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Ley 72 unidades
Ley 2/2023, de 13 de marzo, de Protección, Bienestar y Tenencia de animales de compañía y otras medidas de bienestar animal.
Ley 2/2023es-law-2023-03-13-222 mar 2023
- Preámbulo Preámbulo Modificado
- Artículo 1 Objeto de la ley Modificado
- Artículo 2 Fines, finalidades y principios de la ley Modificado
- Artículo 3 Ámbito de aplicación de la ley Modificado
- Artículo 4 Exclusiones de la ley Modificado
- Artículo 5 Definiciones a efectos de esta ley Modificado
- Artículo 6 Obligaciones de las personas responsables legales y temporales de animales de compañía Modificado
- Artículo 7 Prohibiciones en cuanto a los animales de compañía Modificado
- Artículo 8 Transporte de animales de compañía Modificado
- Artículo 9 Tratamientos obligatorios de los animales de compañía Modificado
- Artículo 10 Animales sujetos a identificación Modificado
- Artículo 11 Sistema de identificación Modificado
- Artículo 12 Procedimiento de identificación Modificado
- Artículo 13 Plazos de identificación y cambio de titularidad Modificado
- Artículo 14 Registro Supramunicipal de Identificación de Animales de Compañía de la Comunitat Valenciana Modificado
- Artículo 15 Del sacrificio y eutanasia de los animales de compañía Modificado
- Artículo 16 Requisitos y condiciones Modificado
- Artículo 17 Requisitos generales de los núcleos zoológicos Modificado
- Artículo 18 Registro de los Núcleos Zoológicos Modificado
- Artículo 19 Requisitos de los centros de cría y de los establecimientos de venta de animales de compañía Modificado
- Artículo 20 Requisitos de los establecimientos para el alojamiento temporal de animales de compañía Modificado
- Artículo 21 Recogida de animales de compañía perdidos, abandonados y errantes Modificado
- Artículo 22 Destino de animales extraviados, abandonados y errantes Modificado
- Artículo 23 De los centros y casas de acogida Modificado
- Artículo 24 De las colonias felinas Modificado
- Artículo 25 Entidades colaboradoras de protección animal y defensa animal y Registro de Entidades Colaboradoras Modificado
- Artículo 26 Requisitos de las entidades colaboradoras de protección y defensa de los animales de compañía Modificado
- Artículo 27 Consejo Asesor y Consultivo en Materia de Protección de Animales de Compañía Modificado
- Artículo 28 Composición y funcionamiento Modificado
- Artículo 29 Educación, sensibilización y divulgación de la ley Modificado
- Artículo 30 Formación Modificado
- Artículo 31 Planes y programas de inspección y control Modificado
- Artículo 32 Personal inspector Modificado
- Artículo 33 Obligaciones del inspeccionado Modificado
- Artículo 34 Competencias y obligaciones de la administración local y autonómica Modificado
- Artículo 35 Prohibiciones en cuanto a determinadas actividades o actuaciones con animales Modificado
- Artículo 36 Control de poblaciones de animales en el entorno urbano Modificado
- Artículo 37 Salvaguarda del régimen de bienestar animal en competiciones deportivas o actividades culturales Modificado
- Artículo 38 Salvaguarda del régimen de bienestar animal de otros animales en cautividad Modificado
- Artículo 39 Animales usados en terapia Modificado
- Artículo 40 Anillamiento de pájaros Modificado
- Artículo 41 Animales de producción y otros animales en cautividad diferentes de los animales de compañía que son perdidos, abandonados, errantes, decomisados, confiscados o cedidos Modificado
- Artículo 42 Clasificación de las infracciones Modificado
- Artículo 43 Sanciones Modificado
- Artículo 44 Sanciones accesorias Modificado
- Artículo 45 Graduación de las sanciones Modificado
- Artículo 46 Medidas provisionales Modificado
- Artículo 47 Medidas no sancionadoras Modificado
- Artículo 48 Multas coercitivas Modificado
- Artículo 49 Responsabilidad jurídica civil y penal Modificado
- Artículo 50 Procedimiento sancionador Modificado
- Artículo 51 Competencia sancionadora Modificado
- Artículo 52 Prescripción de infracciones y sanciones Modificado
- Disposición adicional primera Publicidad de la ley Modificado
- Disposición adicional segunda Límite máximo de animales de compañía por domicilio Modificado
- Disposición adicional tercera Tasa municipal Modificado
- Disposición adicional cuarta Incidencia presupuestaria y destino de ingresos Modificado
- Disposición adicional quinta Registro de personas inhabilitadas Modificado
- Disposición adicional sexta Comisiones de trabajo para el desarrollo reglamentario de esta ley Modificado
- Disposición transitoria primera Régimen transitorio de destino de animales abandonados Modificado
- Disposición transitoria segunda Núcleos zoológicos Modificado
- Disposición transitoria tercera Responsables legales y temporales Modificado
- Disposición transitoria cuarta Vigencia transitoria de determinadas disposiciones reglamentarias Modificado
- Disposición transitoria quinta Adaptación municipal a lo previsto en esta ley Modificado
- Disposición transitoria sexta Ejemplares de especies prohibidas como animales de compañía adquiridos con anterioridad a la entrada en vigor de la ley Modificado
- Disposición transitoria séptima Condiciones de los animales reproductores de los centros de cría y de los establecimientos de venta Modificado
- Disposición transitoria octava Requisitos mínimos en la gestión de adopciones Modificado
- Disposición transitoria novena Inscripción de los santuarios en el registro de núcleos zoológicos de animales de compañía Modificado
- Disposición transitoria décima Constancia en el pasaporte o documento de identificación de los animales esterilizados antes de la entrada en vigor de esta ley y plazos para su esterilización Modificado
- Disposición derogatoria única Derogación normativa Modificado
- Disposición final primera Desarrollo reglamentario Modificado
- Disposición final segunda Entrada en vigor Modificado