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Ley 72 unidades

Ley 2/2023, de 13 de marzo, de Protección, Bienestar y Tenencia de animales de compañía y otras medidas de bienestar animal.

Ley 2/2023es-law-2023-03-13-222 mar 2023

Sanidad veterinaria

  1. Preámbulo Preámbulo Modificado
  2. Artículo 1 Objeto de la ley Modificado
  3. Artículo 2 Fines, finalidades y principios de la ley Modificado
  4. Artículo 3 Ámbito de aplicación de la ley Modificado
  5. Artículo 4 Exclusiones de la ley Modificado
  6. Artículo 5 Definiciones a efectos de esta ley Modificado
  7. Artículo 6 Obligaciones de las personas responsables legales y temporales de animales de compañía Modificado
  8. Artículo 7 Prohibiciones en cuanto a los animales de compañía Modificado
  9. Artículo 8 Transporte de animales de compañía Modificado
  10. Artículo 9 Tratamientos obligatorios de los animales de compañía Modificado
  11. Artículo 10 Animales sujetos a identificación Modificado
  12. Artículo 11 Sistema de identificación Modificado
  13. Artículo 12 Procedimiento de identificación Modificado
  14. Artículo 13 Plazos de identificación y cambio de titularidad Modificado
  15. Artículo 14 Registro Supramunicipal de Identificación de Animales de Compañía de la Comunitat Valenciana Modificado
  16. Artículo 15 Del sacrificio y eutanasia de los animales de compañía Modificado
  17. Artículo 16 Requisitos y condiciones Modificado
  18. Artículo 17 Requisitos generales de los núcleos zoológicos Modificado
  19. Artículo 18 Registro de los Núcleos Zoológicos Modificado
  20. Artículo 19 Requisitos de los centros de cría y de los establecimientos de venta de animales de compañía Modificado
  21. Artículo 20 Requisitos de los establecimientos para el alojamiento temporal de animales de compañía Modificado
  22. Artículo 21 Recogida de animales de compañía perdidos, abandonados y errantes Modificado
  23. Artículo 22 Destino de animales extraviados, abandonados y errantes Modificado
  24. Artículo 23 De los centros y casas de acogida Modificado
  25. Artículo 24 De las colonias felinas Modificado
  26. Artículo 25 Entidades colaboradoras de protección animal y defensa animal y Registro de Entidades Colaboradoras Modificado
  27. Artículo 26 Requisitos de las entidades colaboradoras de protección y defensa de los animales de compañía Modificado
  28. Artículo 27 Consejo Asesor y Consultivo en Materia de Protección de Animales de Compañía Modificado
  29. Artículo 28 Composición y funcionamiento Modificado
  30. Artículo 29 Educación, sensibilización y divulgación de la ley Modificado
  31. Artículo 30 Formación Modificado
  32. Artículo 31 Planes y programas de inspección y control Modificado
  33. Artículo 32 Personal inspector Modificado
  34. Artículo 33 Obligaciones del inspeccionado Modificado
  35. Artículo 34 Competencias y obligaciones de la administración local y autonómica Modificado
  36. Artículo 35 Prohibiciones en cuanto a determinadas actividades o actuaciones con animales Modificado
  37. Artículo 36 Control de poblaciones de animales en el entorno urbano Modificado
  38. Artículo 37 Salvaguarda del régimen de bienestar animal en competiciones deportivas o actividades culturales Modificado
  39. Artículo 38 Salvaguarda del régimen de bienestar animal de otros animales en cautividad Modificado
  40. Artículo 39 Animales usados en terapia Modificado
  41. Artículo 40 Anillamiento de pájaros Modificado
  42. Artículo 41 Animales de producción y otros animales en cautividad diferentes de los animales de compañía que son perdidos, abandonados, errantes, decomisados, confiscados o cedidos Modificado
  43. Artículo 42 Clasificación de las infracciones Modificado
  44. Artículo 43 Sanciones Modificado
  45. Artículo 44 Sanciones accesorias Modificado
  46. Artículo 45 Graduación de las sanciones Modificado
  47. Artículo 46 Medidas provisionales Modificado
  48. Artículo 47 Medidas no sancionadoras Modificado
  49. Artículo 48 Multas coercitivas Modificado
  50. Artículo 49 Responsabilidad jurídica civil y penal Modificado
  51. Artículo 50 Procedimiento sancionador Modificado
  52. Artículo 51 Competencia sancionadora Modificado
  53. Artículo 52 Prescripción de infracciones y sanciones Modificado
  54. Disposición adicional primera Publicidad de la ley Modificado
  55. Disposición adicional segunda Límite máximo de animales de compañía por domicilio Modificado
  56. Disposición adicional tercera Tasa municipal Modificado
  57. Disposición adicional cuarta Incidencia presupuestaria y destino de ingresos Modificado
  58. Disposición adicional quinta Registro de personas inhabilitadas Modificado
  59. Disposición adicional sexta Comisiones de trabajo para el desarrollo reglamentario de esta ley Modificado
  60. Disposición transitoria primera Régimen transitorio de destino de animales abandonados Modificado
  61. Disposición transitoria segunda Núcleos zoológicos Modificado
  62. Disposición transitoria tercera Responsables legales y temporales Modificado
  63. Disposición transitoria cuarta Vigencia transitoria de determinadas disposiciones reglamentarias Modificado
  64. Disposición transitoria quinta Adaptación municipal a lo previsto en esta ley Modificado
  65. Disposición transitoria sexta Ejemplares de especies prohibidas como animales de compañía adquiridos con anterioridad a la entrada en vigor de la ley Modificado
  66. Disposición transitoria séptima Condiciones de los animales reproductores de los centros de cría y de los establecimientos de venta Modificado
  67. Disposición transitoria octava Requisitos mínimos en la gestión de adopciones Modificado
  68. Disposición transitoria novena Inscripción de los santuarios en el registro de núcleos zoológicos de animales de compañía Modificado
  69. Disposición transitoria décima Constancia en el pasaporte o documento de identificación de los animales esterilizados antes de la entrada en vigor de esta ley y plazos para su esterilización Modificado
  70. Disposición derogatoria única Derogación normativa Modificado
  71. Disposición final primera Desarrollo reglamentario Modificado
  72. Disposición final segunda Entrada en vigor Modificado
Citenza

Inteligencia jurídica con fuentes verificables, por Datons.

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