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Ley 72 unidades

Ley 2/2020, de 22 de octubre, de Estadística de Aragón.

Ley 2/2020es-law-2020-10-22-222 oct 2020

Organización de las Comunidades Autónomas

  1. Preámbulo Preámbulo
  2. Artículo 1 Objeto
  3. Artículo 2 Definiciones
  4. Artículo 3 Ámbito de aplicación
  5. Artículo 4 Exclusiones
  6. TÍTULO I
  7. CAPÍTULO I
  8. Artículo 5 Principios generales de la actividad estadística
  9. Artículo 6 Secreto estadístico
  10. Artículo 7 Datos protegidos
  11. Artículo 8 Datos no protegidos
  12. Artículo 9 Uso de los datos protegidos
  13. Artículo 10 Obligados a mantener el secreto estadístico
  14. Artículo 11 Comunicación de datos
  15. Artículo 12 Comunicación con fines científicos
  16. Artículo 13 Utilización preferente de archivos y registros administrativos
  17. Artículo 14 Forma de solicitar la información
  18. Artículo 15 Obligación de suministrar información
  19. Artículo 16 Forma de suministrar la información
  20. Artículo 17 Acceso y subsanación
  21. Artículo 18 Tratamiento de la información
  22. Artículo 19 Normalización técnica
  23. Artículo 20 Actualización
  24. Artículo 21 Conservación y custodia de la información
  25. Artículo 22 Eliminación
  26. CAPÍTULO V
  27. Artículo 23 Difusión general
  28. Artículo 24 Difusión específica
  29. Artículo 25 Deber de reserva
  30. Artículo 26 Estadística para fines de la Comunidad Autónoma de Aragón
  31. Artículo 27 Sistema Estadístico Oficial de Aragón
  32. Artículo 28 Plan Estadístico de Aragón
  33. Artículo 29 Contenido del Plan Estadístico de Aragón
  34. Artículo 30 Desagregación
  35. Artículo 31 Desarrollo del Plan Estadístico de Aragón
  36. Artículo 32 Programas Anuales de Actuación Estadística
  37. Artículo 33 Otras estadísticas
  38. Artículo 34 Normas técnicas
  39. Artículo 35 Archivos y registros de utilidad estadística
  40. Artículo 36 Creación de archivos y registros
  41. Artículo 37 Objeto y naturaleza
  42. Artículo 38 Fines generales
  43. Artículo 39 Funciones
  44. Artículo 40 Instituto Aragonés de Estadística
  45. Artículo 41 Unidades estadísticas sectoriales
  46. Artículo 42 Comisión Técnica Interdepartamental de Estadística
  47. Artículo 43 Colaboración en materia estadística
  48. Artículo 44 Comunicación al Instituto Aragonés de Estadística
  49. Artículo 45 Objetivo
  50. Artículo 46 Memoria de calidad estadística
  51. Artículo 47 Actividad estadística de otras entidades y corporaciones de derecho público de Aragón
  52. Artículo 48 Órgano especializado
  53. Artículo 49 Inclusión de operaciones en el Plan Estadístico de Aragón
  54. Artículo 50 Operaciones estadísticas independientes
  55. Artículo 51 Comparación e integración de los datos
  56. Artículo 52 Delimitación
  57. Artículo 53 Responsables
  58. Artículo 54 Infracciones de las personas que realizan actividad estadística
  59. Artículo 55 Infracciones de los informantes
  60. Artículo 56 Infracciones de terceros que consultan o acceden a datos protegidos por el secreto estadístico
  61. Artículo 57 Reincidencia
  62. Artículo 58 Sanciones
  63. Artículo 59 Competencia
  64. Artículo 60 Procedimiento
  65. Artículo 61 Prescripción
  66. Disposición transitoria primera Nuevas operaciones estadísticas
  67. Disposición transitoria segunda Obligación de aportar datos
  68. Disposición transitoria tercera Acuerdos y convenios vigentes
  69. Disposición transitoria cuarta Solicitud de datos distintos de los publicados
  70. Disposición derogatoria única Derogación expresa y por incompatibilidad
  71. Disposición final primera Habilitación normativa
  72. Disposición final segunda Comisión Técnica Interdepartamental de Estadística
  73. Disposición final tercera Revisión de sanciones
  74. Disposición final cuarta Entrada en vigor
  75. Anexo UNICO
Citenza

Inteligencia jurídica con fuentes verificables, por Datons.

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