Ley 6/2022

Decreto-ley 6/2022, de 13 de junio, de nuevas medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público de las Illes Balears.

Preámbulo Preámbulo

Artículo 1Objeto y ámbito de aplicación

Artículo 2Procesos de estabilización del empleo temporal

Artículo 3Proceso de estabilización del empleo temporal por el sistema de concurso-oposición

Artículo 4Proceso excepcional de estabilización de plazas ocupadas de manera temporal de larga duración

Artículo 5Efectos de la no superación de los procesos de estabilización del empleo temporal

Artículo 6Medidas para el ámbito local

Artículo 7Medidas de agilización de los procesos selectivos

Artículo 8Procesos de estabilización de empleo temporal al amparo del artículo 3 de este decreto ley

Artículo 9Proceso excepcional de estabilización de empleo temporal de larga duración, al amparo del artículo 4

Artículo 10Procesos de estabilización de empleo temporal de personal investigador

Artículo 11Extensión del ámbito de aplicación de los procesos de estabilización

Artículo 12Relaciones a través de medios electrónicos

Artículo 13Condición de aspirante y requisitos

Artículo 14Personal del cuerpo de bomberos y de la policía local

Artículo 15Información mínima de las convocatorias

Artículo 16Plazos

Artículo 17Órganos de selección

Artículo 18Orden de prelación para ser ofrecidas entre las plazas ocupadas de manera interina o temporal

Artículo 19Elección de los puestos entre los aspirantes que superen el proceso

Artículo 20Relación complementaria de aspirantes

Artículo 21Criterios de desempate

Artículo 22Plazas adjudicadas en adscripción provisional

Artículo 23Criterios de cese

Artículo 24Bolsas de personal interino

Artículo 25Comisión de seguimiento

Disposición adicional primeraBaremo de méritos de los procesos previstos en el artículo 3 de este decreto ley para plazas de personal funcionario de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears

Disposición adicional segundaBaremo de méritos de los procesos previstos en el artículo 3 de este decreto ley para plazas de personal funcionario de las administraciones insulares y municipales

Disposición adicional terceraBaremo de méritos de los procesos previstos en el artículo 3 de este decreto ley para plazas de personal laboral de cualquier administración de las Illes Balears

Disposición adicional cuartaBaremo de méritos común de los procesos de concurso-oposición para plazas de personal funcionario y de personal laboral de cualquier administración de las Illes Balears

Disposición adicional quintaBaremo de méritos de los procesos previstos en el artículo 4 de este decreto ley para plazas de personal funcionario de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears

Disposición adicional sextaBaremo de méritos de los procesos previstos en el artículo 4 de este decreto ley para plazas de personal funcionario de las administraciones insulares y municipales

Disposición adicional séptimaBaremo de méritos de los procesos previstos en el artículo 4 de este decreto ley para plazas de personal laboral de cualquier administración de las Illes Balears

Disposición adicional octavaBaremo de méritos común otros méritos de los procesos de concurso para plazas de personal funcionario y de personal laboral de cualquier administración de las Illes Balears

Disposición adicional novenaPersonal que presta servicios en la Agencia Tributaria de las Illes Balears

Disposición adicional décimaTrabajos de superior categoría

Disposición adicional undécimaExcedencia voluntaria por prestación de servicios en el sector público regulada en el artículo 103 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears

Disposición adicional duodécimaExenciones de acreditación de titulaciones a personal laboral

Disposición adicional decimoterceraExenciones de acreditación del nivel de conocimiento de la lengua catalana

Disposición adicional decimocuartaConstitución de los tribunales calificadores

Disposición adicional decimoquintaResponsabilidad por incumplimiento del control de la temporalidad en el empleo público

Disposición adicional decimosextaMedidas específicas del proceso de estabilización del Consejo Insular de Mallorca y sus organismos autónomos

Disposición adicional decimoséptima

Disposición adicional decimoctava

Disposición adicional decimonovenaModificación de los sistemas de constitución de las bolsas

Disposición transitoria primeraPuesta en marcha de los nuevos sistemas de provisión

Disposición transitoria segundaModificación de las relaciones de puestos de trabajo

Disposición transitoria terceraRégimen transitorio para la promoción interna

Disposición transitoria cuartaSuspensión de la vigencia de normativa autonómica

Disposición transitoria quintaEfectos del nuevo régimen de personal funcionario interino

Disposición transitoria sextaEfectos de la limitación temporal de las comisiones de servicios

Disposición transitoria séptima

Disposición derogatoria unica

Disposición final primeraModificaciones de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears

Disposición final segundaModificaciones de la Ley 2/2007, de 16 de marzo, de cuerpos y escalas de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears

Disposición final terceraModificaciones del Decreto 27/1994, de 11 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso del personal al servicio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears

Disposición final cuarta

Disposición final quinta

Disposición final sextaModificaciones del Decreto 30/2009, de 22 de mayo, por el que se aprueba el procedimiento de selección del personal funcionario interino al servicio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears

Disposición final séptima

Disposición final octavaModificaciones del Decreto 74/2016, de 23 de diciembre, por el que se regula la Abogacía de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears

Disposición final novenaModificación del artículo 2.2 del Decreto 115/2001, de 14 de septiembre, por el que se regula la exigencia de conocimiento de las lenguas oficiales al personal docente

Disposición final décima

Disposición final undécimaModificación de la Ley 4/2013, de 17 de julio, de coordinación de las policías locales de las Illes Balears

Disposición final duodécima

Disposición final decimoterceraModificación del Decreto ley 6/2021, de 9 de julio, de modificación de la Ley 4/2013, de 17 de julio, de coordinación de las policías locales de las Illes Balears

Disposición final decimocuarta

Disposición final decimoquintaModificación de la Ley 5/2021, de 28 de diciembre, de presupuestos generales de la comunidad autónoma de las Illes Balears para el año 2022

Disposición final decimosexta

Disposición final decimoséptima

Disposición final decimoctava

Disposición final decimonovenaModificación de la Ley 8/2013, de 23 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2014

Disposición final vigésimaModificación de la Ley 11/2010, de 2 de noviembre, de ordenación del transporte marítimo de las Illes Balears

Disposición final vigesimoprimeraDeslegalización

Disposición final vigesimosegundaTítulos competenciales

Disposición final vigesimoterceraProducción de efectos de determinadas disposiciones del Decreto Ley 4/2022, de 30 de marzo

Disposición final vigesimocuartaVigencia

Artículo 1

Citenza

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