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Ley 82 unidades

Ley 5/2024, de 19 de diciembre, de medidas de fomento de comunidades energéticas y autoconsumo industrial en Aragón.

Ley 5/2024es-law-2024-12-19-519 dic 2024

Urbanismo

  1. Preámbulo Preámbulo
  2. CAPÍTULO I
  3. Artículo 1 Objeto
  4. Artículo 2 Fines
  5. Artículo 3 Ámbito territorial
  6. Artículo 4 Instalaciones próximas de producción a efectos de autoconsumo
  7. Artículo 5 Autoconsumo sin excedentes
  8. Artículo 6 Autoconsumo con excedentes
  9. Artículo 7 Declaración responsable para la construcción de líneas directas
  10. Artículo 8 Declaración de utilidad pública e interés social
  11. Artículo 9 Protección territorial, ambiental y paisajística
  12. Artículo 10 Exclusión de las redes
  13. Artículo 11 Propiedad y titularidad de líneas directas para autoconsumo
  14. Artículo 12 Contratación de suministro de electricidad por consumidores con líneas directas
  15. Artículo 13 Ámbito de aplicación
  16. Artículo 14 Concepto y tipos de comunidades de energía
  17. Artículo 15 Comunidad ciudadana de energía
  18. Artículo 16 Comunidades de energías renovables
  19. Artículo 17 Mancomunidades de energía
  20. Artículo 18 Forma jurídica
  21. Artículo 19 Requisitos
  22. Artículo 20 Actividad propia de las comunidades de energía
  23. Artículo 21 Derechos de sus miembros
  24. Artículo 22 Obligaciones de sus miembros
  25. Artículo 23 Derechos y obligaciones de las comunidades de energía
  26. Artículo 24 Representación legal
  27. Artículo 25 Derecho de superficie
  28. Artículo 26 Rentabilidad social prevalente de inversiones de comunidades de energía
  29. Artículo 27 Consumidores vulnerables
  30. Artículo 28 Simplificación y agilización de procedimientos
  31. Artículo 29 Medidas de fomento y apoyo a las comunidades de energía
  32. Artículo 30 Registro administrativo de comunidades de energía de Aragón
  33. Artículo 31 Definición
  34. Artículo 32 Régimen jurídico
  35. Artículo 33 Régimen de acceso y conexión y contribución al sistema eléctrico
  36. Artículo 34 Titulares de redes de distribución cerradas
  37. Artículo 35 Autorización de instalaciones de redes cerradas
  38. CAPÍTULO V
  39. Sección 1
  40. Artículo 36 Proyectos o inversiones con generación renovable asociada
  41. Artículo 37 Régimen jurídico
  42. Artículo 38 Carácter prioritario
  43. Artículo 39 Efectos de la declaración del carácter prioritario de los proyectos de inversión
  44. Sección 2
  45. Artículo 40 Declaración como prioritarios de proyectos con generación renovable asociada
  46. Artículo 41 Requisitos para la declaración de proyectos prioritarios
  47. Artículo 42 Declaración y efectos
  48. Artículo 43 Normas específicas para proyectos declarados prioritarios de interés general
  49. Artículo 44 Declaración de utilidad pública de los proyectos declarados prioritarios de interés general
  50. Artículo 45 Caducidad de la declaración de los proyectos prioritarios de interés general
  51. Sección 3
  52. Artículo 46 Registro de entidades productoras de energía renovable para proyectos prioritarios
  53. Sección 4
  54. Artículo 47 Instalaciones solares en Planes o Proyectos de Interés General de Aragón
  55. Artículo 48 Instalaciones de energía renovable en dotaciones públicas
  56. Artículo 49 Ordenación de infraestructuras de generación de energía
  57. Artículo 50 Planeamiento urbanístico
  58. Artículo 51 Ámbito del informe preceptivo
  59. Artículo 52 Procedimiento y plazo de emisión
  60. Artículo 53 Creación
  61. Artículo 54 Destino
  62. Artículo 55 Dotación
  63. Artículo 56 Destinatarios
  64. Artículo 57 Distribución
  65. Artículo 58 Líneas directas
  66. Artículo 59 Tipología
  67. Artículo 60 Criterios determinantes para la autorización de líneas directas
  68. Artículo 61 Medidas sobre autoconsumo sin excedentes
  69. Artículo 62 Autorización de aumentos de potencia instalada o de hibridación
  70. Artículo 63
  71. Disposición adicional primera Referencias de género
  72. Disposición adicional segunda Foro Permanente de la Energía de Aragón
  73. Disposición adicional tercera Plan Energético de Aragón
  74. Disposición adicional cuarta Obligaciones de las distribuidoras energéticas
  75. Disposición adicional quinta
  76. Disposición adicional sexta
  77. Disposición adicional séptima Medidas de compatibilización de las energías renovables en zonas agrarias
  78. Disposición transitoria primera Régimen aplicable a procedimientos en tramitación
  79. Disposición transitoria segunda Proyectos declarados de interés autonómico o interés general antes de la entrada en vigor de esta ley
  80. Disposición derogatoria única Derogación normativa
  81. Disposición final primera Modificación del Decreto-ley 1/2008, de 30 de octubre, del Gobierno de Aragón, de medidas administrativas urgentes para facilitar la actividad económica en Aragón
  82. Disposición final segunda Modificación del texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2015, de 17 de noviembre, del Gobierno de Aragón
  83. Disposición final tercera Modificación del texto refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/2014, de 8 de julio, del Gobierno de Aragón
  84. Disposición final cuarta
  85. Disposición final quinta Modificación de la Ley 1/2021, de 11 de febrero, de simplificación administrativa
  86. Disposición final sexta Delegación legislativa
  87. Disposición final séptima Habilitación reglamentaria
  88. Disposición final octava Entrada en vigor
Citenza

Inteligencia jurídica con fuentes verificables, por Datons.

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