🇪🇸 España
Ley 94 unidades
Ley 2/2020, de 5 de marzo, de la vitivinicultura.
Ley 2/2020es-law-2020-03-05-25 mar 2020
- Preámbulo Preámbulo
- Artículo 1 Objeto
- Artículo 2 Ámbito de aplicación
- Artículo 3 Principios de actuación de la ordenación vitivinícola
- Artículo 4 Definiciones
- TÍTULO I
- CAPÍTULO I
- Artículo 5 Objetivos de la ordenación vitícola
- Artículo 6 Plantaciones de viñas
- Artículo 7 Plantaciones no autorizadas
- Artículo 8 Penalizaciones
- Artículo 9 Catálogo de variedades de uva de vinificación de Cataluña
- Artículo 10 Clasificación de variedades de uva para vinificación
- Artículo 11 Inclusión o supresión de variedades admitidas
- Artículo 12 Material vegetal
- Artículo 13 Cultivo de la vid
- Artículo 14 Declaración de cosecha y declaraciones de existencias y de producción
- Artículo 15 Registro vitivinícola de Cataluña
- Artículo 16 Tarjeta vitícola
- Artículo 17 Objetivos de la ordenación de la vinicultura
- Artículo 18 Elaboración de productos vitivinícolas
- Artículo 19 Prácticas enológicas
- Artículo 20 Disposiciones generales
- Artículo 21 Régimen de protección de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas
- Artículo 22 Ámbito y disposiciones específicas de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas
- Artículo 23 Titularidad, uso y gestión de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas
- Artículo 24 Reconocimiento de la denominación de origen protegida y de indicación geográfica protegida
- Artículo 25 Pliego de condiciones de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas
- Artículo 26 Modificación de los pliegos de condiciones de las denominaciones de origen protegidas y las indicaciones geográficas protegidas
- Artículo 27 Reglamentos de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas
- Artículo 28 Tramitación de los reglamentos de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas
- Artículo 29 Modificaciones de los reglamentos de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas
- Artículo 30 Obligaciones de los operadores
- Artículo 31 Vinos de finca calificada
- Artículo 32 Vinos con término tradicional
- Artículo 33 Naturaleza jurídica
- Artículo 34 Estructura y funcionamiento
- Artículo 35 Finalidades y funciones
- Artículo 36 Auditorías
- Artículo 37 Tutela
- Artículo 38 Información complementaria
- Artículo 39 Incumplimiento de las obligaciones de los órganos de gestión de las denominaciones de origen protegidas y las indicaciones geográficas protegidas
- Artículo 40 Menciones de las variedades de uva en la presentación de un producto vitivinícola varietal
- Artículo 41
- TÍTULO V
- CAPÍTULO I
- Artículo 42 Autoridad competente
- Artículo 43 Verificación del cumplimiento del pliego de condiciones
- Artículo 44 Delegación de las tareas de verificación del cumplimiento del pliego de condiciones
- Artículo 45 Obligaciones de las entidades de certificación y control
- Artículo 46 Obligaciones de los operadores
- Artículo 47 Función inspectora
- Artículo 48 Funciones de la inspección
- Artículo 49 Medidas cautelares
- Artículo 50 Destino de los productos sometidos a inmovilización cautelar
- Artículo 51 Multas coercitivas
- Artículo 52 Disposiciones generales
- Artículo 53 Infracciones leves
- Artículo 54 Infracciones graves
- Artículo 55 Infracciones muy graves
- Artículo 56 Infracciones y sanciones de las entidades de control y certificación
- Artículo 57 Concurrencia de infracciones
- Artículo 58 Responsabilidad de las infracciones
- Artículo 59 Sanciones
- Artículo 60 Gradación de las sanciones
- Artículo 61 Competencia y procedimiento sancionador
- Artículo 62 Prescripción y caducidad
- Artículo 63 Advertencias
- Artículo 64 Naturaleza del Instituto Catalán de la Viña y el Vino
- Artículo 65 Funciones del Instituto Catalán de la Viña y el Vino
- Artículo 66 Órganos de gobierno del Instituto Catalán de la Viña y el Vino
- Artículo 67 El presidente
- Artículo 68 Consejo Rector
- Artículo 69 Funciones del Consejo Rector
- Artículo 70 El director
- Artículo 71 Consejo Asesor
- Artículo 72 Régimen económico y de contratación
- Artículo 73 Recursos administrativos
- Artículo 74 Fomento de la cultura del vino
- Artículo 75 Formación y fomento de la transferencia tecnológica
- Disposición adicional primera Colaboración interadministrativa
- Disposición adicional segunda Vino ecológico
- Disposición adicional tercera Vinos de producción integrada y biodinámica
- Disposición adicional cuarta Órganos de gestión supraautonómica
- Disposición adicional quinta Mejora del etiquetado y el envase
- Disposición adicional sexta Relaciones con otros productores
- Disposición adicional séptima Mejora de las exportaciones
- Disposición adicional octava Programas de cultivo de la vid y de elaboración del vino en las zonas de montaña
- Disposición adicional novena Viabilidad y sostenibilidad del sector
- Disposición adicional décima Protección de las zonas periurbanas
- Disposición adicional undécima Potenciación del tapón de corcho
- Disposición transitoria unica
- Disposición derogatoria unica
- Disposición final primera Desarrollo reglamentario
- Disposición final segunda Actualizaciones, importes, sanciones y penalizaciones
- Disposición final tercera Estructura orgánica del Instituto Catalán de la Viña y el Vino
- Disposición final cuarta Supletoriedad
- Disposición final quinta Entrada en vigor