Ley 4/2017

Ley 4/2017, de 12 de julio, de Industria de las Illes Balears.

Preámbulo Preámbulo

Artículo 1Objeto

Artículo 2Ámbito de aplicación

Artículo 3Definiciones

Artículo 4Principios generales

Artículo 5Objetivos

Artículo 6Objeto

Artículo 7Definiciones

Artículo 8Ámbito de aplicación

Artículo 9Actuaciones en materia de política industrial

Artículo 10Gobierno de las Illes Balears

Artículo 11Consejería competente en materia de industria y ente instrumental adscrito a esta

Artículo 12Instrumentos de planificación

Artículo 13Consejo de la Industria de las Illes Balears

Artículo 14Definición

Artículo 15Finalidades y objetivos

Artículo 16Contenido del Plan Director de Industria de las Illes Balears

Artículo 17Elaboración y aprobación

Artículo 18Definición

Artículo 19Programas básicos

Artículo 20Finalidades y objetivos de los programas de innovación y nuevas tecnologías

Artículo 21Finalidades y objetivos de los programas de internacionalización

Artículo 22Finalidades y objetivos de los programas de mejora de la competitividad y productividad industrial

Artículo 23Procedimiento de elaboración y aprobación de los programas de fomento de la actividad industrial

Artículo 24Publicidad de los programas de fomento de la actividad industrial

Artículo 25Procedimiento de modificación de los programas de fomento de la actividad industrial

Artículo 26Ejecución del Plan Director

Artículo 27Revisiones del plan director

Artículo 28Responsabilidad social empresarial

Artículo 29Medidas para la ejecución de los programas de fomento de la actividad industrial

Artículo 30Calidad industrial

Artículo 31Infraestructura de la calidad

Artículo 32Aplicaciones electrónicas, informáticas y telemáticas

Artículo 33Ámbito y contenido

Artículo 34Deber de información

Artículo 35Placa exterior

Artículo 36Finalidad

Artículo 37Obligaciones de personas o entidades titulares

Artículo 38Comunicación de modificaciones e incidencias

Artículo 39Industrias peligrosas y contaminantes

Artículo 40Responsabilidad

Artículo 41Habilitaciones profesionales

Artículo 42Proyectistas y persona encargada de la dirección de obra

Artículo 43Empresas de servicios habilitadas

Artículo 44Organismos de control

Artículo 45Prestación de servicios

Artículo 46Relaciones con la administración competente en materia de seguridad industrial

Artículo 47Comprobaciones administrativas

Artículo 48Actuación de los organismos de control

Artículo 49Información a las personas o entidades titulares de las instalaciones

Artículo 50Deberes de información

Artículo 51Deber de colaboración de las empresas distribuidoras de energía

Artículo 52Campañas de vigilancia y de informaciónde la seguridad industrial

Artículo 53Creación, naturaleza y finalidades

Artículo 54Adscripción, composición y funcionamiento de la Comisión de Seguridad Industrial

Artículo 55Modalidades de inspección

Artículo 56Inspecciones administrativas

Artículo 57Personal inspector de la administración

Artículo 58Inspección por organismos de control

Artículo 59Actas de inspección

Artículo 60Medidas provisionales

Artículo 61Medidas correctoras

Artículo 62Medidas correctoras resultado de las inspecciones por organismos de control

Artículo 63Disposiciones generales

Artículo 64Clasificación de las infracciones

Artículo 65Infracciones muy graves

Artículo 66Infracciones graves

Artículo 67Infracciones leves

Artículo 68Sanciones

Artículo 69Responsabilidad

Artículo 70Restablecimiento de la legalidad

Artículo 71Sanciones accesorias

Artículo 72Prescripción

Artículo 73Procedimiento

Artículo 74Competencia

Disposición adicional primeraMedios personales del Servicio de Inspección

Disposición adicional segundaEspecificaciones particulares de las empresas suministradoras de energía y agua

Disposición adicional terceraModificación del artículo 24 de la Ley 13/2012, de 20 de noviembre

Disposición transitoria primeraDisposiciones vigentes

Disposición transitoria segundaTramitación de expedientes

Disposición transitoria terceraPersonas o entidades titulares de autorizaciones y licencias

Disposición transitoria cuartaDeclaración de proyectos industriales estratégicos en ausencia de desarrollo reglamentario

Disposición final primeraAprobación del primer Plan Director de Política Industrial de las Illes Balears

Disposición final segundaEntrada en vigor

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