Ley 18/2025

Ley Foral 18/2025, de 22 de diciembre, del impuesto complementario para garantizar un nivel mínimo global de imposición para los grupos multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud.

Preámbulo Preámbulo

Artículo 1Naturaleza y objeto

Artículo 2Ámbito de aplicación

Artículo 3Tratados y convenios

Artículo 4Hecho imponible

Artículo 5Definiciones

Artículo 6Sujetos pasivos y reglas de sujeción

Artículo 7Entidades excluidas

Artículo 8Localización de las entidades constitutivas

Artículo 9Resultado contable. Estándares contables

Artículo 10Ajustes para determinar las ganancias o pérdidas admisibles

Artículo 11Exclusión de la renta derivada del transporte marítimo internacional

Artículo 12Reparto de las ganancias o pérdidas admisibles entre una entidad principal y un establecimiento permanente

Artículo 13Atribución de las ganancias o pérdidas admisibles de una entidad transparente

Artículo 14Exclusión de rentas vinculadas a la sustancia económica

Artículo 15Determinación de la base imponible

Artículo 16Impuestos cubiertos

Artículo 17Impuestos cubiertos ajustados

Artículo 18Importe total del ajuste por impuestos diferidos

Artículo 19Elección de pérdidas admisibles

Artículo 20Atribución específica de los impuestos cubiertos soportados por determinadas entidades constitutivas

Artículo 21Ajustes posteriores a la declaración y variaciones en los tipos impositivos

Artículo 22Determinación del tipo impositivo efectivo

Artículo 23Tipo de gravamen del Impuesto Complementario

Artículo 24Cuota del Impuesto Complementario

Artículo 25Impuesto complementario nacional

Artículo 26Atribución del impuesto complementario primario

Artículo 27Normas de compensación

Artículo 28Aplicación de la regla de beneficios insuficientemente gravados

Artículo 29Cálculo y atribución del impuesto complementario secundario asociado a la regla de beneficios insuficientemente gravados

Artículo 30Impuesto complementario adicional

Artículo 31Período impositivo

Artículo 32Devengo del impuesto

Artículo 33Exclusión de minimis

Artículo 34No exigibilidad del Impuesto Complementario

Artículo 35Determinación del umbral de aplicación de operaciones de reestructuración, fusión y escisión

Artículo 36Inclusión o exclusión de entidades constitutivas dentro de un grupo multinacional o nacional de gran magnitud

Artículo 37Transmisión de elementos patrimoniales

Artículo 38Negocios conjuntos

Artículo 39Grupos multinacionales con múltiples entidades matrices

Artículo 40Entidad matriz última transparente

Artículo 41Entidad matriz última sujeta a un régimen de deducibilidad de dividendos

Artículo 42Sistemas tributarios de distribución admisibles

Artículo 43Determinación del tipo impositivo efectivo y del Impuesto Complementario

Artículo 44Entidad de inversión o entidad de inversión de seguros fiscalmente transparente

Artículo 45Régimen de distribución imponible

Artículo 46Entidad constitutiva de propiedad minoritaria

Artículo 47Obligación de información

Artículo 48Régimen sancionador

Artículo 49Ejercicio de las opciones

Artículo 50Declaración tributaria

Artículo 51Autoliquidación e ingreso de la deuda tributaria

Artículo 52Liquidación provisional

Artículo 53Facultades de la Administración para determinar la base imponible y otros elementos tributarios

Artículo 54Evaluación de la equivalencia

Artículo 55Orden jurisdiccional

Disposición transitoria primeraTratamiento fiscal de los activos y pasivos por impuestos diferidos y de los activos transmitidos durante el período impositivo de transición

Disposición transitoria segundaPorcentajes aplicables en relación con la exclusión de rentas vinculadas a la sustancia económica

Disposición transitoria terceraNo exigibilidad transitoria del impuesto complementario para los grupos multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud

Disposición transitoria cuartaNo exigibilidad del impuesto complementario de conformidad con la información país por país admisible

Disposición transitoria quintaDeclaración informativa y declaración tributaria del Impuesto Complementario correspondientes al período impositivo de transición

Disposición transitoria sextaNo exigibilidad temporal de la regla de beneficios insuficientemente gravados

Disposición final primeraModificación de la Ley Foral 13/2000, de 14 de diciembre, General Tributaria

Disposición final segundaModificación de la Ley Foral 26/2016, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades

Disposición final terceraIncorporación de Derecho de la Unión Europea

Disposición final cuartaHabilitación normativa

Disposición final quintaEntrada en vigor

Citenza

Inteligencia jurídica con fuentes verificables, por Datons.

citenza.io