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Vigente Ley 88 unidades

Ley 4/2025, de 23 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2026.

Ley 4/2025es-law-2025-12-23-414 feb 2026

  1. TÍTULO I. Aprobación de los presupuestos y régimen de las modificaciones de crédito
  2. CAPÍTULO I
  3. Exposición de motivo Exposición de Motivos
  4. Artículo 1 Aprobación y ámbito de los presupuestos generales
  5. Artículo 2 Presupuestos de la Administración general, los organismos autónomos y las agencias públicas autonómicas
  6. CAPÍTULO II
  7. Artículo 3 Presupuesto de las entidades instrumentales del sector público autonómico con presupuesto estimativo
  8. Artículo 4 Régimen general de las modificaciones presupuestarias
  9. Artículo 5 Competencias específicas en materia de modificaciones presupuestarias
  10. Artículo 6 Vinculación de créditos
  11. Artículo 7 Créditos ampliables
  12. Artículo 8 Transferencias de crédito
  13. Artículo 9 Adecuación de créditos
  14. TÍTULO II. Gastos de personal
  15. CAPÍTULO I
  16. Artículo 10 Transferencia de remanentes líquidos de tesorería
  17. Artículo 11 Bases de la actividad económica en materia de gastos de personal
  18. Artículo 12 Oferta de empleo público u otro instrumento similar de gestión de la provisión de necesidades de personal
  19. Artículo 13 Contratación de personal laboral temporal y nombramiento de personal funcionario interino en el ámbito de la Comunidad Autónoma y sus organismos autónomos y agencias públicas
  20. Artículo 14 Contratación de personal estatutario temporal en el ámbito de la Comunidad Autónoma y sus organismos autónomos y agencias públicas
  21. Artículo 15 Contratación de personal laboral de carácter temporal para la realización de actuaciones previstas en el anexo de inversiones
  22. Artículo 16 Contratación de personal temporal en el ámbito de las restantes entidades públicas instrumentales
  23. CAPÍTULO II
  24. Artículo 17 Contratación de personal vinculado a encomiendas de gestión o encargos a medios propios
  25. Artículo 18 Retribuciones de los altos cargos y otro personal directivo
  26. Artículo 19 Complemento personal
  27. Artículo 20 Retribuciones de las personas titulares de las delegaciones de la Xunta de Galicia en el exterior
  28. Artículo 21 Criterios retributivos en materia de personal funcionario
  29. Artículo 22 Criterios retributivos en materia de personal laboral
  30. Artículo 23 Retribuciones del personal al servicio de las instituciones sanitarias de la Comunidad Autónoma de Galicia
  31. Artículo 24 Complemento personal transitorio y absorbible en el Sistema público de salud de Galicia
  32. Artículo 25 Retribuciones del personal de los cuerpos de funcionarios al servicio de la Administración de justicia
  33. Artículo 26 Criterios retributivos de aplicación al personal al servicio de la Comunidad Autónoma no incluido en los artículos anteriores
  34. CAPÍTULO III
  35. Artículo 27 Complemento personal de las víctimas de violencia de género
  36. Artículo 28 Prohibición de ingresos atípicos
  37. Artículo 29 Relaciones de puestos de trabajo
  38. Artículo 30 Requisitos para la determinación o modificación de las retribuciones del personal laboral y no funcionario
  39. Artículo 31 Personal directivo de las entidades instrumentales del sector público de la Comunidad Autónoma
  40. Artículo 32 Nombramiento de profesorado interino a tiempo parcial en centros docentes no universitarios
  41. Artículo 33 Profesores y profesoras de cuerpos docentes
  42. CAPÍTULO IV
  43. Artículo 34 Personal eventual y de gabinete
  44. Artículo 35 Costes máximos de personal de las universidades públicas de Galicia
  45. Artículo 36 Retribuciones adicionales del personal al servicio de las entidades públicas integrantes del Sistema universitario de Galicia
  46. TÍTULO III. Operaciones de endeudamiento y garantía
  47. CAPÍTULO I
  48. Artículo 37 Oferta de empleo público u otro instrumento similar de gestión de la provisión de necesidades de personal del Sistema universitario de Galicia
  49. Artículo 38 Operaciones de endeudamiento por plazo superior a un año
  50. Artículo 39 Deuda de la tesorería
  51. Artículo 40 Endeudamiento de las entidades instrumentales del sector público
  52. CAPÍTULO II
  53. Artículo 41 Otras operaciones financieras
  54. TÍTULO IV. Gestión presupuestaria
  55. Artículo 42 Avales
  56. Artículo 43 Intervención limitada
  57. Artículo 44 Fiscalización de las operaciones de endeudamiento de la Comunidad Autónoma
  58. Artículo 45 Fiscalización de nombramientos o contratos para sustituciones de personal
  59. Artículo 46 Proyectos de gasto
  60. Artículo 47 Autorización del Consejo de la Xunta de Galicia para la tramitación de determinados expedientes
  61. Artículo 48 Transferencias de financiación
  62. Artículo 49 Gestión de los fondos del Mecanismo de recuperación y resiliencia
  63. Artículo 50 Subvenciones nominativas
  64. Artículo 51 Justificación de ayudas y subvenciones
  65. Artículo 52 Concesión directa de ayudas y subvenciones
  66. Artículo 53 Simplificación de la acreditación del cumplimiento de las obligaciones con la Administración pública de la Comunidad Autónoma, la Administración del Estado y la Seguridad Social
  67. Artículo 54 Exoneración de la obligación de constituir garantías para los beneficiarios y beneficiarias de ayudas y subvenciones
  68. Artículo 55 Pago de ayudas y subvenciones
  69. Artículo 56 Préstamos concedidos con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma
  70. Artículo 57 Expedientes de dotación artística
  71. TÍTULO V. Corporaciones locales
  72. Artículo 58 Módulo económico de distribución de fondos públicos para el sostenimiento de centros concertados
  73. Artículo 59 Créditos asignados a las corporaciones locales
  74. Artículo 60 Dotación y distribución del Fondo de Cooperación Local
  75. TÍTULO VI. Normas tributarias
  76. CAPÍTULO I
  77. Artículo 61 Transferencias derivadas de convenios o subvenciones
  78. Artículo 62 Criterios de afectación de determinados tributos
  79. Disposición adicional primera Información al Parlamento
  80. Disposición adicional segunda Presupuesto inicial de las agencias públicas autonómicas y requisitos de creación
  81. Disposición adicional tercera Autorización de presupuestos en entidades instrumentales de nueva creación
  82. Disposición adicional cuarta Adecuación de los estados financieros de las entidades instrumentales
  83. Disposición adicional quinta Remisión y control de la información económico-financiera
  84. Disposición adicional sexta Porcentajes de gastos generales de estructura de contrato de obra
  85. Disposición adicional séptima Enajenación de suelo residencial por parte del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo
  86. Disposición adicional octava Adaptación del título II de la presente ley a lo establecido en la normativa básica estatal
  87. Disposición adicional novena Retribuciones de los consejos de administración
  88. Disposición adicional décima Modificación de las plantillas de personal del Servicio Gallego de Salud
  89. Disposición transitoria primera Adecuación de las entidades públicas instrumentales
  90. Disposición transitoria segunda Dotación del fondo de contingencia
  91. Disposición transitoria tercera Mecanismo de garantía de inversiones públicas
  92. Disposición final primera Desarrollo de la ley
  93. Disposición final segunda Vigencia
  94. Disposición final tercera Entrada en vigor
  95. Artículo 3 Uno
  96. Artículo 3 Dos
  97. Artículo 3 Tres
  98. Artículo 3 Cuatro
  99. Artículo 3 Cinco
  100. Artículo 5 e)
  101. Artículo 58
  102. Artículo 59
  103. Artículo 61
Citenza

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