Ley 1/2020

Decreto Ley 1/2020, de 17 de enero, por el turismo responsable y la mejora de la calidad en zonas turísticas.

Preámbulo Preámbulo

CAPÍTULO I

Artículo 1Objeto y ámbito de aplicación

Artículo 2Ámbito territorial

Artículo 3Medidas para establecimientos de alojamiento turístico y viviendas objeto de comercialización turística

Artículo 4Publicidad de bebidas alcohólicas

Artículo 5Exposición de bebidas alcohólicas

Artículo 6Venta de bebidas alcohólicas

Artículo 7Prácticas denigrantes

Artículo 8Fiestas y excursiones en barcos

Artículo 8 bisConsumo de alcohol en la vía pública

Artículo 9Planificación, coordinación y colaboración

Artículo 10Comisión para el Fomento del Civismo en Zonas Turísticas

Artículo 11Procedimiento sancionador

Artículo 12Medidas cautelares

Artículo 13Faltas muy graves

Artículo 14Faltas graves

Artículo 15Faltas leves

Artículo 16Sanciones

Artículo 17Sanción accesoria

Artículo 18Gradación de las sanciones

Artículo 19Órganos competentes

Artículo 19 bisDelegación de competencias

Artículo 20Publicidad del régimen sancionador

Artículo 21Personas responsables

Artículo 22Extinción de la responsabilidad

Disposición adicional primeraÁmbito territorial

Disposición adicional segundaFiestas en barcos

Disposición adicional terceraDeber de comunicación

Disposición transitoria únicaVenta de bebidas alcohólicas

Disposición derogatoria única

Disposición final primeraHabilitación para el desarrollo normativo

Disposición final segundaAmpliación del ámbito territorial

Disposición final terceraEntrada en vigor

Artículo 1

Artículo 2

Artículo 3

Artículo 4

Citenza

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