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Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017.

Ley 3/2017es-law-2017-06-27-3

  1. Preámbulo Preámbulo
  2. Artículo 1 Ámbito de los Presupuestos Generales del Estado
  3. Artículo 2 De la aprobación de los estados de gastos e ingresos de las entidades referidas en las letras a), b), c) y g) del artículo 1 de la presente Ley con presupuesto limitativo
  4. Artículo 3 De los beneficios fiscales
  5. Artículo 4 De la financiación de los créditos aprobados en el artículo 2 de la presente Ley
  6. Artículo 5 De los presupuestos de las entidades referidos en las letras d), e), f) y g) del artículo 1 de esta Ley, con presupuesto estimativo
  7. Artículo 6 Presupuesto del Banco de España
  8. Artículo 7 Principios generales
  9. Artículo 8 Créditos vinculantes
  10. Artículo 9 Competencias específicas en materia de modificaciones presupuestarias
  11. Artículo 10 De las limitaciones presupuestarias
  12. Artículo 11 De las ampliaciones e incorporaciones de crédito
  13. Artículo 12 De la Seguridad Social
  14. Artículo 13 Módulo económico de distribución de fondos públicos para sostenimiento de centros concertados
  15. Artículo 14 Autorización de los costes de personal de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED)
  16. Artículo 15 Competencias específicas en materia de modificaciones presupuestarias del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria y del Instituto de Mayores y Servicios Sociales
  17. Artículo 16 Aplicación de remanentes de Tesorería en el Presupuesto del Instituto de Mayores y Servicios Sociales
  18. Artículo 17 Agencia Estatal de Administración Tributaria
  19. Artículo 18 Bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica en materia de gastos de personal al servicio del sector público
  20. Artículo 19 Oferta de Empleo Público u otro instrumento similar de gestión de la provisión de necesidades de personal
  21. Artículo 20 Retribuciones de los Altos Cargos del Gobierno de la Nación, de sus Órganos consultivos, de la Administración General del Estado y otro personal directivo
  22. Artículo 21 Retribuciones de los miembros del Consejo General del Poder Judicial, del Tribunal Constitucional y del Tribunal de Cuentas
  23. Artículo 22
  24. Artículo 23 Personal laboral del sector público estatal
  25. Artículo 24 Retribuciones del personal de las Fuerzas Armadas
  26. Artículo 25 Retribuciones del personal del Cuerpo de la Guardia Civil
  27. Artículo 26 Retribuciones del personal del Cuerpo Nacional de Policía
  28. Artículo 27 Retribuciones de los miembros de las Carreras Judicial y Fiscal, del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia y de los Cuerpos al servicio de la Administración de Justicia
  29. Artículo 28 Retribuciones del personal estatutario y del personal de la Seguridad Social no estatutario
  30. Artículo 29 Prohibición de ingresos atípicos
  31. Artículo 30 Recompensas, cruces, medallas y pensiones de mutilación
  32. Artículo 31 Otras normas comunes
  33. Artículo 32 Requisitos para la determinación o modificación de retribuciones del personal laboral y no funcionario
  34. Artículo 33 Contratación de personal laboral con cargo a los créditos de inversiones
  35. Artículo 34 Competencia del Ministerio de Hacienda y Función Pública en materia de costes del personal al servicio del sector público en el ámbito de la negociación colectiva
  36. Artículo 35 Índice de revalorización de pensiones
  37. Artículo 36 Determinación inicial de las pensiones del Régimen de Clases Pasivas del Estado
  38. Artículo 37 Determinación inicial de las pensiones especiales de guerra
  39. Artículo 38 Limitación del señalamiento inicial de las pensiones públicas
  40. Artículo 39 Revalorización y modificación de los valores de las pensiones públicas
  41. Artículo 40 Pensiones no revalorizables
  42. Artículo 41 Limitación del importe de la revalorización de las pensiones públicas
  43. Artículo 42 Reconocimiento de complementos por mínimos en las pensiones de Clases Pasivas
  44. Artículo 43 Reconocimiento de los complementos por mínimos en las pensiones de la Seguridad Social
  45. Artículo 44 Determinación inicial y revalorización de las pensiones no contributivas de la Seguridad Social
  46. Artículo 45 Pensiones del extinguido Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez
  47. Artículo 46 Deuda Pública
  48. Artículo 47 Operaciones de crédito autorizadas a organismos públicos
  49. Artículo 48
  50. Artículo 49 Recursos ajenos del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria
  51. Artículo 50 Importe de los avales del Estado
  52. Artículo 51 Avales para garantizar valores de renta fija emitidos por Fondos de Titulización de activos
  53. Artículo 52 Avales de las entidades públicas empresariales y sociedades mercantiles estatales
  54. Artículo 53 Información sobre avales públicos otorgados
  55. Artículo 54 Fondo de Cooperación para la Promoción del Desarrollo (FONPRODE)
  56. Artículo 55 Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento (FCAS)
  57. Artículo 56 Fondo para la Internacionalización de la Empresa (FIEM)
  58. Artículo 57 Reembolsos del Estado al Instituto de Crédito Oficial
  59. Artículo 58 Adquisición de acciones y participaciones de Instituciones Financieras Multilaterales
  60. Artículo 59 Exención en operaciones interiores
  61. Artículo 60 Tipos impositivos reducidos
  62. Artículo 61 Tipos impositivos. Equipos médicos, aparatos y demás instrumental a los que es de aplicación el tipo reducido
  63. Artículo 62 Escala por transmisiones y rehabilitaciones de grandezas y títulos nobiliarios
  64. Artículo 63 Devolución parcial por el gasóleo empleado en la agricultura y ganadería
  65. Artículo 64 Tasas
  66. Artículo 65 Tasa por reserva del dominio público radioeléctrico
  67. Artículo 66 Revisión de las tasas aplicables al sistema portuario de interés general
  68. Artículo 67 Bonificaciones aplicables en los puertos de interés general a las tasas de ocupación, del buque, del pasaje y de la mercancía
  69. Artículo 68 Coeficientes correctores de aplicación a las tasas del buque, del pasaje y de la mercancía en los puertos de interés general
  70. Artículo 69 Tasa por la utilización o aprovechamiento especial de bienes del dominio público ferroviario
  71. Artículo 70 Cánones ferroviarios
  72. Artículo 71 Canon por utilización de las líneas ferroviarias integrantes de la Red Ferroviaria de Interés General
  73. Artículo 72 Canon por utilización de las instalaciones de servicio titularidad de los administradores generales de infraestructuras ferroviarias
  74. Artículo 73 Comprobación de datos relativos a la actividad de los sujetos pasivos
  75. Artículo 74 Aplicación de impuestos indirectos
  76. Artículo 75 Régimen jurídico y saldos deudores
  77. Artículo 76 Cesión de rendimientos recaudatorios del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas: Determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva
  78. Artículo 77 Cesión de la recaudación líquida del Impuesto sobre el Valor Añadido: Determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva
  79. Artículo 78 Cesión de la recaudación líquida por Impuestos Especiales sobre el alcohol y bebidas alcohólicas: Determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva
  80. Artículo 79 Cesión de la recaudación líquida por Impuestos Especiales sobre Hidrocarburos y sobre las Labores del Tabaco: Determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva
  81. Artículo 80 Determinación de las entregas a cuenta
  82. Artículo 81 Liquidación definitiva
  83. Artículo 82 Participación de los municipios en los tributos del Estado para el ejercicio 2017
  84. Artículo 83 Entregas a cuenta
  85. Artículo 84 Cesión de rendimientos recaudatorios del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas: Determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva
  86. Artículo 85 Cesión de la recaudación líquida del Impuesto sobre el Valor Añadido: Determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva
  87. Artículo 86 Cesión de la recaudación líquida por Impuestos Especiales sobre el alcohol y bebidas alcohólicas: Determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva
  88. Artículo 87 Cesión de la recaudación líquida por Impuestos Especiales sobre Hidrocarburos y sobre las Labores del Tabaco: Determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva
  89. Artículo 88 Determinación de las entregas a cuenta
  90. Artículo 89 Liquidación definitiva
  91. Artículo 90 Determinación de las entregas a cuenta
  92. Artículo 91 Liquidación definitiva
  93. Artículo 92 Participación de los Territorios Históricos del País Vasco y Navarra en los tributos del Estado
  94. Artículo 93 Participación de las entidades locales de las Islas Canarias en los tributos del Estado
  95. Artículo 94 Participación de las Ciudades de Ceuta y de Melilla en los tributos del Estado
  96. Artículo 95 Subvenciones a las Entidades locales por servicios de transporte colectivo urbano
  97. Artículo 96 Compensación a los Ayuntamientos de los beneficios fiscales concedidos a las personas físicas o jurídicas en los tributos locales
  98. Artículo 97 Otras compensaciones y subvenciones a las Entidades locales
  99. Artículo 98 Anticipos a favor de los Ayuntamientos por desfases en la gestión recaudatoria de los tributos locales
  100. Artículo 99 Normas de gestión presupuestaria de determinados créditos a favor de las Entidades locales
  101. Artículo 100 Información a suministrar por las Corporaciones locales
  102. Artículo 101
  103. Artículo 102 Entregas a cuenta del Fondo de Suficiencia Global
  104. Artículo 103 Liquidación definitiva de los recursos del Sistema de Financiación de las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía y participación en los Fondos de Convergencia
  105. Artículo 104 Transferencias a Comunidades Autónomas correspondientes al coste de los nuevos servicios traspasados
  106. Artículo 105 Fondos de Compensación Interterritorial
  107. Artículo 106 Bases y tipos de cotización a la Seguridad Social, Desempleo, Protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional durante el año 2017
  108. Artículo 107 Cotización a derechos pasivos y a las Mutualidades Generales de Funcionarios para el año 2017
  109. Disposición adicional unica
  110. Disposición adicional primera Concesión de subvenciones o suscripción de convenios con Comunidades Autónomas que incumplan su objetivo de estabilidad presupuestaria, de deuda pública o de la regla de gasto
  111. Disposición adicional segunda Préstamos y anticipos financiados con cargo a los Presupuestos Generales del Estado
  112. Disposición adicional tercera Imputación de las operaciones de gasto del Presupuesto prorrogado a los Presupuestos Generales del Estado para 2017
  113. Disposición adicional cuarta Absorción Fondos FEDER
  114. Disposición adicional quinta Incorporación de remanentes de tesorería del organismo autónomo Instituto Nacional de Administración Pública
  115. Disposición adicional sexta Ampliación del plazo de cancelación de préstamos otorgados a la Seguridad Social
  116. Disposición adicional séptima Pago de deudas con la Seguridad Social de instituciones sanitarias cuya titularidad ostenten las Administraciones Públicas o instituciones sin ánimo de lucro
  117. Disposición adicional octava
  118. Disposición adicional novena Préstamos del Estado a la Tesorería General de la Seguridad Social
  119. Disposición adicional décima Normas de ejecución presupuestaria del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial (CDTI)
  120. Disposición adicional décima primera
  121. Disposición adicional décima segunda
  122. Disposición adicional décima tercera
  123. Disposición adicional décima cuarta
  124. Disposición adicional décima quinta
  125. Disposición adicional décima sexta
  126. Disposición adicional décima séptima
  127. Disposición adicional décima octava
  128. Disposición adicional décima novena
  129. Disposición adicional vigésima Personal directivo del Sector Público Estatal
  130. Disposición adicional vigésima primera
  131. Disposición adicional vigésima segunda
  132. Disposición adicional vigésima tercera
  133. Disposición adicional vigésima cuarta
  134. Disposición adicional vigésima quinta
  135. Disposición adicional vigésima sexta
  136. Disposición adicional vigésima séptima
  137. Disposición adicional vigésima octava
  138. Disposición adicional vigésima novena
  139. Disposición adicional trigésima Módulos para la compensación económica por la actuación de Jueces de Paz y Secretarios de Juzgados de Paz
  140. Disposición adicional trigésima primera
  141. Disposición adicional trigésima segunda
  142. Disposición adicional trigésima tercera
  143. Disposición adicional trigésima cuarta
  144. Disposición adicional trigésima quinta
  145. Disposición adicional trigésima sexta
  146. Disposición adicional trigésima séptima
  147. Disposición adicional trigésima octava
  148. Disposición adicional trigésima novena
  149. Disposición adicional cuadragésima
  150. Disposición adicional cuadragésima primera
  151. Disposición adicional cuadragésima segunda
  152. Disposición adicional cuadragésima tercera
  153. Disposición adicional cuadragésima cuarta
  154. Disposición adicional cuadragésima quinta
  155. Disposición adicional cuadragésima sexta
  156. Disposición adicional cuadragésima séptima
  157. Disposición adicional cuadragésima octava
  158. Disposición adicional cuadragésima novena
  159. Disposición adicional quincuagésima Avales del Instituto para la Diversificación y Ahorro de Energía (IDAE)
  160. Disposición adicional quincuagésima primera
  161. Disposición adicional quincuagésima segunda
  162. Disposición adicional quincuagésima tercera
  163. Disposición adicional quincuagésima cuarta
  164. Disposición adicional quincuagésima quinta
  165. Disposición adicional quincuagésima sexta
  166. Disposición adicional quincuagésima séptima
  167. Disposición adicional quincuagésima octava
  168. Disposición adicional quincuagésima novena
  169. Disposición adicional sexagésima Beneficios fiscales aplicables a «4.ª Edición de la Barcelona World Race»
  170. Disposición adicional sexagésima primera
  171. Disposición adicional sexagésima segunda
  172. Disposición adicional sexagésima tercera
  173. Disposición adicional sexagésima cuarta
  174. Disposición adicional sexagésima quinta
  175. Disposición adicional sexagésima sexta
  176. Disposición adicional sexagésima séptima
  177. Disposición adicional sexagésima octava
  178. Disposición adicional sexagésima novena
  179. Disposición adicional septuagésima Beneficios fiscales aplicables a «PHotoEspaña. 20 aniversario»
  180. Disposición adicional septuagésima primera
  181. Disposición adicional septuagésima segunda
  182. Disposición adicional septuagésima tercera
  183. Disposición adicional septuagésima cuarta
  184. Disposición adicional septuagésima quinta
  185. Disposición adicional septuagésima sexta
  186. Disposición adicional septuagésima séptima
  187. Disposición adicional septuagésima octava
  188. Disposición adicional septuagésima novena
  189. Disposición adicional octogésima Beneficios fiscales aplicables al «I Centenario del Parque Nacional de los Picos de Europa»
  190. Disposición adicional octogésima primera
  191. Disposición adicional octogésima segunda
  192. Disposición adicional octogésima tercera
  193. Disposición adicional octogésima cuarta
  194. Disposición adicional octogésima quinta
  195. Disposición adicional octogésima sexta
  196. Disposición adicional octogésima séptima
  197. Disposición adicional octogésima octava
  198. Disposición adicional octogésima novena
  199. Disposición adicional nonagésima Reglas especiales para los ejercicios 2017, 2018 y 2019 aplicables a disposición adicional tercera de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego
  200. Disposición adicional nonagésima primera
  201. Disposición adicional nonagésima segunda
  202. Disposición adicional nonagésima tercera
  203. Disposición adicional nonagésima cuarta
  204. Disposición adicional nonagésima quinta
  205. Disposición adicional nonagésima sexta
  206. Disposición adicional nonagésima séptima
  207. Disposición adicional nonagésima octava
  208. Disposición adicional nonagésima novena
  209. Disposición adicional centésima Regulación de la concesión de subvenciones nominativas destinadas a la financiación del transporte público regular de viajeros de Madrid, Barcelona y las Islas Canarias
  210. Disposición adicional centésima primera
  211. Disposición adicional centésima segunda
  212. Disposición adicional centésima tercera
  213. Disposición adicional centésima cuarta
  214. Disposición adicional centésima quinta
  215. Disposición adicional centésima sexta
  216. Disposición adicional centésima séptima
  217. Disposición adicional centésima octava
  218. Disposición adicional centésima novena
  219. Disposición adicional centésima décima
  220. Disposición adicional centésima décima primera
  221. Disposición adicional centésima décima segunda
  222. Disposición adicional centésima décima tercera
  223. Disposición adicional centésima décima cuarta
  224. Disposición adicional centésima décima quinta
  225. Disposición adicional centésima décima sexta
  226. Disposición adicional centésima décima séptima
  227. Disposición adicional centésima décima octava
  228. Disposición adicional centésima décima novena
  229. Disposición adicional centésima vigésima
  230. Disposición adicional centésima vigésima primera
  231. Disposición adicional centésima vigésima segunda
  232. Disposición adicional centésima vigésima tercera
  233. Disposición adicional centésima vigésima cuarta
  234. Disposición adicional centésima vigésima quinta
  235. Disposición adicional centésima vigésima sexta
  236. Disposición adicional centésima vigésima séptima
  237. Disposición adicional centésima vigésima octava
  238. Disposición adicional centésima vigésima novena
  239. Disposición adicional centésima trigésima
  240. Disposición transitoria unica
  241. Disposición transitoria primera Indemnización por residencia del personal al servicio del sector público estatal
  242. Disposición transitoria segunda Complementos personales y transitorios
  243. Disposición transitoria tercera Reorganizaciones del sector público y recursos humanos
  244. Disposición final unica
  245. Disposición final primera Modificación del texto refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado, aprobado por Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril
  246. Disposición final segunda Modificación de la Ley 20/1991, de 7 de junio, de modificación de los aspectos fiscales del Régimen Económico Fiscal de Canarias
  247. Disposición final tercera Modificación del artículo 11.2 de la Ley 19/1994, de 6 de julio, de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias
  248. Disposición final cuarta Modificación de la Ley 52/1997, de 27 de noviembre, de Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas
  249. Disposición final quinta
  250. Disposición final sexta Modificación del texto refundido de la Ley sobre Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado, aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2000, de 23 de junio
  251. Disposición final séptima Modificación de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades
  252. Disposición final octava Modificación de la Ley 16/2003, de 28 de mayo de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud
  253. Disposición final novena Modificación de la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea
  254. Disposición final décima Modificación de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas
  255. Disposición final décima primera
  256. Disposición final décima segunda
  257. Disposición final décima tercera
  258. Disposición final décima cuarta
  259. Disposición final décima quinta
  260. Disposición final décima sexta
  261. Disposición final décima séptima
  262. Disposición final décima octava
  263. Disposición final décima novena
  264. Disposición final vigésima Modificación del Real Decreto-Ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público
  265. Disposición final vigésima primera
  266. Disposición final vigésima segunda
  267. Disposición final vigésima tercera
  268. Disposición final vigésima cuarta
  269. Disposición final vigésima quinta
  270. Disposición final vigésima sexta
  271. Disposición final vigésima séptima
  272. Disposición final vigésima octava
  273. Disposición final vigésima novena
  274. Disposición final trigésima Modificación de la Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial
  275. Disposición final trigésima primera
  276. Disposición final trigésima segunda
  277. Disposición final trigésima tercera
  278. Disposición final trigésima cuarta
  279. Disposición final trigésima quinta
  280. Disposición final trigésima sexta
  281. Disposición final trigésima séptima
Citenza

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