administrativo Modificado
- Artículo 93 Instrumentos de pago y de ingreso de la Tesorería Modificado
- Artículo 94 Deuda financiera de la comunidad autónoma Modificado
- Artículo 95 Normas generales aplicables al endeudamiento de la comunidad autónoma Modificado
- Artículo 96 Régimen jurídico de la deuda pública Modificado
- Artículo 97 Normas específicas sobre el endeudamiento a corto plazo Modificado
- Artículo 98 Operaciones de derivados financieros Modificado
- Artículo 99 Endeudamiento de los organismos autónomos Modificado
- Artículo 100 Producto de las operaciones de endeudamiento Modificado
- Artículo 101 Endeudamiento de otras entidades instrumentales no integrantes de la hacienda pública Modificado
- Artículo 102 Préstamos reintegrables y anticipos extraordinarios Modificado
- Artículo 103 Régimen general Modificado
- Artículo 104 Operaciones susceptibles de ser avaladas Modificado
- Artículo 105 Normas de procedimiento Modificado
- Artículo 106 Concesión de avales a cargo de organismos autónomos Modificado
- Artículo 107 Prestación de garantías por otros entes del sector público instrumental autonómico Modificado
- Artículo 108 Funciones de la Intervención General Modificado
- Artículo 109 Adscripción y estructura de la Intervención General Modificado
- Artículo 110 Objetivos del control interno de la gestión económico-financiera Modificado
- Artículo 111 Formas de ejercicio Modificado
- Artículo 112 Ámbito de aplicación Modificado
- Artículo 113 Principios aplicables al ejercicio del control interno y prerrogativas Modificado
- Artículo 114 Colaboración con el personal que ejerce la función de control interno Modificado
- Artículo 115 Definición Modificado
- Artículo 116 Extensión de la función interventora Modificado
- Artículo 117 Exclusión de la fiscalización previa y fiscalización previa limitada Modificado
- Artículo 118 Formulación de objeciones y efectos Modificado
- Artículo 119 Procedimiento para resolver objeciones Modificado
- Artículo 120 Omisión de fiscalización Modificado
- Artículo 121 Definición Modificado
- Artículo 122 Planes de control financiero Modificado
- Artículo 123 Formas de ejercicio Modificado
- Artículo 124 Facultades de los equipos de control Modificado
- Artículo 125 Informes de control financiero Modificado
- Artículo 126 Medidas de corrección de las anomalías detectadas en el control financiero Modificado
- Artículo 127 Informes resumen Modificado
- Artículo 128 Contratación de auditorías externas Modificado
- Artículo 129 Control financiero permanente Modificado
- Artículo 130 Auditoría pública Modificado
- Artículo 131 Control financiero de subvenciones y ayudas públicas Modificado
- Artículo 132 Sujeción al régimen de contabilidad pública Modificado
- Artículo 133 Fines de la contabilidad Modificado
- Artículo 134 Funciones de la Intervención General como órgano director de la contabilidad pública Modificado
- Artículo 135 Funciones de la Intervención General como órgano gestor de la contabilidad pública Modificado
- Artículo 136 Cuenta general Modificado
- Artículo 137 Cuentas anuales de la Administración de la comunidad autónoma Modificado
- Artículo 138 Cuentas anuales del resto de entidades instrumentales del sector público de la comunidad autónoma Modificado
- Artículo 139 Colaboración de las entidades instrumentales Modificado
- Artículo 140 Utilización de medios electrónicos, informáticos y telemáticos Modificado
- Artículo 141 Régimen general Modificado
- Artículo 142 Actuaciones sujetas a la obligación de indemnizar Modificado
- Artículo 143 Procedimiento Modificado
- Artículo 144 Cobro de la indemnización Modificado
- Artículo 145 Responsabilidades del personal de entidades instrumentales de derecho privado Modificado
- Artículo 146 Remisión de información al Parlamento Modificado
- Artículo 147 Normas específicas sobre publicidad activa Modificado
- Disposición adicional primera Responsabilidades por incumplimiento de normas de derecho de la Unión Europea Modificado
- Disposición adicional segunda Referencias normativas Modificado
- Disposición adicional tercera Denominaciones Modificado
- Disposición adicional cuarta Órganos estatutarios Modificado
- Disposición transitoria primera Régimen transitorio de los consorcios Modificado
- Disposición transitoria segunda Régimen transitorio de los gastos plurianuales Modificado
- Disposición derogatoria única Normas que se derogan Modificado
- Disposición final primera Modificaciones de la Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la comunidad autónoma de las Illes Balears Modificado
- Disposición final segunda Modificación de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears Modificado
- Disposición final tercera Modificaciones de la Ley 3/2008, de 14 de abril, de creación y regulación de la Agencia Tributaria de las Illes Balears Modificado
- Disposición final cuarta Nuevo plan general de contabilidad pública de la comunidad autónoma Modificado
- Disposición final quinta Facultades de desarrollo Modificado
- Disposición final sexta Entrada en vigor Modificado