Ley 8/2025

Decreto-ley 8/2025, de 5 de diciembre, de medidas urgentes para acelerar proyectos estratégicos que contribuyan a la transformación económica de las Illes Balears.

Preámbulo Preámbulo

Artículo 1Objeto y ámbito de aplicación

Artículo 2Finalidades

TÍTULO I

Artículo 3Concepto de proyecto de especial interés estratégico para la comunidad autónoma de las Illes Balears

Artículo 4Planificación estratégica

CAPÍTULO I

Artículo 5Creación

Artículo 6Finalidad

Artículo 7Composición

Artículo 8Funciones

Artículo 9Funcionamiento

Artículo 10Concepto y funciones

Artículo 11Estructura

Artículo 12Finalidades y naturaleza

Artículo 13Funciones

Artículo 14Estructura y personal

Artículo 15Ámbito material, requisitos y limitaciones

Artículo 16Vías de acceso

Artículo 17Solicitud

Artículo 18Actuaciones de la UAPE y la CAPE

Artículo 19Declaración como PEIE

Artículo 20Modificación

Artículo 21Revocación

Artículo 22Efectos de la declaración

Artículo 23Ámbito objetivo

Artículo 24Ámbito subjetivo

Artículo 25Régimen jurídico general de las infraestructuras y los equipamientos públicos

Artículo 26Redacción y aprobación de proyectos de obras para ejecutar en terrenos de titularidad de otra administración o ente del sector público

Artículo 27Régimen especial de los equipamientos e infraestructuras públicos

Artículo 28Tramitación de proyectos promovidos por la administración autonómica o insular

Artículo 29Tramitación de proyectos promovidos por ayuntamientos

Artículo 30Revocación de la declaración de PEIE

Artículo 31Finalización de las obras y ocupación o primera utilización

Artículo 32Mejora o ampliación de centros educativos privados sostenidos con fondos públicos

Artículo 33Autorización de obras de mejora o ampliación de infraestructuras o equipamientos públicos afectados por la Ley 12/1998, de 21 de diciembre, del patrimonio histórico de las Illes Balears

Artículo 34Mejora o ampliación de infraestructuras o equipamientos públicos existentes afectadas por una zona de reserva viaria de carreteras

CAPÍTULO V

Artículo 35Otras autorizaciones

Disposición adicional primeraReducción de plazos administrativos en otras administraciones públicas de las Islas Baleares

Disposición adicional segundaGuía para facilitar las inversiones en la comunidad autónoma de las Illes Balears

Disposición adicional terceraSimplificación administrativa a través del sistema de declaración responsable y comunicación previa

Disposición adicional cuartaOtras infraestructuras o equipamientos universitarios o de investigación

Disposición adicional quintaDeclaración en el ámbito territorial de las Illes Balears del servicio de matadero como servicio de interés económico general

Disposición adicional sexta

Disposición transitoria primeraRégimen transitorio en materia de proyectos estratégicos o de interés autonómico

Disposición transitoria segundaÓrganos de gobernanza

Disposición transitoria terceraRégimen transitorio para la gestión del Fondo de Prevención y Gestión de Residuos

Disposición derogatoria únicaNormas que se derogan

Disposición final primeraModificaciones de la Ley 4/2017, de 12 de julio, de industria de las Illes Balears

Disposición final segundaModificaciones de la Ley 8/2019, de 19 de febrero, de residuos y suelos contaminantes de las Illes Balears

Disposición final terceraModificaciones de la Ley 7/2013, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de instalación, acceso y ejercicio de actividades en las Illes Balears

Disposición final cuartaModificaciones de la Ley 8/2012, de 19 de julio, del turismo de las Illes Balears

Disposición final quinta

Disposición final sextaModificaciones de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Illes Balears

Disposición final séptimaEntrada en vigor

Citenza

Inteligencia jurídica con fuentes verificables, por Datons.

citenza.io