Disposición adicional quintaIndemnización a los municipios que dispongan de infraestructuras o instalaciones de gestión de residuos
Disposición adicional sextaUtilización de residuos minerales, granulares o monolíticos para operaciones de restauración
Disposición adicional séptimaAplicación de los principios de autosuficiencia y proximidad que han de observarse necesariamente en la gestión de residuos domésticos
Disposición adicional octavaFlujos de residuos y distribución del fondo de residuos a partir del 1 de enero de 2024
Disposición transitoria primeraCreación del Ente Público de Residuos y disolución del actual Consorcio para el tratamiento de los residuos urbanos de Navarra
Disposición transitoria terceraRégimen del impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos, aplicable a determinados residuos industriales