Ley 1/2018

Ley 1/2018, de 7 de febrero, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad ambiental en el entorno del Mar Menor.

Preámbulo Preámbulo

Artículo 1Objeto y ámbito de aplicación

Artículo 2Ámbito de aplicación

Artículo 3Obligaciones exigibles en función de la zona

Artículo 4Obligación de implantación de estructuras vegetales de barrera y conservación

Artículo 5Laboreo del suelo y erosión

Artículo 6Limitación de la actividad agrícola en terrenos próximos al dominio público marítimo terrestre

Artículo 7Prohibición de apilamiento temporal de estiércol

Artículo 8Restitución de condiciones originales

Artículo 9Medidas para la reducción de la contaminación difusa agraria

Artículo 10Cultivos abandonados

Artículo 11Aplicación obligatoria del programa de actuación sobre las zonas vulnerables a la contaminación por nitratos de origen agrario

Artículo 12Cumplimiento del Código de Buenas Prácticas Agrarias de la Región de Murcia

Artículo 13Implementación obligatoria de un sistema de reducción de nitratos en la desalobración

Artículo 14Prohibición del uso de fertilizantes de solubilidad alta y potencialmente contaminantes

Artículo 15Recogida de agua de los invernaderos

Artículo 16Prohibición de vertidos al Mar Menor procedentes de zonas urbanas

Artículo 17Vertidos de aguas pluviales

Artículo 18Preferencia en la tramitación

Artículo 19Medidas especiales de información y agilidad en la tramitación

Artículo 20Expropiación forzosa

Artículo 21Órganos competentes

Artículo 22Función de control

Artículo 23Infracciones

Artículo 24Personas responsables

Artículo 25Sanciones

Artículo 26Procedimiento

Disposición adicional primeraAprobación del Código de Buenas Prácticas Agrarias de la Región de Murcia

Disposición adicional segundaRégimen sancionador en materia de protección de las aguas contra la contaminación producida por nitratos

Disposición adicional terceraFinanciación de inversiones municipales

Disposición adicional cuartaDesarrollo reglamentario en materia de vertidos de tierra al mar

Disposición adicional quintaExención de informe

Disposición transitoria únicaPreferencia en la tramitación de los expediente en curso

Disposición derogatoria únicaDerogación normativa

Disposición final primeraExigencia de las medidas de sostenibilidad ambiental a las explotaciones existentes

Disposición final segundaModificación del Decreto Legislativo 1/2004, de 9 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Tasas, Precios Públicos y Contribuciones Especiales

Disposición final terceraEntrada en vigor

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