Ley 3/2024

Ley 3/2024, de 3 de mayo, de medidas urgentes en materia de vivienda.

Preámbulo Preámbulo

Artículo 1Objeto y finalidad

Artículo 2Concepto y régimen jurídico de vivienda de precio limitado a los efectos de esta ley

Artículo 3Creación del Registro autonómico de viviendas de precio limitado

Disposición adicional primeraModificación de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Illes Balears

Disposición adicional segundaModificación del Decreto Ley 3/2020, de 28 de febrero, de medidas urgentes en materia de vivienda

Disposición adicional terceraModificación de la Ley 8/2012, de 19 de julio, del turismo de las Illes Balears

Disposición adicional cuartaModificación de la Ley 5/2018, de 19 de junio, de la vivienda de las Illes Balears

Disposición adicional quinta

Disposición adicional sextaActuación de dotación

Disposición adicional séptimaMunicipios sin planeamiento urbanístico

Disposición adicional octavaPrevisiones de publicidad en las viviendas de precio limitado

Disposición adicional novenaRégimen de infracciones y sanciones de las viviendas de precio limitado

Disposición adicional décimaModificación de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del patrimonio de la comunidad autónoma de las Illes Balears

Disposición adicional undécimaCarácter de urgencia y preferencia de los procedimientos

Disposición adicional decimosegundaNormas de funcionamiento del Registro autonómico de viviendas de precio limitado

Disposición adicional decimoterceraRegulación de los requisitos para ejercer la actividad de agente inmobiliario

Disposición adicional decimocuartaCreación del Registro oficial de agentes inmobiliarios de las Illes Balears y regulación de los requisitos para la inscripción del agente inmobiliario

Disposición adicional decimoquintaPrograma de alojamiento temporal para determinado personal estatutario sanitario y personal docente de la enseñanza pública no universitaria en las islas de Ibiza y Formentera

Disposición adicional decimosextaNorma específica para la promoción de la vivienda en el ámbito del municipio de Palma

Disposición transitoria únicaExpedientes en tramitación a la entrada en vigor de esta ley

Disposición derogatoria únicaNormas que se derogan

Disposición final primeraModificación de las normas de la disposición adicional quinta de esta ley

Disposición final segundaModificación de las normas de la disposición adicional decimosegunda de esta ley

Disposición final terceraModificación de las normas contenidas en las disposiciones adicionales decimotercera y decimocuarta de esta ley

Disposición final cuartaEntrada en vigor

Citenza

Inteligencia jurídica con fuentes verificables, por Datons.

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